MP. C/ FELIPE ANDRÉS AGUILAR JAQUE.
Rol
Fecha
14 de febrero de 2019
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que atendido el mérito de los antecedentes, aun cuando en este estadio procesal se encuentran acreditados los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esta Corte estima que la necesidad de cautela establecida en la letra c) del mismo artículo se satisface con otras medidas cautelares de menor intensidad, como son las contenidas en las letras a) y d) del artículo 155 del mismo cuerpo legal, que se decretan a continuación, las que considera suficientes para asegurar los fines del procedimiento. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de siete de febrero del año en curso por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que aplicó la medida cautelar de prisión preventiva de Felipe Andrés Aguilar Jaque, y se declara, que se decreta a su respecto las medidas de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional, debiendo la señora Juez del Tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo decidido. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Roberto Contreras Olivares, quien fue de parecer de confirmar la resolución apelada, por estimar que la libertad del imputado Aguilar Jaque constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad del ilícito, su forma de comisión y la pena probable a imponer. Comuníquese por la vía mas expedita. N° 379-2019-Penal Pronunciada por los ministros señor Roberto Contreras Olivares, señora Sylvia Pizarro Barahona y la Abogado Integrante señora María Eugenia Montt Retamales.
Fallo
se declara, que se decreta a su respecto las medidas de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional, debiendo la señora Juez del Tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo decidido. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Roberto Contreras Olivares, quien fue de parecer de confirmar la resolución apelada, por estimar que la libertad del imputado Aguilar Jaque constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad del ilícito, su forma de comisión y la pena probable a imponer. Comuníquese por la vía mas expedita. N° 379-2019-Penal Pronunciada por los ministros señor Roberto Contreras Olivares, señora Sylvia Pizarro Barahona y la Abogado Integrante señora María Eugenia Montt Retamales.
Texto Completo (Preview)
Santiago, a catorce de febrero de dos mil diecinueve. Sala: Primera. Rol Corte: 379-2019. Ruc: 1900043833-5 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo Relator: Karin Bustamante Alvial Fiscal: Francisco Ayala Defensor: Mariela Puebla Partes: MINISTERIO PÚBLICO C/ FELIPE ANDRES AGUILAR JAQUE Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Delito: Robo con intimidación En Santiago, a catorce de
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