JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE SAN PEDRO DE LA PAZ

DCTE.: GUSTAVO DIAZ BUSTAMANTE (BCI SEGUROS GENERALES S.A.). JEAN PAUL MUÑOZ ALVAREZ. JAIME ALFONSO ZAMBRANO ARANEDA. DTE. CIVIL: JEAN PAUL MUÑOZ ALVAREZ. GERMAN MUÑOZ PEREZ. JAIME ZAMBRANO ARANEDA. DALIA GALLEGOS OJEDA

Rol

Fecha

18 de enero de 2019

Materia

SIN INFORMACION

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Hechos

VISTO: Se eliminan los

Fundamentos

fundamentos 14 y 15 de la sentencia en alzada, se la reproduce en lo demás, y se tiene en su lugar presente: 1.- Que, el demandante civil BCI Seguros Generales S.A. (fojas 78), a fin de probar los daños que reclama, acompañó los documentos relacionados en el motivo 6 del

Fallo

fallo en revisión, consistentes en lo que interesa, en copia de recibo suscrito por el asegurado Jaime Zambrano y por la representante de automotriz Cordillera, Paulina Tiznado; copia de la orden de reparación 3979018 emitida por BCI Seguros Generales S.A. respecto del vehículo patente BDWC; factura electrónica 314069 emitida por automotriz Cordillera S.A. el 28 de julio de 2017. 2.- Que, para la decisión de la controversia es útil dejar constancia que en este procedimiento la prueba se aprecia conforme con las reglas de la sana crítica. 3.- Que, sostiene el apelante que el monto de los daños sufridos por el vehículo asegurado patente BDWC del demandante civil se encuentran acreditados con la prueba documental rendida, por su parte, al respecto. 4.- Que, en efecto la factura electrónica por el monto de $5.483.626 pagada a automotriz Cordillera individualiza el móvil de que se trata y el número de la orden de reparación, coincidiendo esta numeración con la asignada a la orden de reparación de fojas 62, en la cual se individualizan los daños a reparar. Lo anterior guarda relación con las fotografías de fojas 67 y siguientes, si bien son fotocopias, puede apreciarse que el número de patente que corresponde al vehículo sub litis, y con el recibo de fojas de fojas 109 en que consta que el asegurado recibió conforme el individualizado móvil ya reparado de parte de automotriz Cordillera. 5.- Que, en esta instancia a fojas 178 se acompañaron por la apelante copias de los document

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C.A. de Concepción Concepción, dieciocho de enero de dos mil diecinueve. VISTO: Se eliminan los fundamentos 14 y 15 de la sentencia en alzada, se la reproduce en lo demás, y se tiene en su lugar presente: 1.- Que, el demandante civil BCI Seguros Generales S.A. (fojas 78), a fin de probar los daños que reclama, acompañó los documentos relacionados en el motivo 6 del fallo en revisión, consistentes

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