CLINICA ALEMANA DE SANTIAGO S.A./ORTEGA
Rol
Fecha
1 de febrero de 2019
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el inciso cuarto del artículo 2 de la Ley de Comparecencia en Juicio, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de la constitución del mandato no serán susceptibles de recurso alguno, siendo ésta una norma de carácter especial, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha veintinueve de diciembre de dos mil dieciocho, en contra de la resolución de veintisiete del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-693-2019. En Santiago, uno de febrero de dos mil diecinueve, la que se notifica por el estado diario con esta fecha.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha veintinueve de diciembre de dos mil dieciocho, en contra de la resolución de veintisiete del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-693-2019. En Santiago, uno de febrero de dos mil diecinueve, la que se notifica por el estado diario con esta fecha.
Texto Completo (Preview)
fjr C.A. de Santiago Santiago, uno de febrero de dos mil diecinueve. Al folio N°3, a todo: estese a lo que resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el inciso cuarto del artículo 2 de la Ley de Comparecencia en Juicio, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de la constitución del mandato no serán susceptibles de recurso alguno, siendo ésta una norma de carácter espe
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