PEÑA/PEÑA
Rol
C-1531-2025
Fecha
18 de mayo de 2026
Materia
ALIMENTOS AUMENTO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OIDO: Que con fecha 16 de febrero de 2025, NATHANIEL PE A ROBLESÑ , c dulaé nacional de identidad N 19.733.750-8, domiciliado en Santa Isabel N 765,° ° departamento 1803, comuna de Santiago, interpuso demanda de aumento de alimentos en contra de GUILLERMO ANTONIO PE A ARAVENAÑ , c dula nacional deé identidad N 11.867.972-5, domiciliado en Parcelaci n Dos Lagunas S/N, sector Las° ó Salinas del Convento, comuna de Santo Domingo. Funda su demanda en los siguientes antecedentes: Que los alimentos vigentes, fijados en conciliaci n previa, resultan insuficientesó para cubrir sus necesidades actuales, atendida su condici n de discapacidad mentaló severa, su estado de salud y el incremento de sus gastos de subsistencia, solicitando un aumento de la pensi n de alimentos conforme a la variaci n de sus circunstanciasó ó personales y econ micas. ó Cuantifica sus necesidades en la suma de $1.429.142 y se ala que el demandadoñ posee capacidad econ mica suficiente para cubrir una proporci n que le permitaó ó subsistir. Por lo que, en definitiva, solicita que sea acogida la demanda en todas sus partes aument ndose los alimentos en mi favor a la suma en dinero equivalente a 8,92 unidadesá tributarias mensuales o la suma que se estime en derecho y justicia, pagaderos dentro de los primeros cinco d as del mes en la LAV ya existente, adem s del 50% de los gastosí á extraordinarios o la proporci n que se estime en derecho y justicia, con costas en caso deó oposici n y/o rebeld aó í Que el 7 de mayo de 2025 la parte demandada contest la demanda solicitandoó su rechazo, reconociendo el v nculo filial y el pago de la pensi n actualmente regulada,í ó pero negando la existencia de un cambio sustancial de circunstancias que justifique el aumento solicitado, controvirtiendo los gastos alegados y la situaci n econ mica expuestaó ó por la parte demandante. Que el 24 de junio de 2025 se realiza la audiencia preparatoria, con la comparecencia de ambas partes debidamente representadas, o
Fundamentos
CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que la presente causa se inici por demanda de aumento deó alimentos interpuesta por Nathaniel Pe a Robles en contra de Guillermo Antonio Pe añ ñ Aravena, ya individualizados, conforme a los fundamentos expuestos en la parte expositiva. SEGUNDO: Que celebrada la audiencia preparatoria comparecen ambas partes quienes exponen demanda y contestaci n, llamadas a conciliaci n sta no se produce,ó ó é fij ndose el objeto del juicio y los hechos sustanciales y controvertidos. á TERCERO: Que las partes rindieron los siguientes medios de prueba: I. PRUEBA DE LA PARTE DEMANDANTE: Documental: 1. Certificado de nacimiento de demandante NATHANIEL PE A ROBLES, conÑ circunscripci n en la comuna de Puente Alto, N de inscripci n 8.120 de a oó ° ó ñ 1997. 2. Acta de audiencia preparatoria con conciliaci n de causa RIT C-6339-2024ó del Juzgado de Familia de Santiago (3 ) de fecha 15 de octubre del 2024.° 3. Liquidaci n de autos RIT Z-4777-2024 del Juzgado de Familia de Santiagoó (3 )° 4. Certificado de discapacidad de NATHANIEL PE A ROBLES, N deÑ ° dictamen 30.685.095 de fecha 29 de mayo del 2023, causa principal: Mental ps quica, severa 70%, causa secundaria f sica y con movilidad reducida emitidoí í con fecha 16 de febrero del 2025. 5. Certificado de residencia del demandante. 6. Cartola registro social de hogares de la demandante. 7. Certificado de atenci n psicol gica.ó ó Oficios: 1.- Servicio de Impuestos Internos Tercer Juzgado de Familia de Santiago General Mackenna 1477, Piso 5, Santiago Código: FVCYCHVXMXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2.- PREVIRED 3.- Banco Estado Pericial: Informe social del demandante realizado por DIDECO de la Municipalidad de Santiago. Declaraci n de parteó : Declaraci n del demandado Guillermo Antonio Pe a Aravenaó ñ II. PRUEBA DE LA PARTE DEMANDADA: D ocumental: 1.- carta de despido del demandado 2.-finiquito del demandado. O ficios: 1.- Servicio de Impuestos Internos. 2.- Banco Estado. 3.- Instituro de Previsi n Social.ó 4.- PREVIRED. Declaraci n de parte:ó Declaraci n del demandante Nathaniel Pe a Robles.ó ñ CUARTO: Que fue o da la opini n de la consejera T cnica quien haí ó é recomendado que la demanda sea acogida en raz n de la capacidad econ mica de laó ó demandada y de las condiciones sociales del demandante. QUINTO: Que, analizada la prueba conforme a las reglas de la sana cr tica esí posible tener por acreditado los siguientes hechos: a) Con el certificado de nacimient o se logra establecer que el demandante Nathaniel Pe a Robles es hijo del demandado y naci el 25 de noviembre deñ ó 1997, esto es, tiene 28 a os,ñ b) C on el acta de audiencia preparatoria de causa RIT C-6339-2024 se logra acreditar que el 15 de octubre de 2024 las partes arribaron a una conciliaci nó por alimentos consistente es: una suma mensual de: 0,60095 UTM (Unidades Tercer Juzgado de Familia de Santiago General Mackenna 1477, Piso
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los art culos 321,í 322, 323, 324, 326, 329, 331 y 333 del C digo Civil, art culo 1 y siguientes de la leyó í ° 14.908; art culos 8 y siguientes de la Ley de Tribunales de Familia, í se declara: I.- Que ha lugar a la demanda de aumento de alimento interpuesta por NATHANIEL PE A ROBLES, Ñ c dula nacional de identidad N 19.733.750-8, ené ° contra de GUILLERMO ANTONIO PE A ARAVENA, Ñ c dula nacional deé identidad N 11.867.972-5° , en consecuencia, se regula en beneficio de la demandante una pensi n de alimentos ascendiente aó 4,19545 UTM equivalente en el mes de mayo de 2026 la suma de $300.000 (trescientos mil pesos) mensuales la que deber pagarseá dentro de los cinco primeros d as de cada mes mediante dep sito en libreta de ahorro aí ó la vista que para estos efectos mantiene el alimentario, por retenci n de AFP MODELOó que realiza el pago de la pensi n del alimentante. ó Of cieseí . II.- Que se mantiene la obligaci n del demandado de contribuir a los gastosó extraordinarios del alimentaria en un porcentaje del 50% . III.- D jese copia de la presente sentencia en la causa RIT Z-4777-2024 de esteé mismo tribunal IV.- Que no se condena en costas a la parte demandada. Tercer Juzgado de Familia de Santiago General Mackenna 1477, Piso 5, Santiago Código: FVCYCHVXMXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Notif quese a las partes en forma legal.í An tese, re
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Santiago, dieciocho de mayo de dos mil veintis is.é VISTO Y OIDO: Que con fecha 16 de febrero de 2025, NATHANIEL PE A ROBLESÑ , c dulaé nacional de identidad N 19.733.750-8, domiciliado en Santa Isabel N 765,° ° departamento 1803, comuna de Santiago, interpuso demanda de aumento de alimentos en contra de GUILLERMO ANTONIO PE A ARAVENAÑ , c dula nacional deé identidad N 11.867.972-5, domiciliado en
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