SIN INFORMACION

PAULA BERNAL FAJARDO EN FAVOR DE DAVID BENJAMÍN VERA VIGH CON JUEZ DE GARANTÍA DE ANTOFAGASTA, SR. ANDRÉS SANTELICES JORQUERA

Rol

Fecha

4 de febrero de 2019

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece Paula Bernal Fajardo, Defensora Penal Pública, en representación del adolescente David Benjamín Vera Vigh, interponiendo recurso de amparo en contra de la decisión adoptada el 28 de enero de los corrientes por el Magistrado del Juzgado de Garantía de esta ciudad, Andrés Santelices Jorquera, que dispuso la ampliación del plazo de investigación por el término de 30 días. Informó Andrés Santelices Jorquera, Juez del Juzgado de Garantía de Antofagasta. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la acción cautelar constitucional se fundamenta en que el amparado se encuentra cumpliendo medida cautelar de Internación Provisoria, puesto que el 18 de julio de 2018 fue formalizado por un delito de violación y dos delitos de abuso sexual, disponiéndose en aquella oportunidad un plazo de investigación de 60 días. Luego, el 17 de octubre del mismo año se realiza la primera audiencia de apercibimiento de cierre, oportunidad en que el plazo de investigación se amplió en 45 días por encontrase pendientes diligencias solicitadas por el Ministerio Público. Así, el 6 de diciembre de dicho año se vuelve a realizar audiencia de apercibimiento de cierre de la investigación, prorrogándose el plazo por 30 días, por encontrase aun pendiente las diligencias señaladas. Finalmente el 07 y 28 de enero de este año, se vuelve a discutir el cierre de la investigación, instando la defensa por este en atención al tiempo transcurrido, pues al 28 de enero ya había transcurrido el plazo legal de 6 meses desde que se formalizó la investigación, consagrado en el artículo 38 de la Ley 20.084, fundando el persecutor su solicitud de ampliación de plazo en que una de las víctimas del delito de violación aún no se ha podido practicar el peritaje de credibilidad en CAVAS, por la concentración y alta demanda de peritajes, el cual se podría evacuar en el mes de febrero. Así, el Magistrado Santelices dispone la ampliación del plazo por el término de 30 días. Como se puede entender, el amparado se encuentra cumpliendo medida cautelar de internación provisoria desde el mes de julio de 2018, tras la formalización de los delitos indicados, y los peritajes solicitados se encuentran pendientes desde el primer día, y por sobre todo el antecedente de la ausencia de la víctima de violación permite vislumbrar que pueden variar los antecedentes que se tuvieron a la vista por el tribunal al mantenerse la medida cautelar, por lo que el retardo en su desarrollo ha ido en exclusivo perjuicio del amparado, vulnerándose su libertad personal y los derechos consagrados en el proceso penal y ley de responsabilidad penal adolescente. En la especie, la decisión del juez recurrido de extender el plazo de investigación sobre el término legal infracciona las referidas garantías. Finalmente, el hecho de no haberse practicado el informe pericial CAVAS dentro del plazo de investigación de 6 meses, es imputable a la inactividad del Ministerio Público, y constituye un nuevo antecedente para variar las letras a) y b) del articulo 140 del Código Procesal Penal, permitiendo a la defensa solicitar la revisión de la medida cautelar vigente, ante la falta de un informe de credibilidad de la denunciante, conduciendo a dejar sin efecto la medida in comento. Previas citas legales, solicita adoptar de inmediato las providencias necesarias para reestablecer el imperio del derecho, revocando la resolución recurrida, disponiendo que se proceda a declarar cerrada la investigación en la causa

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema del 19 de diciembre de 1932, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por Paula Bernal Fajardo en contra de la decisión adoptada por el Magistrado Andrés Santelices Jorquera de fecha veintiocho de enero de dos mil diecinueve. Regístrese y comuníquese. Rol 13-2019 (AMP) 1

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a cuatro de febrero de dos mil diecinueve. VISTOS: Comparece Paula Bernal Fajardo, Defensora Penal Pública, en representación del adolescente David Benjamín Vera Vigh, interponiendo recurso de amparo en contra de la decisión adoptada el 28 de enero de los corrientes por el Magistrado del Juzgado de Garantía de esta ciudad, Andrés Santelices Jorquera, que dispuso la ampliación del pla

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