1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ROE/CORPORACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL

Rol

T-58-2025

Fecha

22 de diciembre de 2025

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Feriado legal, Indemnización convenciona

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 17 de diciembre de 2025 se conoció del juicio citada en la causa RIT T–58-2025, caratulado “ROE con CORPORACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL”, para conocer de la denuncia deducida por don SEBASTIÁN OSVALDO TROYA GONZÁLEZ, chileno, abogado, Cédula Nacional de Identidad Nº 15.057.221-5, en representación de GUSTAVO ADOLFO ANTONIO ROE MARTINEZ, chileno, Cédula Nacional de Identidad Nº. 15.897.969-1, de su domicilio, e interpone demanda en procedimiento de aplicación general por tutela de derechos fundamentales (art. 2 letra B) del Código del Trabajo, en relación a los artículos 1 y N° 1 del artículo 19 de la Constitución Política del Estado), en contra de CORPORACION ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL, RUT 60.301.001-9, giro de su denominación, representada legalmente entonces por RICARDO LUIS GUZMAN SANZA, con domicilio en Mario Alvo 1460, Santiago, conforme a la relación circunstanciada de los hechos y al amparo de las normas de derecho que los sustentan, según expone. A la audiencia comparece el denunciante, asistido por su apoderado judicial; y, el abogado de la denunciada- SEGUNDO: Que, a través de la denuncia deducida en contra de la CORPORACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL, se solicita que: (1) Al poner término anticipadamente la suplencia anual que se encontraba realizando, se ha infringido el derecho constitucional consagrado en el art. 19 nº1, referente al respeto y protección a la honra de las personas, de la Constitución Política de la República en relación al art. 485 del Código del Trabajo, pidiendo que ello sea declarado; (2) Que la tutela y afectación del derecho a la integridad física y psíquica, en relación con actos de acoso laboral y/o sexual es con ocasión del término de los servicios; y, (3) Que se condene a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a) Indemnización adicional correspondiente a 11 meses de la última remuneración mensual, o el recargo que SS. estime de justicia regular, conforme al artículo 489 inciso tercero del Código del Trabajo, ascendente a $16.495.325.- o la que el Tribunal determine; b) Indemnización por daño moral: $20.000.000.-; c) Lucro Cesante por la suma de $3.149.108.-; d) Compensación de feriados por las anualidades diciembre 2021 a diciembre 2024 siendo un total de 45 días hábiles, que en total suman 63 días corridos, por un monto de: $3.149.108.- ; e) Más intereses y reajustes en conformidad al artículo 63 y 173 del Código del Trabajo; y, f) Costas de la causa. El demandante expresa que ingresó a prestar servicios el 1 de marzo de 2018 en la Corporación Administrativa del Poder Judicial, inicialmente bajo la modalidad de funcionario a contrata anual, para luego pasar a ser funcionario judicial a contrata suplente anual. Expresa que existió un incumplimiento de funciones, puesto que a pesar de que su labor estaba vinculada a estadísticas, se le exigía constantemente cubrir atención a público, aumentando su carga laboral y

Fallo

Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 8, 9, 10, 67, 73, 446 y siguientes, 456, 457, 458 y 459, del Código del Trabajo, Código Orgánico de Tribunales, Ley de Bases Generales de la Administración del Estado, se DECLARA: I.- Que se acoge la excepción de incompetencia absoluta deducida, en relación a la indemnización por lucro cesante y compensación por feriado no utilizado; II.- Que, se acoge la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por la demandada Corporación Administrativa Del Poder Judicial; y, III.- Que no se condena en costas, por haber tenido motivo plausible para litigar; Regístrese, notifíquese por correo electrónico, y archívese, en su oportunidad. RIT : T-58-2025 RUC : 25- 4-0636368-9 Pronunciada por doña LUZ ADRIANA CELEDON BULNES, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veintidós de diciembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veinticinco. CON LO OÍDO, VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 17 de diciembre de 2025 se conoció del juicio citada en la causa RIT T–58-2025, caratulado “ROE con CORPORACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL”, para conocer de la denuncia deducida por don SEBASTIÁN OSVALDO TROYA GONZÁLEZ, chileno, ab

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