Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán

CARTES CON MORAL

Rol

O-184-2025

Fecha

30 de diciembre de 2025

Materia

Despido injustificado, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos concretos ni

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que, comparece don MAURICIO ESTEBAN CARTES CHAPARRO, Ingeniero de Ejecución en Telecomunicaciones, con domicilio para estos efectos en calle Membrillar, Nº660-B, comuna de Penco, Región del Biobío, quien deduce demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado, indebido o improcedente y cobro de prestaciones, en contra de su ex empleadora AUTOMÁTICA Y REGULACIÓN S.A., representada legalmente por doña Inés Iturra Barrueto, gerenta de finanzas, ambos domiciliados en calle Condell N° 1735, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana Solicita que se declare que el término de la relación laboral ocurrido el 27 de marzo de 2025 careció de justificación legal, y que, en consecuencia, se condene a la demandada al pago de las indemnizaciones y prestaciones que señala, con intereses, reajustes y costas. Expone que el actor inició su relación laboral con la demandada el 24 de marzo de 2014, bajo vínculo de subordinación y dependencia, mediante contrato de trabajo de carácter indefinido, manteniéndose vigente hasta el 27 de marzo de 2025; que se desempeñó como Jefe Técnico Servicio Mantenimiento Chillán, prestando servicios de forma continua y exclusiva para la empresa en la ciudad de Chillán, sujeto a una jornada de 44 horas semanales, recibiendo instrucciones directas de su empleadora. Agrega que su remuneración mensual ascendía a la suma de $2.941.630.-, con pago regular de cotizaciones previsionales y de salud, circunstancias que fueron reconocidas por la demandada en el finiquito suscrito con posterioridad al término de la relación laboral. Expresa que el 27 de marzo pasado, mientras se encontraba desempeñando normalmente sus funciones, la demandada le comunicó el término de su contrato de trabajo, invocando como única causal la prevista en el artículo 161 N°1 del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa; añadiendo que la carta de despido no cumplió con las exigencias del artículo 162 del Código del Trabajo, por cuanto se limitó a invocar genéricamente la causal, sin detallar hechos concretos ni fundamentos fácticos que permitieran comprender la decisión adoptada, estimando que ello basta para calificar el despido como ilegal e injustificado. Afirma, además, que no existía en la empresa una situación económica, financiera o técnica grave, ajena e imprevisible que hiciera necesaria su desvinculación, destacando que la demandada mantenía diversos contratos comerciales vigentes y que, incluso con posterioridad al término del contrato que la empresa mantenía con la Municipalidad de Chillán en octubre de 2024, continuó prestando servicios con normalidad, asumiendo nuevas funciones y coordinaciones en distintas ciudades del país. Refiere que con fecha 10 de abril de 2025 suscribió finiquito ante notario junto a la demandada, el cual fue firmado con expresa reserva de derechos, manteniendo incólume su facultad de accionar judicialmente. Termina solicitando, previas citas legales y referencias jurispru

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don MAURICIO ESTEBAN CARTES CHAPARRO, en contra de su ex empleador, AUTOMÁTICA Y REGULACIÓN S.A, ambos ya individualizads. En consecuencia, el despido del que fue objeto el demandante, es improcedente. II.- Que, en consecuencia, la demandada deber pagar al actor: a) Recargo legal del 30 % establecido en el artículo 168 letra a) del Código del Trabajo por la suma de $9.707.379.- b) Devolución de descuento aporte de cesantía, por la suma de $3.810.125.- III.- Que las sumas ordenadas pagar mediante la presente resolución deberán serlo, con los reajustes e intereses que establecen el art 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. IV.- Ejecutoriada la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 462 del Código del Trabajo. V.- Que habiendo resultado totalmente vencida, se condena a la demandada al pago de las costas, las que se regulan en $500.000.- Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: O-184-2025 RUC: 25- 4-0665205-2 Dictada por doña Vilma Valentina Aravena Abarzúa, Jueza destinada del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán quien suscribe con firma electrónica avanzada.

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán PROCEDIMIENTO: Ordinario DEMANDANTE: MAURICIO ESTEBAN CARTES CHAPARRO DEMANDADO: AUTOMÁTICA Y REGULACIÓN S.A RIT: O-184-2025 RUC: 25- 4-0665205-2 ________________________________________/ Chillán, FECHAFIRMA. Vistos, oídos y considerando: PRIMERO: Que, comparece don MAURICIO ESTEBAN CARTES CHAPARRO, Ingeniero de Ejecución en Telecomunicaciones, con domicil

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