ARANEDA/CASAS PREFABRICADAS CHILLÁN SPA
Rol
M-26-2025
Fecha
22 de enero de 2026
Materia
Despido indirecto
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Litigantes. La demandante doña Alejandra Andrea Araneda Rodríguez, trabajadora, domiciliada en Quinchilca sin número Los Lagos, demanda a: CASAS PREFABRICADAS SPA., RUT 77.253.451-5, persona jurídica del giro de su denominación, representada por don LUIS MONSALVE VEGA, sin profesión u oficio conocidos, o por quien haga de tal según el artículo 4 4 del Código del Trabajo. SEGUNDO: Acción de despido indirecto y cobro de prestaciones e indemnizaciones. En este procedimiento monitorio, la demandante plantea su demandada, indicando que tuvo relación laboral desde el 11 de marzo de 2024 hasta el 11 de julio de 2025 cuando se auto despidió. Sus funciones eran de vendedora y conductora, con una remuneración de $772.766, de antigüedad un año de servicio y con estado de cotizaciones pagadas. Señala que hacía venta de casas, atención de clientes en la sucursal, organizaba visitas de terreno y otras labores entre las comunas de Máfil, San José de la Mariquina, Paillaco y Los Lagos, además de sectores rurales. El contrato indica que fue indefinido, con jornada laboral de 45 horas. Indica que la relación de trabajó terminó el 11 de julio de 2025, por despido indirecto fundado en el artículo 171, en relación con el 160 N°7 del Código del trabajo. Cita su carta de comunicación de auto despido íntegramente. Explica que en el contexto del trabajo tuvo que hacer uso de su vehículo particular bajo promesa de que el combustible se le devolvería, lo que ocurrió en forma parcial. La motivación del auto despido la relación con un incumplimiento sistemático de la obligación esencial del contrato en cuanto a pagar el sueldo íntegro, oportuno y completo, pactado para ser pagado el último día hábil de cada mes. Pero, no se cumplió, porque en varias oportunidades el pago se hacía parcial y con retraso en montos menores a los que figuraban en la liquidación de sueldo. Los incumplimientos no solo afectaron su estabilidad económica y de su familia sino también quebrantaron gravemente la confianza depositada. Igualmente menciona que la empresa le descontaba arbitrariamente 20 mil pesos por permisos o licencias médicas so pretexto de que la causal no era válida. Así, por lo anterior, sumado a prácticas abusivas y ambiente hostil, el 11 de julio de 2025 decidió poner fin al trabajo y se auto despidió por los fundamentos ya indicados. Aduce que en todo el período de trabajo se desempeñó lo más profesional posible sin objeción ni amonestación de ningún tipo. Afirma que le adeudan 80 mil pesos por remuneraciones de mayo, junio y diciembre, por cuatro días de permiso, al descontársele sin fundamento legal. Con base en las reglas que cita, y lo que expuso, pide que se acoja su demanda, se declare procedente el despido indirecto y se condene al pago de la indemnización de aviso previo, el por un año de servicio, un recargo de 50% por despido injustificado, y 80 mil pesos por los descuentos de los días de permiso del año 2024, todo con costas. TERCERO: Que e
Fallo
se resuelve que: I.- Se rechaza aplicar los efectos del apercibimiento del artículo 454 n°3 del Código del trabajo solicitado por la demandante. II. Se rechaza la demanda planteada por la demandante doña Alejandra Andrea Araneda Rodríguez en contra de Casas prefabricadas Chillán SPA, en todas y cada una de sus partes. III.- Se exime del pago de costas a la demandante, por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar. Regístrese. Notifíquese a los correos electrónicos de abogados de las partes. Archívese en su oportunidad. ROL M-26-2025 Resolvió, Juez del Juzgado de Letras de Los Lagos, que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada al pie de esta resolución.
Texto Completo (Preview)
Los Lagos, veintidós de enero de dos mil veintiséis. VISTOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Litigantes. La demandante doña Alejandra Andrea Araneda Rodríguez, trabajadora, domiciliada en Quinchilca sin número Los Lagos, demanda a: CASAS PREFABRICADAS SPA., RUT 77.253.451-5, persona jurídica del giro de su denominación, representada por don LUIS MONSALVE VEGA, sin profesión u oficio conocidos, o por quien
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