C/ JONATHAN ANDRES GUAJARDO ROJAS
Rol
Fecha
31 de enero de 2019
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Se substanció esta causa RIT 535-2018 del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, sobre el delito de robo con intimidación. Por sentencia definitiva de 28 de noviembre de 2018, los jueces de dicho tribunal condenaron a los acusados Jonathan Andrés Guajardo Rojas y Luis Alex Córdova Herrera a las penas privativas de libertad de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, respectivamente, como autores del delito de robo con intimidación en la persona de Irene Honorato Vergara y respecto de especies de su propiedad, perpetrado el 13 de septiembre de 2017, alrededor de las 8:15 horas, en la comuna de Recoleta. Contra ese fallo la defensa del sentenciado Jonathan Andrés Guajardo Rojas dedujo recurso de nulidad sustentado en la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, con relación al requisito establecido en el artículo 342, letra c) del mismo texto legal.
Fundamentos
Considerando: Primero: Se expresa en el recurso que en la sentencia impugnada se incurriría en el vicio de infringir un “principio lógico” –que no se identifica-, al desestimarse la declaración del imputado Jonathan Andrés Guajardo Rojas, la declaración de la testigo Francesca Giselle San Martín Barrera y el mérito de la prueba documental producida, de acuerdo con lo que se reseña enseguida: 1.- En primer término, la recurrente reclama que en el
Fallo
fallo la defensa del sentenciado Jonathan Andrés Guajardo Rojas dedujo recurso de nulidad sustentado en la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, con relación al requisito establecido en el artículo 342, letra c) del mismo texto legal. Considerando: Primero: Se expresa en el recurso que en la sentencia impugnada se incurriría en el vicio de infringir un “principio lógico” –que no se identifica-, al desestimarse la declaración del imputado Jonathan Andrés Guajardo Rojas, la declaración de la testigo Francesca Giselle San Martín Barrera y el mérito de la prueba documental producida, de acuerdo con lo que se reseña enseguida: 1.- En primer término, la recurrente reclama que en el fallo fue soslayada la contradicción en que incurre la víctima, dado que en su declaración policial (prestada el día de los hechos), describió al acusado como una persona de “contextura mediana”, mientras que al interponer la denuncia indicó que era de “contextura gruesa”. Ante esa contradicción se debió absolver al acusado; 2.- Enseguida, se desestima la declaración de la testigo Francesca Giselle San Martín Barrera, quien aseguró que el día de los hechos, con su conviviente Jonathan Andrés Guajardo se levantaron alrededor de las 8:30 horas y fueron a dejar a su hijo al colegio y luego se dirigieron a una Caja de Compensación a cobrar una asignación familiar, reconociendo los comprobantes que le fueron exhibidos y que dan cuenta de esas gestiones y la existencia del hijo en común.
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta y uno de enero de dos mil diecinueve. Vistos: Se substanció esta causa RIT 535-2018 del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, sobre el delito de robo con intimidación. Por sentencia definitiva de 28 de noviembre de 2018, los jueces de dicho tribunal condenaron a los acusados Jonathan Andrés Guajardo Rojas y Luis Alex Córdova Herrera a las penas privativas de libertad de
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