Juzgado de Familia San Antonio

WEBER/WEBER

Rol

C-667-2025

Fecha

26 de enero de 2026

Materia

ALIMENTOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que doña Damaris Alexandra Weber León, cedula nacional de identidad N° 24.930.076-4, soltera, estudiante universitaria, con domicilio en Olegario Henríquez N 1235, Pje1, Depto. 5, comuna de San Antonio, viene en deducir demanda de alimentos en contra de don Franz Wilhelm Weber Muñoz, cedula nacional de identidad N° 15.771.614-K, divorciado, empresario, domiciliado en Pablo Gacitúa esquina Peñagris N° 0860, comuna De El Quisco. Funda su pretensión en que sus padres contrajeron matrimonio en el año 2010, formando así el núcleo familiar que la acogería. Posteriormente, cuando contaba con apenas cinco años de edad, ambos decidieron adoptarla de manera conjunta, integrándola formalmente a su familia, en la que creció y se desarrolló junto a su hermana menor. Con el transcurso del tiempo, lamentablemente, la convivencia matrimonial de sus padres se tornó insostenible, viéndose afectados gravemente tanto la armonía familiar como su estabilidad emocional. Estos hechos, cuya extensión y detalles se reserva por tratarse de asuntos particularmente dolorosos y sensibles, derivaron finalmente en la disolución de la vida en común de sus padres. Como consecuencia de dicho quiebre, se inició un proceso judicial destinado a resolver el cuidado personal respecto de su persona, procedimiento que culminó con una sentencia firme y ejecutoriada que determinó que quedara bajo el cuidado personal de su madre, doña Dania León, con quien ha permanecido desde entonces. Esta situación marcó profundamente su historia personal y familiar, configurando el contexto en que actualmente se encuentra, el que estima relevante para los efectos del presente procedimiento. En la actualidad, luego de haber debido postergar sus estudios superiores por la ausencia de apoyo económico suficiente, ha decidido retomar su formación académica e ingresar a la universidad, tal como consta en el certificado que se acompaña a esta presentación. Esta decisión obedece a su legíti

Fundamentos

Considerando los elevados costos que supone cursar una carrera universitaria tales como matrícula, aranceles, compra de libros, materiales de estudio, transporte y otros gastos imprescindibles, se dirige a su padre demandado, con el fin de solicitarle un apoyo económico que contribuyera a solventar parte de dichos gastos. Lamentablemente, su petición no solo no prosperó, sino que incluso generó molestia de su parte, terminando en una discusión, sin que hasta la fecha haya existido ofrecimiento ni entrega de ayuda alguna. Código: LPRXBSBUUCF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por su parte, la capacidad económica de su madre, doña Dania León, es limitada, toda vez que debe destinar parte importante de sus ingresos al pago de pensión de alimentos correspondiente a su hermana menor, lo que dificulta aún más que pueda asumir íntegramente los gastos derivados de sus estudios universitarios y mantención. Lamentablemente, su padre, se ha negado reiteradamente a brindarle apoyo económico, llegando incluso a expresarle ofensas graves, tratándole de “paria” y amenazando con iniciar gestiones para privarle de su apellido en caso de que decidiera recurrir a la justicia para exigir el cumplimiento de su obligación alimenticia. Estas expresiones, además de ser profundamente hirientes, evidencian una actitud de absoluto desinterés frente a sus legítimas necesidades y derechos. Por otra parte, es un hecho evidente que las facultades económicas del demandado son ampliamente favorables, encontrándose en condiciones objetivas de contribuir a cubrir sus necesidades actuales, las cuales han aumentado considerablemente producto del inicio de sus estudios universitarios y los gastos que ello conlleva. Resulta,

Fallo

por tanto, plenamente razonable y ajustado a derecho que el demandado colabore económicamente para garantizar el adecuado desarrollo de su proyecto educativo y de vida. En cuanto a sus necesidades los gastos actuales de alimentación, educación y recreación de la misma se desglosa de la siguiente forma: Código: LPRXBSBUUCF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En cuanto, a las situaciones imprevistas, que según el mandato de la ley deben ser cubiertos por ambos padres, es que solicita ordene a que el alimentante costee lo equivalente al 50% de los gastos extraordinarios. 9. Por tanto, teniendo en cuenta lo relatado en los acápites anteriores, se ve en la necesidad de demandar a su padre de alimentos, por 6,497007 Unidades Tributarias Mensuales, el cual asciende a un monto actual de $ 446.000 mensuales, como alimentos definitivos, o lo que el tribunal determine en derecho fijar. Finaliza solicitando, previas citas legales, fijar una pensión de alimentos, por la suma de 6,497006 Unidades Tributarias Mensuales, el cual asciende a un monto actual de $ 446.000 mensuales pagaderos los primeros cinco días de cada mes o lo que el tribunal, determine en derecho fijar. SEGUNDO: Que el demandado contesta la acción deducida en su contra señalando que efectivamente adoptó a la demandante de actuales 20 años, en el año 2015. La demandante vive en casa de su madre quien la ayuda económicamente, además de tener ingresos prop

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RIT: C 667 2025 RUC: 25- 2-5641488-3 San Antonio, veintiséis de enero de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que doña Damaris Alexandra Weber León, cedula nacional de identidad N° 24.930.076-4, soltera, estudiante universitaria, con domicilio en Olegario Henríquez N 1235, Pje1, Depto. 5, comuna de San Antonio, viene en deducir demanda de alimentos en contra de don Franz Wilhe

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