MINISTERIO PUBLICO C/ MATIAS SEBASTIAN ELGUEDA ROMERO
Rol
Fecha
27 de marzo de 2019
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, se REVOCA la resolución apelada de veinte de marzo de dos mil diecinueve y, en su lugar, se dispone el arresto domiciliario parcial del imputado desde las 20:00 a 06:00 horas. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. Rol 245 – 2019 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 27 de marzo de 2019. Daniel Mercado Rilling Relator En Valdivia, veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ana María León Espejo, Secretaria Titular.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decreten medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal. A continuación alega el Ministerio Público solicitando se confirme la resolución apelada, en virtud de las alegaciones y fundamentos de derecho que expone en la audiencia. Acto seguido, sólo la defensa hace uso de su derecho a réplica, manteniéndose en sus planteamientos. La Sra. Presidenta de la Sala, da por terminada la intervención, suspendiendo por un instante la audiencia a fin de deliberar. Llamados los comparecientes a continuación, después de tomado el acuerdo, se les comunica y da lectura por la Sra. Presidenta a la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes, se REVOCA la resolución apelada de veinte de marzo de dos mil diecinueve y, en su lugar, se dispone el arresto domiciliario parcial del imputado desde las 20:00 a 06:00 horas. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. Rol 245 – 2019 PEN. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 27 de marzo de 2019. Daniel Mercado Rilling Relator En Valdivia, veintisiete de marzo de dos mil diecinueve, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ana María León Espejo, Secretaria Titular.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA VEINTISIETE DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE, PARA LA VISTA- POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC 1900083508-3, RIT 314–2019. ROL CORTE 245 – 2019 PEN. Siendo las 9:45 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia de las Ministras Sra. Marcia Undurr
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