VEOLIA SOLUCIONES AMBIENTALES CHILE S.A CON INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE RANCAGUA
Rol
I-3-2026
Fecha
13 de abril de 2026
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Resumen
Veolia Soluciones Ambientales Chile S.A. reclamó la multa administrativa impuesta por la Inspección del Trabajo de Rancagua, argumentando que la entrega tardía de vestimenta de trabajo no fue intencional y se debió a causas ajenas a su responsabilidad. El Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua desestimó el reclamo, confirmando la multa de 60 Unidades Tributarias Mensuales por incumplimiento del contrato colectivo.
Hechos
HECHOS A PROBAR x PRUEBA DOCUMENTAL PARTE RECLAMANTE x PRUEBA DOCUMENTAL PARTE RECLAMADA x OBSERVACIONES A LA PRUEBA x DICTACION DE SENTENCIA x Se deja constancia que previo al registro de audio se verificó la identidad de todos los intervinientes, mediante la exhibición de los documentos respectivos, conforme al artículo 427 bis del Código del Trabajo. Escritos por resolver Se hace presente que hay un escrito pendiente de resolver, que corresponde a la parte reclamada, al que se provee: Téngase por acompañados los documentos y minuta, sin perjuicio de su ofrecimiento e incorporación en audiencia. Relación somera Las partes renuncian a la relación somera, para efectos de agilidad de la audiencia. Contesta demanda La Inspección Provincial del Trabajo de Rancagua contesta la demanda, conforme a los argumentos que constan en el registro de audio. Llamado a conciliación Llamadas las partes a conciliación, esta no se produce. La parte reclamada indica no tener instrucciones para conciliar. Hechos a probar 1.- Efectividad de haber incurrido la parte reclamada en un error de hecho al momento de imponer la sanción. 2.- Hechos y circunstancias en que se funda la eventual rebaja del quantum de la multa. MEDIOS DE PRUEBA La parte reclamante ofrece e incorpora Documental: 1.- Resolución de Multa N°6115/25/73 de fecha 3 de diciembre de 2025. 2.- Correo electrónico de fecha 22 de diciembre de 2025 cuyo asunto es “Informa término de fiscalización N°0601/2025/1890 con multa administrativa”. 3.- Contrato Colectivo de Trabajo de fecha 24 de marzo de 2023 suscrito entre Veolia Soluciones Ambientales Chile S.A. y Sindicato Integrado Suez Medio Ambiente. 4.- 11 Registros de entrega de elementos de protección personal. 5.- Notificación de Inicio de Fiscalización. 6.- Contratos de trabajo de los siguientes trabajadores: (i) Jhon Faundez; (ii) Esteban Cantero; (iii) Osvaldo Canales; (iv) Luis Pinto; (v) Henry Umaña; (vi) Tomás Reyes; (vii) Jesús Saavedr
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece VEOLIA SOLUCIONES AMBIENTALES CHILE S.A., domiciliada para estos efectos en Almarza N°550, comuna y ciudad de Rancagua, quien interpone reclamo judicial en contra de la Resolución de Multa N° 6115/25/73, de fecha 9 de diciembre de 2025, dictada por la INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE RANCAGUA, RUT 61.502.000-1, domiciliada en Alameda N°347, Rancagua, representada legalmente por don Víctor Reinaldo Inostroza Flores, de quien ignora su cédula de identidad. Funda su reclamación, en síntesis, en que en visita inspectiva realizada por el fiscalizador dependiente de la Inspección Provincial del Trabajo de Rancagua, don Rodrigo Eduardo Zamorano Saavedra, se constató la siguiente infracción: No dar cumplimiento al contrato colectivo suscrito con el Sindicato Integrado SUEZ MEDIO AMBIENTE R.S.U. 06010915, vigente a la fecha, referente a la obligación contenida en la cláusula 24 “implemento de trabajo y seguridad", al constatarse que las vestimentas que más adelante se detallan, por la temporada "primavera/verano", a ser entregadas entre los meses de septiembre y octubre de 2025, fueron entregadas entre el 17 de noviembre y el 1° de diciembre de 2025, según el detalle que indica en el libelo. Lo anterior constatado a través de la revisión del instrumento colectivo y de las actas de entrega de elementos de protección personal remitidas por la propia parte empleadora. Por lo anterior, se cursó una multa a su parte por 60 Unidades Tributarias Mensuales, por haberse infringido lo dispuesto en el inciso 2º del art. 326 del CT, en relación con el artículo 506 del Código del Trabajo. Al respecto, sostiene que, de acuerdo con lo pactado en la cláusula 24 del Contrato Colectivo de Trabajo de fecha 24 de marzo de 2023, la empresa debe otorgar a los trabajadores afectos a dicho instrumento la ropa de verano durante los meses de septiembre y octubre de cada año de vigencia de dicho contrato. Sin embargo, por causas que no son imputables a su parte, efectivamente existió un retraso en la entrega de la ropa de verano del año 2025 que se debía proporcionar a los trabajadores, por cuanto ésta fue entregada durante los meses de noviembre y diciembre del referido año, tal como consta en los registros de entrega de elementos de protección personal que se acompañan a esta presentación. El caso es que la fiscalización que dio origen a la sanción contenida en la Resolución se inició el día 1° de diciembre de 2025 y la multa fue cursada el día 3 de diciembre del mismo año, cuando el hecho que dio origen a la multa ya se encontraba subsanado. Dicho de otro modo, al momento en que se cursó la multa ya no había una situación que ser sancionada por parte de la Inspección del Trabajo, pues dicho servicio contaba con todos los antecedentes para determinar que ya no se encontraba en infracción, de manera que era completamente improcedente que se sancionara a su representada. Previas citas legales, y demás consideraciones de hecho y de derecho, que se dan po
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que SE ACOGE, PARCIALMENTE, la reclamación interpuesta por VEOLIA SOLUCIONES AMBIENTALES CHILE S.A. en contra de la INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE RANCAGUA, únicamente en cuanto se rebaja el quantum de la multa en un 50%, esto es, a un total de 30 Unidades Tributarias Mensuales. II.- Que no se condena en costas a ninguna de las partes, por no haber sido ninguna de ellas totalmente vencida. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. Dictada por don SEBASTIAN BRAVO IBARRA, Juez destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, trece de abril de dos mil veintiséis. jvc
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA PROCEDIMIENTO DE RECLAMACION DE MULTA FECHA 13/04/2026. RUC 26-4-0751272-2. RIT I-3-2026. MAGISTRADO SEBASTIAN BRAVO IBARRA. ADMINISTRATIVO DE ACTAS Jorge Valdenegro Cabezas. SALA 5 (Conexión vía Zoom) HORA DE INICIO 08:59 horas. HORA DE TERMINO 09:33 horas. Nº REGISTRO DE AUDIO 2640751272-2-1339. PARTE RECLAMANTE VEOLIA SOLUCIONES AMBIENTALES CH
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