GONZALEZ/H Y H MULTISERVICIOS SPA
Rol
O-346-2025
Fecha
24 de marzo de 2026
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, a folio 1, Yreneo Antonio González Díaz, venezolano, técnico instalador, cédula de identidad Nº26.346.504-0, con domicilio en calle Ricardo Cumming Nº1355 depto. 196, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en tiempo y forma, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 3, 7 y siguientes, 73, 161, 162, 168, 172 y siguientes, 425, 446 y siguientes, 510 y demás pertinentes del Código del Trabajo, interpuso demanda en procedimiento de aplicación general, de declaración de unidad económica, demanda por despido injustificado, demanda por despido con infracción al artículo 162 del Código del Trabajo también llamada nulidad del despido y cobro de indemnizaciones, cotizaciones de seguridad social y prestaciones en contra de su ex–empleador H y H MULTISERVICIOS SPA, empresa del giro servicios, RUT.77.003.786-7, representada legalmente por don NESTOR ALAN HUERTA MORAGUEZ, cédula de Identidad: 8.824.338-2, ambos con domicilio en calle Atacamita Nº156, comuna de Colina y en contra de H y H EXTINTORES SPA, empresa del giro de servicios, RUT. 77.937.818- 7, representada legalmente por don NESTOR ALAN HUERTA MORAGUEZ, cédula de identidad 8.824.338-2, ambos con domicilio en calle Atacamita Nº156, Colina, por constituir esta última, con su ex empleadora, una unidad económica al objeto que se declare en sentencia definitiva, lo siguiente: 1. Que entre las demandadas H y H MULTISERVICIOS SPA y H y H EXTINTORES SPA, ambos ya individualizados, existió y existe una unidad económica, al tenor de lo dispuesto en el artículo 3º del Código del Trabajo; 2. Que, se declare además que el suscrito ha sido víctima de un despido injustificado y/o indebido, además de nulo, y, por ende, se condene a las demandadas en forma solidaria al pago de las indemnizaciones, prestaciones y cotizaciones que se demanda; 3. Que, además, en virtud de que a la fecha de su desvinculación su ex empleadora no se encontraban al día en el pago de las cotizaciones de seguridad social, respecto de los períodos e instituciones que señala, solicita que se declare la nulidad del despido conforme lo dispone el artículo 162, inciso quinto y siguientes del Código del Trabajo, por lo que se deberá junto con ordenar el pago de las cotizaciones adeudadas, ordenar también el pago de sus remuneraciones hasta la convalidación del despido conforme a derecho. 4. Que todas las sumas a que sean condenadas las demandadas se paguen con los reajustes e intereses legales conforme lo disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo y con expresa condena en costas. DE LA RELACION LABORAL Y SUS CIRCUNSTANCIAS. Indica que fue contratado con fecha 01.08.2022 por la empresa H y H multiservicios SPA Rut 77003786-7 como técnico instalador, celebrando el respectivo contrato de trabajo. La jornada laboral convenida era distribuida de lunes a viernes de 8.30 a 13.00 horas y de 14.00 a 18.30 horas, con una hora de colación. Que se estableció en el contrato de trabajo, un sueldo base inferior a
Fallo
Por tanto, en virtud de los hechos expuestos, normas citadas y lo señalado en los artículos 3, 7, 73, 161, 162, 168, 172, y siguientes, 423, 425, 446, 510 y siguientes del Código del Trabajo, pide tener por interpuesta demanda en procedimiento de aplicación general de declaración de unidad económica demanda por despido injustificado, demanda por despido con infracción al artículo 162 del Código del Trabajo también llamada nulidad del despido y cobro de indemnizaciones, cotizaciones de seguridad social y prestaciones en contra de mi ex–empleadora H y H MULTISERVICIOS SPA, empresa del giro servicios, representada legalmente por don NESTOR ALAN HUERTA MORAGUEZ, ambos ya individualizados y en contra de H y H EXTINTORES SPA, representada legalmente por don NESTOR ALAN HUERTA MORAGUEZ, ambos también ya individualizados, por constituir ambos demandados una unidad económica, darle tramitación, declarando en sentencia definitiva, lo siguiente: 1. Que entra las demandadas H y H MULTISERVICIOS SPA y H y H EXTINTORES SPA, ambos ya individualizados, existió y existe una unidad económica, al tenor de lo dispuesto en el artículo 3º del Código del Trabajo; 2. Que, se declare además que el suscrito ha sido víctima de un despido injustificado y/o indebido, además de nulo, y, por ende, se condene a las demandadas en forma solidaria o en la forma que se determine, al pago de las indemnizaciones, prestaciones y cotizaciones ya referidas. 3. Que, además, en virtud de que a la fecha de su desvincu
Texto Completo (Preview)
Colina, veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero: Que, a folio 1, Yreneo Antonio González Díaz, venezolano, técnico instalador, cédula de identidad Nº26.346.504-0, con domicilio en calle Ricardo Cumming Nº1355 depto. 196, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en tiempo y forma, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 3, 7 y siguientes, 73, 161, 162,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica