Juzgado de Letras de Villa Alemana

PINTO / SANTA ISABEL ADMINISTRADORA S.A

Rol

M-11-2026

Fecha

19 de mayo de 2026

Materia

Costas, Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos indicados en la carta y en los cuales se basan las causales aplicadas. Además, desconoce validez a la investigación que su ex empleador habría llevado a cabo por la denuncia recibida en su contra, por cuanto no le habría sido notificada ni se le habría indicado que podía aportar prueba. Además, alega que en la práctica y atendida la demora entre la denuncia y el despido, habría operado el perdón de la causal por la cual se le despidió. Por lo anterior, interpuso denuncia ante la Inspección del Trabajo y en el comparendo realizado en la instancia administrativa, se reconoció el vínculo laboral y adeudar por concepto de feriado legal y proporcional, junto a los días trabajados en diciembre de 2025. En cuanto a sus argumentos de derecho, cita y relaciona los artículos 160, 162, 168, 454 N°1 del Código del Trabajo, Decreto N°21 de 26 de mayo de 2024, junto a jurisprudencia y doctrina que avalaría su postura. Segundo: Que, en audiencia comparece la parte demandada, debidamente representada por su abogado, quien contesta la demanda interpuesta, solicitando su rechazo con costas. Expone en síntesis que el actor fue despedido con fecha 2 de diciembre de 2025 conforme a las causales establecidas en el artículo 160 N°1 letra f y N°7 del Código del Trabajo, debido a que con fecha 27 de agosto de 2025, se produjo un episodio en donde el demandante, de manera abiertamente grosera, con falta de respeto, falta a las normas del buen trato laboral y alejado del buen clima que debiera imperar en todo grupo humano, se expresó de manera agresiva respecto de sus compañeros de trabajo y jefatura, lo que provocó que al día siguiente de los hechos, las tres personas agredidas, esto es, Fabian Fuentes, Patricio León y Simón Arratia, presentaran denuncia por acoso laboral en contra del demandante, lo que fue debidamente tramitado por su representada y respetándose las normas del debido proceso, la cual una vez concluida, se resolvió despedir al trabajador. Agrega que, producto de

Fundamentos

considerando: Primero: Que, comparece Luis Manuel Pinto Campos, trabajador dependiente, domiciliado en calle Santa Sarah N°1648, Block 3, departamento 301, comuna de Villa Alemana, quien interpone demanda por despido indebido en contra de su ex empleador Santa Isabel Administradora S.A., empresa de giro de su denominación, representada legalmente por Carlos Barrera Leiva, ignora profesión u oficio, o quien la represente en los términos del artículo 4° del Código del Trabajo, ambos con domicilio en las faenas ubicadas en Av. Valparaíso N°569, comuna de Villa Alemana y casa matriz Av. Kennedy N°9001, comuna de Las Condes, solicitando se acoja la demanda y se declare que su despido fue indebido e injustificado y se condene a la demandada al pago de indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $807.291; indemnización por años de servicios (3 años) por la suma de $2.421.873; y recargo legal del 100% por la suma de $2.421.873, todo con reajustes e intereses de acuerdo a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, más costas de la causa. Expone en síntesis que, la relación laboral comenzó el 8 de octubre de 2022 bajo contrato a plazo fijo, el que luego derivo a plazo indefinido, con una jornada semanal de 44 horas, desempeñándose como encargado de bodega en el local ubicado en Av. Valparaíso N°569, comuna de Villa Alemana, con una remuneración, de acuerdo al artículo 172 del Código del Trabajo, de $807.291. Por otra parte, refiere que, durante la vigencia de la relación laboral, ésta se desarrolló sin problemas ni inconvenientes y que su jefe directo Marcos Mancilla siempre le indicaba que era el encargado jefe de la bodega y que los reponedores externos como internos debían acatar sus órdenes y en este contexto comenzó a solicitar de manera verbal a quienes ingresaban a la bodega que retiraran las mercaderías con cuidado y mantuvieran el orden dentro del lugar. Conforme a lo anterior, menciona que el 27 de agosto de 2025 se realizó en su contra una denuncia por acoso laboral por parte de Fabian Fuentes, respecto de quien señala no respetaba las normas de orden de la bodega y era problemático. Debido a la denuncia, su empleador lo traslado de lugar de trabajo al supermercado Santa Isabel de Troncos Viejos, y con fecha 2 de diciembre de 2025 se le hizo entrega de carta de término de contrato por las causales establecidas en el artículo 160 N°1 letra f) y N°7, del Código del Trabajo, junto a un documento denominado “documento de notificación cierre de investigación”, negando y controvirtiendo los hechos indicados en la carta y en los cuales se basan las causales aplicadas. Además, desconoce validez a la investigación que su ex empleador habría llevado a cabo por la denuncia recibida en su contra, por cuanto no le habría sido notificada ni se le habría indicado que podía aportar prueba. Además, alega que en la práctica y atendida la demora entre la denuncia y el despido, habría operado el perdón de la causal por la cual se le despidió.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 2, 7, 8, 9, 63, 67, 69, 73, 160 y siguientes, 453, 454, 496 al 502 del Código del Trabajo y Decreto N°21 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social de 2024, se resuelve: I. Se rechaza en todas sus partes la demanda de despido indebido interpuesta por Luis Manuel Pinto Campos en contra de Santa Isabel Administradora S.A., representada legalmente por Carlos Barrera Leiva, todos ya individualizados. II. Cada parte pagará sus costas. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT M-11-2026 RUC 26-4-0760387-6 Dictada en audiencia por doña Javiera Opazo Vaccaro, Juez Titular del Juzgado de Letras de Villa Alemana. En Villa Alemana a diecinueve de mayo de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

Villa Alemana, diecinueve de mayo de dos mil veintiséis. Visto, oído y considerando: Primero: Que, comparece Luis Manuel Pinto Campos, trabajador dependiente, domiciliado en calle Santa Sarah N°1648, Block 3, departamento 301, comuna de Villa Alemana, quien interpone demanda por despido indebido en contra de su ex empleador Santa Isabel Administradora S.A., empresa de giro de su denominación, rep

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