/MATAMALA
Rol
Fecha
1 de febrero de 2019
Materia
LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA - PERSONA NATURAL
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: Que, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 y 71, ambos de la Ley N° 20.720, el recurso de apelación procede sólo contra las resoluciones que en dicha ley expresamente se señalan, lo que en la especie no ocurre, al no existir norma que conceda el recurso en la situación planteada. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el solicitante el dos de enero del año en curso, contra la resolución de veintiséis de diciembre de dos mil dieciocho. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-450-2019/gvs/. En Santiago, a uno febrero de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el solicitante el dos de enero del año en curso, contra la resolución de veintiséis de diciembre de dos mil dieciocho. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-450-2019/gvs/. En Santiago, a uno febrero de dos mil diecinueve, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, uno de febrero de dos mil diecinueve. Póngase en conocimiento de las partes la constancia que antecede, para los efectos previstos en el artículo 125 del Código de Procedimiento Civil. Vistos y teniendo, además, presente: Que, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 y 71, ambos de la Ley N° 20.720, el recurso de apelación procede sólo cont
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