DENUNCIANTE: OFICINA DE SEGURIDAD PRIVASA O.S.10. DENUNCIADO: JUAN CARLOS VERGARA ULLOA SERVICIOS DE SEGURIDAD E.I.R.L.
Rol
Fecha
15 de abril de 2019
Materia
LEYES ESPECIALES NO SEÑALADAS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de los
Fundamentos
considerandos tercero y cuarto. Y se tiene en su lugar y, además, presente. Atendido el mérito de los antecedentes, los documentos rolantes desde fojas 61 a 71, esto es, la copia digital de credencial como guardia de seguridad de Fabián Maximiliano Albornoz Bastías, copia digital de directiva de funcionamiento presentada para aprobación el 06 de diciembre de 2018 con su respectiva aprobación por Carabineros de Chile de 28 de enero de 2019, y el set de 05 de fotografías en el que aparecen guardias de seguridad con el uniforme descrito en la referida directiva de funcionamiento, y habiéndose acreditado el cumplimiento del hecho cuya omisión constituye la infracción que motivó la denuncia, y conforme lo dispuesto en el artículo 8° inciso final del Decreto Ley N° 3607, se revoca la sentencia apelada de ocho de enero de dos mil diecinueve, escrita desde fojas 11 a 14 de estos autos y en su lugar
Fallo
se declara que, habiendo subsanado la denunciada las infracciones conocidas en autos, se le absuelve de los cargos formulados. Regístrese y devuélvase. N°Policía Local-92-2019. Redactada por la Ministra Sra. Eliana Quezada Muñoz. Pronunciada por la Quinta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, integrada por las Ministras Srta. Eliana Quezada Muñoz, Sra. María Angélica Repetto García y Sra. Rosa Aguirre Carvajal, dejándose constancia que no firma la Ministra Sra. Aguirre, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por encontrarse ausente.
Texto Completo (Preview)
Foja: 76 Setenta y Seis Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, quince de abril de dos mil diecinueve. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de los considerandos tercero y cuarto. Y se tiene en su lugar y, además, presente. Atendido el mérito de los antecedentes, los documentos rolantes desde fojas 61 a 71, esto es, la copia digital de credencial como guardia de seguridad de
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