FEHRING/CAPREDENA
Rol
Fecha
30 de enero de 2019
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 8 de noviembre de 2018, comparece don Christopher Andrés Sánchez Grundt, abogado, quien se dedujo acción de protección en favor de Jurgen Georg Fehring Sánchez, funcionario en retiro del ejército, en contra de Caja de Previsión de la Defensa Nacional, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas del Ministerio de Defensa, el Ejército de Chile y la Contraloría general de la República, por la negativa en el otorgamiento de su pensión de retiro, lo que estima que atenta contra las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 N° 18, 23 y 24 de la carta fundamental, solicitando en definitiva se acoja el presente recurso y se ordene a las recurridas procedan al otorgamiento de la pensión de retiro del Ejército que por derecho le corresponde, dentro de los plazos razonables contemplados en la ley, con costas. Expone que desde abril de 2017 se encuentra con licencia psiquiátrica, producto del lamentable suicidio de su hijo mayor, ocurrido en mayo de 2015. Agrega que no obstante ha cumplido con cada una de las actividades que se le han encomendado. Indica que se encuentra hasta el día de hoy sometido a una investigación sumaria, en la Comisión de Sanidad, con la finalidad de determinar si la patología psiquiátrica que padece guarda relación con el servicio y si corresponde acceder a algún beneficio previsional, lo cual a la fecha de interposición del recurso todavía no se zanja. En dichas circunstancias, en agosto de 2017 tomó conocimiento de la decisión adoptada por el Ejército de disminuir su nota y clasificarlo en Lista 2, incluyéndolo en la “Lista anual de retiros”, lo que se materializó en junio de este año. Si bien apeló de dicha decisión, esta se mantuvo. Luego de hecho efectivo el llamado a retiro, lo que aconteció a mediados de junio (ultima remuneración que percibió), espero 90 días, plazo luego del cual debió obtener automáticamente su jubilación, aquello no aconteció, informándole en CAPREDENA que su
Fallo
Por tanto, de conformidad a cuanto se ha expuesto precedentemente, normas legales citadas y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección presentado por el abogado don Christopher Andrés Sánchez Grundt, en representación de don Jurgen Georg Fehring Sánchez. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-80055-2018.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de enero de dos mil diecinueve. Al folio 36549; no habiendose pagado los impuestos correspondientes, no ha lugar. A los folios 38411 y 38503; a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 8 de noviembre de 2018, comparece don Christopher Andrés Sánchez Grundt, abogado, quien se dedujo acción de protección en favor de Jurgen Geor
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