JARA/ROBERT ARRIAGADA TOLOZA SERVICIOS INDUSTRIALES E.I.R.L
Rol
O-21-2023
Fecha
31 de diciembre de 2025
Materia
Despido injustificado, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
hechos acudieron a la inspección del trabajo en primera instancia realizando denuncia, reclamos sin que su empleador se haya presentado o dado algún tipo de respuesta, en su condición no pueden hacer uso de seguro de cesantía, se encuentran a la deriva y sin el apoyo de la empresa mandante CMPC Pulp, en donde han prestado servicios por más de 10 años. Por último, quieren señalar que su empleador durante toda la relación laboral los mantuvo en una inestabilidad laboral ya que les realizaba contratos de trabajos a plazo fijo en forma continua por lo cual a todos los demandantes además se les adeudan los años de servicios ya que como lo establece la normativa laboral estos se han transformado en un contrato de carácter indefinido y por tanto, se les deben cancelar las indemnizaciones que nuestro legislador establece al respecto. En cuanto al término de la relación laboral los demandantes vienen en señalar que su empleador con fecha 31 de agosto del 2023, por tanto, se han dirigido a V.S., a fin de que conociendo de los
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 2, con fecha 3 de octubre de 2023, comparece don ALVARO VALENTIN SANCHEZ ROJAS, abogado, con domicilio en Los Pinos 361, Chillancito, Curanilahue, en representación de don Abiel Abner Gutiérrez Toloza, RUT: 20.324.008-2, con domicilio en Rene Hemmelmann 150, Villa Italia, Nacimiento; de don Adolfo Roa Arévalo, RUT:8.945.016-0, con domicilio en Padre Enríquez Nª1430. Las Lomas dos, Nacimiento; de don Daniel Matías Garrido Garrido, RUT: 17.591.671-7, con domicilio en camino Nacimiento kilometro nueve, sector Coyanco, Nacimiento; de don Jorge Proboste Venegas, RUT: 12.982.145-0, con domicilio en Jorge Montt No 722. Nacimiento; de don Marcos Andrés Arriagada Toloza, RUT: 15.212.295-6 con domicilio en Los Acacios 342, El Pinar, Nacimiento y don Mauricio Alejandro Jara Melgarejo, RUT: 18.557.016-9, con domicilio Los Malios N° 1359, Mulchén, e interpuso demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado, cobro de prestaciones e indemnizaciones, y nulidad del despido, en virtud de lo establecido en el artículo 423 y siguientes del Código del Trabajo, en contra de su ex empleador Servicios Industriales E.I.R.L.- RUT: 76.098.615-1, representada legalmente por don Robert Vladimir Arriagada Toloza, o quien haga las veces de tal según lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo, ambos para este efecto con domicilio en Rubén Darío 598, Nacimiento, y como demandada solidaria o subsidiaria según se acredite durante las secuelas del juicio a la empresa CMPC. PUPL S.P.A. o quien haga las veces de tal según lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo, ambos para este efecto con domicilio en domicilio Av. Las Industrias, Pedro Stark N° 100, comuna de Los Ángeles, de conformidad a las siguientes consideraciones de hecho y fundamentos de derecho que expuso: I.- DE LOS FUNDAMENTOS DE HECHO: Inicio de la relación laboral, funciones y lugar de prestación de los servicios: 1.- Abiel Abner Gutiérrez Toloza: comenzó a prestar servicio para la demandada con fecha 11 de octubre del 2019, como Maestro Mecánico, prestando servicios al momento del despido en dependencia de la mandante en CMPC Pulp. 2.- Adolfo Roa Arévalo: comenzó a prestar servicio para la demandada con fecha 01 de enero del 2010, como Maestro Mecánico, prestando servicios del despido en dependencia de la mandante en CMPC Pulp. 3.- Daniel Matías Garrido Garrido: comenzó a prestar servicio para la demandada con fecha 01 de enero del 2017, como Prevencionista de Riesgo, del despido en dependencia de la mandante en CMPC Pulp. 4.- Jorge Proboste Venegas: comenzó a prestar servicio para la demandada con fecha 01 de agosto del 2010, como Supervisor Mecánico. del despido en dependencia de la mandante en CMPC Pulp. 5.- Marcos Andrés Arriagada Toloza: comenzó a prestar servicio para la demandada con fecha 01 de agosto del 2012, como Supervisor Mecánico. del despido en dependencia de la mandante en CMPC Pulp. 6.- Mauricio Alejandro Jara Melgarejo
Fallo
por tanto, se les deben cancelar las indemnizaciones que nuestro legislador establece al respecto. En cuanto al término de la relación laboral los demandantes vienen en señalar que su empleador con fecha 31 de agosto del 2023, por tanto, se han dirigido a V.S., a fin de que conociendo de los fundamentos de hecho y derechos condene a las demandas al pago de sus derechos laborales irrenunciables vulnerados, todo lo que se acreditara latamente en juicio. D) DE LAS SUMAS DEMANDADAS: Señala que, en consecuencia, con el mérito de lo expuesto en los apartados anteriores, y en virtud de los diversos incumplimientos por parte del empleador los demandantes vienen en solicitar a V.S., se condene a la demandada ha declarar las sumas incumplida por la demandada por los siguientes conceptos: 1.- Remuneraciones impagas conforme al siguiente detalle: En este punto señala que el empleador debe a cada uno de los demandados las remuneraciones del mes de agosto, equivalente a las siguientes sumas: 1.- Abiel Abner Gutiérrez Toloza: S 750.000.- 2.- Adolfo Roa Arévalo: $ 780.000.- 3.- Daniel Matías Garrido Garrido:1.400.000.- 4.- Jorge Proboste Venegas: 1.580.000.- 5.- Marcos Andrés Arriagada Toloza: 1.450.000.- 6.- Mauricio Alejandro Jara Melgarejo: 1.400.000.- O las sumas mayores o inferiores que S.S., determine según el mérito de los autos 2.- Por Concepto del mes de aviso previo: 1.- Abiel Abner Gutiérrez Toloza: S 750.000.- 2.- Adolfo Roa Arévalo: $ 780.000.- 3.- Daniel Matías Garrido Garrido
Texto Completo (Preview)
Nacimiento, 31 de diciembre de 2025 VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 2, con fecha 3 de octubre de 2023, comparece don ALVARO VALENTIN SANCHEZ ROJAS, abogado, con domicilio en Los Pinos 361, Chillancito, Curanilahue, en representación de don Abiel Abner Gutiérrez Toloza, RUT: 20.324.008-2, con domicilio en Rene Hemmelmann 150, Villa Italia, Nacimiento; de don Adolfo Roa Arévalo, RUT
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