1º Juzgado de Letras de Iquique

MEDINA/

Rol

V-3-2026

Fecha

24 de abril de 2026

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña NAXUMI SCARLET MEDINA CUELLAR, estudiante universitaria, con domicilio en Arturo Fernández Nº 769, Iquique; quien solicita autorización para cambiar su primer apellido MEDINA a HANSHING, por los motivos que explica, y en definitiva se disponga entonces las modificaciones e inscripciones legales, ya que ha sido conocida por más de cinco años con el primer apellido HANSHING, quedando en definitiva su nombre como NAXUMI SCARLET HANSHING CUELLAR; y, como consecuencia de lo anterior, se rectifique la partida de nacimiento de su hija Alice Isidora Medina Aguirre, quedando en definitiva como Alice Isidora Hanshing Aguirre. SEGUNDO: Que, para acreditar los fundamentos de su petición, la solicitante acompañó: 1) certificado de nacimiento de Naxumi Scarlet Medina Cuellar; 2) certificado de nacimiento de Jhoan Davis Hanshing Cuellar; 3) certificado de nacimiento de Aylin Anaís Hanshing Cuellar, 4) Certificado de nacimiento de Alice Isidora Medina Aguirre, 5) captura de pantalla del perfil de Naxumi Scarlet Hanshing Cuellar en la red social Facebook; 6) captura de pantalla del perfil de Naxumi Scarlet Hanshing Cuellar en la red social Instagram; 7) se rindió información sumaria de testigos el 24 de febrero de 2026, a folio 15. TERCERO: Que, a folio 22 se certificó la publicación exigida en la Ley Nº 17.344, la que fue efectuada el 16 de marzo de 2026 (folio 22). Consta que, a folio 14 se cumplió lo ordenado en el artículo 2º inciso 7º de la Ley Nº 17.344, informando el Servicio de Registro Civil e Identificación mediante Código: UPDXCDVZTSW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl el oficio Nº 486, acompañando copia de extracto de filiación y antecedentes de doña Naxumi Scarlet Medina Cuellar. Asimismo, a folio 7 consta el Ordinario Nº 16 de la Policía de Investigaciones de Chile, que informa que la solicitante no registra antecedentes policiales ni tampoco encargos judiciales vigentes en su contra; a folio 12 consta el oficio Nº 692 de Carabineros de Chile, en el que se informa que la solicitante no mantiene órdenes de aprehensión pendientes ni medidas cautelares personales, solo registra infracciones de tránsito; y, a folio 13 consta el oficio FR/FR/OF- 25/2026 de la Fiscalía Regional de Tarapacá, que informa que la solicitante no mantiene registros en dicha institución. CUARTO: Que, con los elementos probatorios referidos, se tendrá por establecido que la solicitante ha sido conocida durante más de cinco años, por motivos plausibles, con el primer apellido HANSHING, por lo que se acogerá la solicitud interpuesta. Y visto, además, lo dispuesto en la Ley 17.344, artículos 7 y 18 de la Ley sobre Registro Civil, y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil;

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, SE ACOGE la solicitud de folio 1, autorizándose a la solicitante a cambiar su primer apellido MEDINA por HANSHING; y, en consecuencia, se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificación, rectificar la inscripción de nacimiento Nº 68 del año 2002 de la oficina del Registro Civil e Identificación de Tocopilla, en el sentido de cambiar su primer apellido MEDINA por HANSHING, debiendo la solicitante ser identificada en definitiva como NAXUMI SCARLET HANSHING CUELLAR. II.- Que, como consecuencia de lo anterior, se ordena rectificar la inscripción de nacimiento de su hija ALICE ISIDORA MEDINA AGUIRRE, Nº 3.158 del año 2023 de la oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación de Iquique, en el sentido de cambiar el apellido MEDINA por HANSHING, quedando en definitiva la niña como ALICE ISIDORA HANSHING AGUIRRE, y modificar el Código: UPDXCDVZTSW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl rubro correspondiente a la madre, en el sentido de cambiar a doña Naxumi Scarlet Medina Cuellar por doña Naxumi Scarlet Hanshing Cuellar. Regístrese, y archívese en su oportunidad. Rol Nº V-3-2026. Dictada por don HORACIO MANUEL ANDRADE AGUILANTE, Juez Suplente de este Primer Juzgado de Letras de Iquique. Iquique, veinticuatro de abril de dos mil veintiséis, se hizo constar por estado diario la sentencia que antecede, en cumplimiento a lo ordenado por el artículo 162 del Código de Procedimiento Civil.

Texto Completo (Preview)

PRIMER JUZGADO DE LETRAS IQUIQUE Iquique, veinticuatro de abril de dos mil veintiséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña NAXUMI SCARLET MEDINA CUELLAR, estudiante universitaria, con domicilio en Arturo Fernández Nº 769, Iquique; quien solicita autorización para cambiar su primer apellido MEDINA a HANSHING, por los motivos que explica, y en definitiva se disponga enton

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