JUZGADO DE GARANTIA DE OSORNO

MINISTERIO PUBLICO C/ GERMAN PATRICIO FIERRO SEPULVEDA

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2018

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y estimando esta Corte que se cumplen en la especie los requisitos del artículo 155 del Código Procesal Penal, se CONFIRMA la resolución apelada de diecisiete de diciembre de dos mil dieciocho. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. Rol 988 – 2018 PEN. La Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 19 de diciembre de 2018. Pamela Hernández Machuca Relatora En Valdivia, diecinueve de diciembre de dos mil dieciocho, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. César Iván Agurto Mora, Secretario Subrogante.

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y se ordene mantener la prisión preventiva del imputado. A continuación alega la defensa solicitando se confirme la resolución apelada, en virtud de las alegaciones y fundamentos de derecho que expone en la audiencia. Acto seguido, los abogados hacen uso de su derecho a réplica, manteniéndose en sus planteamientos. El Sr. Presidente de la Sala, da por terminada la intervención y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y estimando esta Corte que se cumplen en la especie los requisitos del artículo 155 del Código Procesal Penal, se CONFIRMA la resolución apelada de diecisiete de diciembre de dos mil dieciocho. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. Rol 988 – 2018 PEN. La Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 19 de diciembre de 2018. Pamela Hernández Machuca Relatora En Valdivia, diecinueve de diciembre de dos mil dieciocho, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. César Iván Agurto Mora, Secretario Subrogante.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA DIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, PARA LA VISTA- POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CAUSA RUC 1800840279-1, RIT 4341–2018. ROL CORTE 988 – 2018 PEN. Siendo las 9:24 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia de los Ministros Sr.

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