1º Juzgado Civil de Talcahuano

SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA/ABURTO Y ABURTO LIMITADA

Rol

C-738-2026

Fecha

26 de mayo de 2026

Materia

PESCA Y ACUICULTURA, INFRACCIONES A LA LEY DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En folio 1 compareció doña Romina Andrea Seguel Vega, inspectora del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, oficina Talcahuano, domiciliada para estos efectos en Avenida Alto Horno N° 515, comuna de Talcahuano, quien formuló denuncia en contra de la empresa ABURTO Y ABURTO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por don Ricardo Antonio Aburto Muñoz, ambos domiciliados en calle Pedro Montt N° 643, comuna de Talcahuano, por haber incurrido en una transgresión a la normativa pesquera vigente, específicamente por realizar actividades pesqueras de transformación de recursos hidrobiológicos sin contar con la debida inscripción en el registro que al efecto lleva el Servicio, infringiendo con ello los artículos 65 y 114 A de la Ley General de Pesca y Acuicultura. Relató que el día 10 de marzo de 2026 se realizó una fiscalización en el establecimiento de la denunciada, ubicado en el domicilio antes señalado, constatándose que en el lugar se encontraban almacenados recursos hidrobiológicos consistentes en 5.000 kilogramos de salmón atlántico y 1.000 kilogramos de desecho en bloque, todos en estado congelado. Expuso que, al requerir la documentación de la planta, se verificó que la empresa no se encontraba inscrita como titular de planta transformadora en el Registro de Plantas a cargo del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, procediéndose a la incautación de la totalidad de los productos por constituir una infracción a la obligación de acreditación de origen legal y registro de actividad. Finalmente, y previas citas legales, solicitó expresamente a su señoría tener por formulada la denuncia, acogerla a tramitación y, en definitiva, condenar a la denunciada "al máximo de las multas establecidas en el artículo 114 A de la Ley General de Pesca y Acuicultura, esto es, la suma de 100 Unidades Tributarias Mensuales (UTM)", con la expresa condenación en costas. Con fecha 24 de marzo de 2026, a folio 2, se dio curso a la demanda y se

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°. En folio 1 compareció Romina Andrea Seguel Vega, inspectora del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, oficina Talcahuano, domiciliada para estos efectos en Avenida Alto Horno N° 515, comuna de Talcahuano, quien formuló denuncia en contra de la empresa ABURTO Y ABURTO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por don Ricardo Antonio Aburto Muñoz, ambos domiciliados en calle Pedro Montt N° 643, comuna de Talcahuano, por haber incurrido en una Código: YQPKCXEYTHL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 transgresión a la normativa pesquera vigente, conforme lo señalado en lo expositivo d esta sentencia. 2°. Previa notificación de rigor, el denunciado compareció a folio 14 a la audiencia indagatoria, oportunidad en la que señaló lo referido en lo expositivo de esta sentencia. 3°. A folio 24, dada la circunstancia de que el denunciado no contradijo de materia substancial los hechos en que se funda la denuncia, allanándose a ella tal como consta a folio 3, no se recibió la causa a prueba y se citó a las partes a oír sentencia. 4°. Sin perjuicio de lo anterior, para fundar su acción, la parte denunciante acompañó los documentos que constan a folio 1, consistentes en: 1. Citación y Notificación y Acta de Incautación N° 0113041. 2. Certificado de vigencia de ABURTO Y ABURTO LIMITADA, obtenido del Registro de Empresas y Sociedades, con fecha 18 de marzo de 2026. 3. Certificado de estatuto actualizado de ABURTO Y ABURTO LIMITADA, obtenido del Registro de Empresas y Sociedades, con fecha 18 de marzo de 2026. 4. Certificado de anotaciones de ABURTO Y ABURTO LIMITADA, obtenido del Registro de Empresas y Sociedades, con fecha 18 de marzo de 2026. 5. Acta de sello, folio N° 0010053, de fecha 10 de marzo de 2026, que da cuenta que se procedió a sellar la cámara de congelado de ABURTO Y ABURTO LIMITADA, ubicada en Pedro Montt N° 643, comuna de Talcahuano, con 6000 kilogramos de productos derivados de salmón en su interior. 6. Set de 5 fotografías que dan cuenta del procedimiento de fiscalización que da origen a esta denuncia, todas de fecha 10 de marzo de 2026. 7. Certificado de fecha 18 de marzo de 2026, de la Directora Regional del Biobío del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, doña Ana María Fernández Faletto, que certifica que ABURTO Y ABURTO LIMITADA no se encuentra inscrita como titular en el registro respectivo. 8. Decreto Supremo N° 65 de 2020, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que establece el reglamento de la inscripción en el registro de personas que realizan actividades pesqueras de transformación y de comercializadores de recursos hidrobiológicos y productos derivados. 5°. La parte denunciada, allegó al proceso la siguiente prueba documental: Código: YQPKCXEYTHL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 1.- Certificado de Emergencia del

Fallo

Por tanto, tribunal debe proceder a la liquidación respectiva para el cobro de la sanción y la devolución de los excedentes una vez ejecutoriada la sentencia. III. Que no se condena en costas a la denunciada. Notifíquese, ofíciese y archívese. Rol C-738-2026 Dictada por Leonardo A. Llanos Lagos, juez titular. Código: YQPKCXEYTHL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Talcahuano, veintis is de mayo de dos mil veintis isé é Código: YQPKCXEYTHL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2026-05-26T10:50:54-0400

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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : C-738-2026 CARATULADO : SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA/ABURTO Y ABURTO LIMITADA Talcahuano, veintis is de mayo de dos mil veintis isé é VISTOS: En folio 1 compareció doña Romina Andrea Seguel Vega, inspectora del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, oficina Talcahuano, domiciliada para estos

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