Juzgado de Letras y Garantía de Chaitén

ALARCÓN/SAN FELIPE S.A. EN PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE LIQUIDACIÓN

Rol

O-28-2024

Fecha

5 de diciembre de 2025

Materia

Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos aprobar los siguientes: 1)la existencia de la relación laboral entre el actor y el demandado, la fecha de inicio, cláusulas contractuales y modificaciones; 2) las circunstancias que rodearon término la prestación de servicio, la forma en la que se efectúa el cumplimiento de formalidades legales; 3)Monto de la remuneración pactada, rubros que las componen efectivamente percibidas por el demandante para los efectos del artículo 172 del código del trabajo; 4) efectividad que el demandante es la deuda remuneración correspondientes a los meses de diciembre del año 2023, enero, febrero, marzo de 2024 y 16 días del año 2024, días y montos adeudados; 5) efectividad de adeudarse al trabajador feriado proporcional, días y montos adeudados. CUARTO: Que, en la audiencia de juicio del día de hoy la parte demandante incorporó la prueba que consta efectivamente en este registro de audio y que, en síntesis, se acompañó al tribunal la resolución de liquidación de la empresa principal de fecha 16 de abril del 2024. Asimismo, se incorporó el contrato de trabajo del demandante el cual señala efectivamente que fue firmado en Futaleufú con fecha 6 de julio del 2020 entre el demandante y la empresa demandada. Efectivamente en la cláusula primera que realizara las funciones de Chofer y en lo pertinente efectivamente, señala también que respecto de la naturaleza del contrato señalan de que éste tendría efecto hasta el 31 de julio del año 2020, y en perjuicio del anterior, si bien no se acompañan los anexos o contratos de trabajo posteriores a esta fecha, al haberse hecho efectivo el apercibimiento del artículo 454 N°3 del código del trabajo, en cuanto no compareció a absolver posiciones el liquidador concursal don Francisco Cuadrado Sepúlveda y, además,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: que compareció en esta causa don Marcelo Daniel  Alarcón  Neguiman, cédula de identidad número 13.818.936-8, individualizado en la esta causa, quien viene a demandar en procedimiento aplicación general por cobro de prestaciones laborales, en contra de constructora San Felipe S.A., representada en estos autos por el liquidador concursal don Francisco Cuadrado Sepúlveda, todos individualizados en la demanda, quien señala en síntesis, 1) que el demandante habría iniciado a prestar servicios bajo vinculo de subordinación y dependencia con fecha 6 de julio del año 2020, que sus servicios se presentaron en calidad de chofer para la Constructora San Felipe S.A, de forma permanente en este tiempo y que habría estado en la obra Conservación Global Mixto, en el sector de Palena. Da cuenta de la remuneración que ésta ascendería a la suma de $1.826.404 pesos, para el efecto del artículo 172 del Código del Trabajo, su jornada de trabajo y la naturaleza del contrato que sería de forma indefinida. Da cuenta como término de la relación laboral que con fecha 16 de abril de 2024, se habría dictado por el 20° juzgado civil de Santiago, resolución de liquidación concursal respecto de la constructora San Felipe lo que daría término a la relación laboral conforme al artículo 163 bis del código del trabajo y señalando que no se le habría hecho ninguna comunicación a el trabajador. Da cuenta de que se le adeudaría las prestaciones de remuneraciones de los meses de diciembre a abril del año 2024, y en definitiva solicita al tribunal se acoja la demanda y se declare la existencia de relación laboral entre el demandante y constructora San Felipe desde el 6 de julio del año 2020 al 16 de abril del año 2024 ambas fechas, inclusive. 2) Que la relación laboral terminó con fecha 16 de abril de 2024 conforme al artículo 163 bis del código del trabajo por haberse dictado resolución de liquidación concursal de Constructora San Felipe o la fecha que su Señoría determine conforme al mérito de autos. 3)Que la última remuneración del trabajador ascendería a un $1.826.404 pesos para efectos de lo dispuesto al artículo 172 del código del trabajo. 4) Que se condene a la demandada principal al pago de las siguientes prestaciones; la suma de $1.826.404 pesos por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo, $7.305.616 pesos por indemnización por años de servicio, $1.826.404 pesos por concepto de remuneración de del mes de diciembre de 2023, $1.826.404 pesos por concepto de remuneración del mes de enero de 2024, $1.826.404 pesos por concepto de remuneración del mes de febrero de 2024, $1.826.404 pesos por concepto de remuneración del mes de marzo de 2024, y $974.082 pesos por remuneración del mes de abril del año 2024. Además, solicita el pago de los feriados legales correspondientes a los periodos del año 2021, 2023 que corresponderían a 42 días por la suma de $2.556.965 pesos, $1.217.602 pesos por el periodo entre julio 2023 a abril de 2024 correspondiendo

Fallo

se declara: 1°. Que, se acoge la demanda interpuesta por don Marcelo Daniel Alarcón Neguiman, cédula de identidad número 13.818.936-8, ya individualizado en esta causa estimándose que entre las partes él y constructoras san Felipe S.A., existió una relación laboral desde el día 6 de julio del 2020 hasta el día 16 de abril del 2024. 2°. Que, esta relación laboral terminó con fecha 16 de abril del año 2024 por resolución de liquidación concursal de la empresa constructora San Felipe S.A en la fecha indicada. 3°. Que, la última remuneración del trabajador asciende a la suma de $ 1 .826.404 pesos, suma que se tendrá como base de cálculo para lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo. En consecuencia, se condena a la demandada a las siguientes prestaciones; - $1.826.404, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. - $7.305.616, por concepto de indemnización por año de servicio. - $1.826.404, por concepto de remuneración del mes de diciembre 2023. - $1.826.404, por concepto de remuneración del mes de enero de 2024. - $1.826.404, por concepto de remuneración del mes de febrero de 2024. - $1.826.404, por concepto de remuneración del mes de marzo de 2024. - $974.082, por concepto de remuneración del mes de abril de 2024. - $2.556.965, por concepto de feriado legal correspondiente al periodo julio de 2021 a julio de 2023 correspondiendo a 42 días. - $1.217.600, por feriado proporcional correspondiente al periodo julio 2023 a abril 2024. 4°. Que, la sum

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ACTA DE AUDIENCIA JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 03/12/2025 RUC 24-4-0589657-1 RIT O-28-2024 MAGISTRADO Rode Reyes Reumay ADMINISTRATIVO DE ACTAS Claudia Neira Santana HORA DE INICIO 10:12 HORA DE TERMINO 10:42 Nº REGISTRO DE AUDIO 24-4-0589657-1-245 PARTE DEMANDANTE Marcelo Daniel Alarcón Neguiman, RUT 13.818.936-5 ABOGADO Jennifer Soledad Peña Huaiquiñir FORMA DE NOTIF

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