IMPRESORA Y COMERCIAL FE Y SER LIMITADA CON INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO SUR
Rol
Fecha
2 de enero de 2019
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En estos antecedentes ingreso Corte N° 624-2018 Laboral, correspondiente a la causa Rit I-18-2018, Ruc 1840112355-1, seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, caratulada “Impresora y Comercial Fe y Ser Limitada con Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur”, por sentencia de diecinueve de noviembre de dos mil dieciocho, se acogió la reclamación interpuesta por Impresora y Comercial Fe y Ser Limitada en contra de la Inspectora Comunal del Trabajo Santiago Sur, respecto de la resolución de multa administrativa N°1296/18/9-1, 2, 3, 4 y 5, de 5 de febrero de 2018 y, en consecuencia, se declara que: a) se dejan sin efecto las multas administrativas impuestas por resolución N°1296/18/9-2 y N°1296/18/9-5; b) se rebajan a dos unidades tributarias mensuales cada una, las multas impuestas por resolución N°1296/18/9-1, N°1296/18/9-3 y N°1296/18/9-4; c) se condena en costas a la demandada. Contra esta decisión la parte reclamada dedujo recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Por resolución de once de diciembre recién pasado, la Sala Tramitadora de esta Corte declaró admisible el recurso, procediéndose a su vista el 27 de diciembre último, ante la Primera Sala, integrada por la ministra señora Ma. Catalina González Torres, el fiscal (i) señor Jaime Salas Astrain y el abogado integrante señor Manuel Hazbún Comandari, fijándose para la lectura del fallo la audiencia del día de hoy, según consta de los respectivos registros. Con lo oído, relacionado y teniendo presente: Primero: Que la parte reclamada invoca el motivo de nulidad contemplado en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, haber sido pronunciada la sentencia con infracción manifiesta de las normas de apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, al acoger el reclamo en relación con las multas Nos. 1296/18/9-2 y 1296/18/9-5. Refiriéndose a las infracciones a las reglas de la sana crítica, señala, respec
Fundamentos
fundamentos fácticos de la multa en análisis se ven desvirtuados con la prueba documental incorporada por la reclamante de la que consta que […], la empleadora dio cumplimiento a su obligación legal formulando la respectiva Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT), ante el organismo correspondiente, documento este que, por lo demás, consta en el expediente de fiscalización incorporado por la propia reclamada, no obstante lo cual no fue considerado por la fiscalizadora actuante quien, igualmente, cursó indebidamente la multa en análisis”. De esta manera, la jueza del tribunal del grado estimó que la reclamante acreditó el cumplimiento oportuno de las obligaciones que la fiscalizadora denunció infringidas, por lo que determinó que las multas impuestas por resoluciones Nos. 1296/18/9-2 y 1296/18/9-5, resultan injustificadas y contrarias a derecho.
Fallo
se declara que: a) se dejan sin efecto las multas administrativas impuestas por resolución N°1296/18/9-2 y N°1296/18/9-5; b) se rebajan a dos unidades tributarias mensuales cada una, las multas impuestas por resolución N°1296/18/9-1, N°1296/18/9-3 y N°1296/18/9-4; c) se condena en costas a la demandada. Contra esta decisión la parte reclamada dedujo recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Por resolución de once de diciembre recién pasado, la Sala Tramitadora de esta Corte declaró admisible el recurso, procediéndose a su vista el 27 de diciembre último, ante la Primera Sala, integrada por la ministra señora Ma. Catalina González Torres, el fiscal (i) señor Jaime Salas Astrain y el abogado integrante señor Manuel Hazbún Comandari, fijándose para la lectura del fallo la audiencia del día de hoy, según consta de los respectivos registros. Con lo oído, relacionado y teniendo presente: Primero: Que la parte reclamada invoca el motivo de nulidad contemplado en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, haber sido pronunciada la sentencia con infracción manifiesta de las normas de apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, al acoger el reclamo en relación con las multas Nos. 1296/18/9-2 y 1296/18/9-5. Refiriéndose a las infracciones a las reglas de la sana crítica, señala, respecto de la multa N° 2, que la empresa no cumplió con el deber de resguardo, toda vez que: i.- la exigencia que establ
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Proyecto Rol N° 624-2018 Santiago, a dos de enero de dos mil diecinueve. Vistos: En estos antecedentes ingreso Corte N° 624-2018 Laboral, correspondiente a la causa Rit I-18-2018, Ruc 1840112355-1, seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, caratulada “Impresora y Comercial Fe y Ser Limitada con Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur”, por sentencia de diecinueve de noviemb
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