12º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ORROÑO/ADRIAZOLA

Rol

Fecha

28 de marzo de 2019

Materia

ARRENDAMIENTO,DESAHUCIO CONTRATO BIENES RAÍCES URBANOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente:            Que, al tenor de lo dispuesto en el numeral 9° del artículo 8º de la Ley N° 18.101, en las causas que se tramitan bajo el procedimiento especial que en ella se regula, como es el caso de la presente, "sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación", naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía.             Y  de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el cuatro de marzo último, contra la resolución de veintiséis de febrero de dos mil diecinueve.          Devuélvase.      N°Civil-3323-2019.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el cuatro de marzo último, contra la resolución de veintiséis de febrero de dos mil diecinueve.          Devuélvase.      N°Civil-3323-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) rcc Santiago, veintiocho de marzo de dos mil diecinueve. Vistos y teniendo presente:            Que, al tenor de lo dispuesto en el numeral 9° del artículo 8º de la Ley N° 18.101, en las causas que se tramitan bajo el procedimiento especial que en ella se regula, como es el caso de la presente, "sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia

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