JIH-CHAO YEH C/ SEBASTIAN VANELLA MUNOZ
Rol
Fecha
31 de diciembre de 2018
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1°) Para decretar el sobreseimiento definitivo por la causal contemplada en la letra b) del artículo 250 del Código Procesal Penal se exige que “ (…) apareciere claramente establecida la inocencia del imputado” circunstancia que difiere de la insuficiencia de antecedentes para sustentar, por ahora, la participación del querellado en los hechos narrados en la querella. 2°) En efecto, la posibilidad de decretar el sobreseimiento definitivo supone que la causal invocada se encuentre demostrada de manera indubitada, sin que exista en estos antecedentes la absoluta certeza de la inocencia del querellado. Por estas consideraciones se revoca la resolución apelada de veinte de noviembre del año en curso y se deja sin efecto el sobreseimiento definitivo dispuesto en autos. Comuníquese lo resuelto. N°Penal-6827-2018.
Fallo
Por estas consideraciones se revoca la resolución apelada de veinte de noviembre del año en curso y se deja sin efecto el sobreseimiento definitivo dispuesto en autos. Comuníquese lo resuelto. N°Penal-6827-2018.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho. Vistos: 1°) Para decretar el sobreseimiento definitivo por la causal contemplada en la letra b) del artículo 250 del Código Procesal Penal se exige que “ (…) apareciere claramente establecida la inocencia del imputado” circunstancia que difiere de la insuficiencia de antecedentes para sustentar, por ahora, la participació
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