FLORES/ABARROTES ECONOMICOS LIMITADA
Rol
M-30-2025
Fecha
30 de enero de 2026
Materia
Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1.- Existencia de la relación laboral entre la demandante y demandada 2.- Ultima remuneración laboral de la demandada en la suma de $1.239.299.- VI.- HECHOS CONTROVERTIDOS: 1.- Efectividad de los hechos consignados en la carta de despido indirecto. Antecedentes y circunstancia y cumplimiento de las formalidades legales. Las partes no tiene objeción al punto de prueba. VII.- RECEPCIÓN DE PRUEBA: A.- PARTE DEMANDADA DOCUMENTAL: 1. Anexo de contrato de trabajo suscrito entre la actora y mi representada de 15.10.2024; anexo 14.03.2024; anexo 01.05.2023; contrato 01.05.2023; anexo 01.10.2022; anexo 01.08.2022; anexo 01.04.2022 y contrato 01.11.2020. 2. Carta de despido del actor de fecha 21.10.2025, comprobante de envió por carta certificada y aviso a la Inspección del Trabajo de 10.03.2025. 3. Finiquito del actor de 29.10.2025. 4. Certificado saldo aporte del empleador al seguro de cesantía del actor de 06.10.2025. 5. Formulario Descripción de Puestos versión junio 2020 para Operador de Tienda 6. Presentación del cargo operador de tienda, elaborado por Walmart Chile. 7. Presentación del cargo operador de tienda, generado por Walmart Chile de septiembre de 2021. 8. Presentación nuevas formas de trabajo por acuerdo con sindicato Federación Walmart año 2022. 9. Experiencia Omnicanalidad Pick Up Aumento De Demanda Clientes Digitales Compran Home Delivery B.- PRUEBA DE LA PARTE DEMANDANTE: Documental: 1.- Carta de aviso de despido. 2.- Finiquito de contrato de trabajo. 3.- Liquidaciones de sueldo de los meses de julio, agosto, septiembre y octubre del año 2025. 4.- Acta de conciliación frustrada en Inspección del Trabajo. Testimonial: La parte renuncia a la prueba. VIII.- OBSERVACIONES A LA PRUEBA: Registrada íntegramente en audio, observaciones de la parte demandante y demandada. V.- SENTENCIA: Parte resolutiva: Vistos: Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil; 8°, 9°, 67, 73, 161
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil; 8°, 9°, 67, 73, 161, 162, 420, 456 y 496 al 502 del Código del Trabajo, se declara: I).- Que, HA LUGAR a la demanda y en consecuencia se declara improcedente el despido del trabajador y se ordena el pago de las siguientes prestaciones: 1).- La suma de $4.089.686, por concepto del 30% de recargo de la indemnización años de servicios. 2).- La suma de $1.861.049, por concepto de aporte patronal seguro de cesantía. II).- Que, la cifras anteriores serán reajustadas de conformidad a la ley y devengará los intereses correspondientes. III).- Que, se condena en costas a la demandada por haber sido totalmente vencida, fijando las personales en la suma de $300.000. Ejecutoriada esta sentencia, cúmplase dentro de quinto día. De lo contrario, certifíquese y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional, para, conforme al artículo 462 del Código del Trabajo, iniciar su ejecución. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Notifíquese por correo electrónico a los abogados de las partes acorde lo establecido en la audiencia. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. DIRIGIÓ DOÑA CLAUDIA MELISSA VILLA ESPERGUEL, SECRETARIA INTERINA, SUBROGANDO LEGALMENTE EL JUZGADO DE LETRAS DE TOMÉ . Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición del interviniente.
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO MODO TELEMATICO FECHA 30/01/2026 RUC 25- 4-0735835-2 RIT M-30-2025 MAGISTRADO CLAUDIA VILLA ESPERGUEL ADMINISTRATIVO DE ACTAS DANISSA IBAÑEZ NAVARRETE HORA DE INICIO 10:00 HORAS HORA DE TERMINO 11:00 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2540735835-2-187-260130-00-01-S PARTE RECLAMANTE COMPARECIENTE ELENA FORES VARE
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