ORTEGA/RELIX S.A
Rol
Fecha
1 de febrero de 2019
Materia
ART. 485 INCISO 3º CT
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y
Fundamentos
considerando especialmente que en autos no existen antecedentes ciertos relativos a una posible falta de capacidad económica de ambas demandadas para responder de los eventuales resultados del juicio que haga necesaria la medida solicitada; y visto además lo dispuesto en los artículos 444 del Código del Trabajo y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada con fecha trece de diciembre de dos mil dieciocho por el Juez del Segundo Juzgado de Letras de Vallenar, don Marco Antonio Escobar Martínez, que no dio lugar a la medida cautelar requerida por el actor. Regístrese y devuélvase. N° Laboral-Cobranza-195-2018. En Copiapó, a uno de febrero de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó. Copiapó, uno de febrero de dos mil diecinueve. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y considerando especialmente que en autos no existen antecedentes ciertos relativos a una posible falta de capacidad económica de ambas demandadas para responder de los eventuales resultados del juicio que haga necesaria la medida solicitada; y visto además lo dispuesto en los artículos
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