SIN INFORMACION

GONZALEZ RIVAS BRAYAN / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL- TRIBUNAL DE CONDUCTA DEL CENTRO DE DETENCIÓN PREVENTIVA SANTIAGO SUR

Rol

Fecha

21 de febrero de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Pamela Vergara Castro, abogada, interponiendo acción constitucional de amparo a favor de Brayan González Rivas, actualmente recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur en contra de Gendarmería de Chile, señalando en el petitorio a la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte, ya que se negó el beneficio de libertad condicional a favor del amparado, pese a que éste cumple con todos los requisitos que la normativa establece al efecto. Solicita se acoja el presente recurso, adoptándose las medidas necesarias para el restablecimiento del imperio del derecho y asegurar la debida protección del amparado, ordenándose especialmente la concesión del beneficio o ser evaluado por la Comisión de Libertad Condicional. SEGUNDO: Que se evacua informe por parte del Tribunal de Conducta del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, señalando que el interno amparado no cumple con el requisito de conducta sobresaliente para ser presentado en algún proceso de Libertad Condicional, conforme con la modificación legal del D.L. N°321. Junto con ello, se remitieron los antecedentes penitenciarios del amparado, donde se lee que el amparado, de actuales 26 años, se encuentra cumpliendo dos condenas, una por el delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación y otra por el delito de robo con intimidación, cada una por tres años y un día. Registra como fecha de inicio de condena el día 19 de febrero del año 2016, contando con 310 días de abono por tiempo pasado en prisión preventiva, y 315 días de abono por tiempo de libertad vigilada, por lo que su fecha de término de condena es el 7 de junio de 2020. En los antecedentes de conducta, se lee que en los bimestres septiembre – octubre y noviembre-diciembre tuvo conducta “buena”, en julio-agosto, “regular”, en mayo-junio, “buena”, y en marzo-abril “regular”, todos del año 2018. TERCERO: Que atendido el mérito de los antecedentes, se prescindió del inform

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Brayan González Rivas Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-254-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de febrero de dos mil diecinueve. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Pamela Vergara Castro, abogada, interponiendo acción constitucional de amparo a favor de Brayan González Rivas, actualmente recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur en contra de Gendarmería de Chile, señalando en el petitorio a la Comisión de Libertad Co

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