FISCHER/FLIES
Rol
Fecha
1 de febrero de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 15 de enero del año en curso, comparece don MARCELO FISCHER ZAMBRANO, abogado, en representación de ASERRADERO SANTA LORETO LTDA, persona jurídica de derecho privado, con domicilio en Sector San Ramón Km 14,5 Constitución, en relación a la causa caratulada SANTA LORETO LTDA CON INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO, RIT I-11-2018 del Juzgado de Letras del Trabajo de Constitución, y deduce recurso de hecho en contra de la resolución 11 de enero de 2019, dictada por la Jueza Suplente doña Claudia Flies Vásquez, la que negó conceder recurso de apelación para ante la I. Corte De Apelaciones de Talca interpuesta por esta parte en contra de la resolución pronunciada en audiencia de fecha 04 de enero de 2019, en el sentido de que esta última corrigió el procedimiento por presuntos vicios en relación a la legitimación pasiva del señor Director Regional del Trabajo del Maule para actuar como parte demandada en los autos previamente individualizados. Refiere que contra tal resolución, la parte reclamante con fecha 10 de enero de 2019, presentó fundado recurso de apelación, señalando que el Director Regional del Trabajo del Maule sí tenía legitimación pasiva para ser parte demandada en esta reclamación, sobre todo considerando el tenor de la norma citada por el tribunal para realizar la corrección del procedimiento, sin embargo se resolvió que el recurso interpuesto no cumplía con lo previsto en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil. Alega que su parte dio cumplimiento a todo lo solicitado por la ley, en este sentido, se interpuso el recurso de apelación el día jueves 10 de enero de 2019 y la audiencia se realizó el día viernes 04 de enero de 2019, es decir, el último día del plazo que señala la ley. Por otro lado, el recurso también fue debidamente fundado: se señala que el error es la interpretación que debe darse al artículo 503 del Código del Trabajo y que en este sentido el Director Regional del Trabajo del Maule sí tiene legitimidad pasiva, ello fundamentándose en el mismo tenor literal de la norma citada. El recurrente considera, entonces, que el recurso de apelación presentado debió haberse concedido toda vez que cumple con los requisitos, la forma y los plazos que señala la ley. Previas citas legales, pide que se tenga por interpuesto recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 11 de enero de 2019, que no concedió el recurso de apelación y, previo informe de la señora juez a quo sobre el asunto que incide este recurso, acogiendo el recurso y, en consecuencia, declarando que el señalado recurso de apelación interpuesto es procedente por haber cumplido con todos los requisitos legales y en definitiva declararlo admisible. SEGUNDO: Que informando don Christian Berríos del Pino, juez suplente del Juzgado de Letras y del Trabajo de Constitución, considera que el recurso de apelación presentado el 10 de enero de 2019, no daría cumplimiento a los requisitos establecidos por el artículo 189 del Cód
Fallo
se DECLARA ADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto por el abogado don MARCELO FISCHER ZAMBRANO en representación de la parte reclamante, en contra de la resolución de 11 de enero de 2019, que no dio curso a la apelación interpuesta en contra de resolución de 4 del mismo mes y año y, en consecuencia, se concede en el solo efecto devolutivo el aludido recurso de apelación. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo, a fin de que remita por interconexión la causa respectiva. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 22-2019 Laboral/Hecho.
Texto Completo (Preview)
Talca, uno de febrero de dos mil diecinueve. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 15 de enero del año en curso, comparece don MARCELO FISCHER ZAMBRANO, abogado, en representación de ASERRADERO SANTA LORETO LTDA, persona jurídica de derecho privado, con domicilio en Sector San Ramón Km 14,5 Constitución, en relación a la causa caratulada SANTA LORETO LTDA CON INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRAB
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