6º Juzgado Civil de Santiago

INMOBILIARIA ALAMEDA 407 SPA/SCOTIABANK CHILE S.A

Rol

C-14261-2025

Fecha

21 de abril de 2026

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, a folio 1 comparece Claudio Lefever Celed n, ó abogado, en representaci n de ó Inmobiliaria Alameda 407 Spa, del giro de su denominaci n,ó representada por Cesar Ricardo Paine Paine, contador, ambos con domicilio en Alameda Libertador Bernardo O'Higgins 2960, oficina 407 Santiago y de Cesar Ricardo Paine Hernandez, con domicilio s lo para estos efectos en Av.ó Vitacura #2771, of. 605, comuna Las Condes e interpone demanda de cancelaci n de hipoteca y alzamiento de grav menes en contra del bancoó á Scotiabank Chile, representada por Diego Patricio Masola, contador, ambos con domicilio en calle Av. Costanera Sur N 2710, comuna de Las Condes.° Que, en primer t rmino, refiere que solicita se ordene al banco demandadoé proceder a la cancelación de la hipoteca inscrita en el registro de hipotecas del a o 2004 y el alzamiento de la prohibici n convencional de enajenar y gravar queñ ó afecta al inmueble de su propiedad, ubicado en Avenida Alameda N 2.932,° oficina 407, comuna de Santiago, inscrito a nombre de su representada en el registro de propiedad del a o 2018, todo ello con costas.ñ Código: PTXXCDSFBLL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-14261-2025 Foja: 1 Se ala que mediante escritura p blica de fecha 24 de agosto de 2004,ñ ú otorgada en la 18 Notar a de Santiago, C sar Paine Hern ndez constituyª í é á ó hipoteca de garant a gení eral en favor del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile, hoy continuado legalmente por Scotiabank Chile S.A., sobre el referido inmueble, pact ndose adem s prohibici n de enajenar y gravar sin autorizaci n delá á ó ó acreedor, ambas inscripciones practicadas en el Conservador de Bienes Ra ces deí Santiago. Que, asimismo, expone que por sentencia firme y ejecutoriada dictada por el Primer Juzgado Civil de Vi a del Mar, en causa Rol C-2344-2021, se acogi lañ ó excepci n de prescripci n extintiva respecto de la nica ó ó ú obligaci n que vinculabaó al deudor con e

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, notificada legalmente la parte demandada, staé compareci en autos y se allan expresamente a la demanda, reconociendo losó ó hechos y el derecho en que se funda la acci n deducida.ó SEGUNDO: Que atendido lo dispuesto en el art culo 1698 del C digoí ó Civil la prueba de la existencia de las obligaciones o de su extinci n es de las queó alegan aquellas o sta.é TERCERO: Que, a fin de dar sustento a la acci n impetrada, laó demandante acompa , sin ser objetado de contrario: ñó 1.- Copia de sentencia definitiva pronunciada con fecha 18 de octubre de 2022 por Gabriela Guajardo Aguilera, Jueza Titular del Primer Juzgado Civil de Vi a del Mar en causa rol C-2344-2021, y certificado de ejecutoria de fecha 24ñ de noviembre de 2024. 2.- Copia de solicitud de cancelaci n y alzamiento presentada en causaó indicada en el tem anterior, y resoluci n de fecha 25 de mayo del a o 2023 queí ó ñ se pronunci a su respecto.ó 3.- Copia de correo electr nico de fecha 10 de abril del presente a o,ó ñ dirigido por la Comisi n para el Mercado Financiero (CMF) a don C sar Paineó é Hern ndez, acusando recibo del reclamo interpuesto en la misma fecha, al que seá asign el c digo 2922844.ó ó 4.- Respuesta enviada por el banco demandado a la Comisi n Para eló Mercado Financiero (CMF), con fecha 30 de junio del presente a o, en respuestañ al reclamo efectuado por esta parte, singularizado en el n mero anterior.ú 5.- Copia de carta conductora enviada por CMF de fecha 11 de julio del a o 2025, en que comunica a don C sar Paine Hern ndez la respuesta enviadañ é á por el banco demandado y que se acompa a en el numeral precedente, enñ respuesta al caso 2922844. Código: PTXXCDSFBLL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-14261-2025 Foja: 1 6.- Copia de Escritura P blica de compraventa con mutuo hipotecario deú fecha 24 de agosto de 2004, otorgada anta la Notar a de don Patricio Zald varí í Mackenna, anotada bajo el repertorio 15510, la que cuenta con firma electr nicaó avanzada del Archivero Judicial de Santiago. 7.- Copia de certificado de hipotecas y grav menes, interdicciones yá prohibiciones de enajenar del inmueble inscrito a fojas 53392, n mero 76885 delú Registro de Propiedad del a o 2018, inscrito a nombre de Inmobiliaria Alamedañ “ 407 Spa .” Que, los documentos acompa ados, de acuerdo a lo dispuesto en el art culoñ í 342 N 2 del C digo de Procedimiento Civil, en relaci n con los art culos 1700 y° ó ó í 1702 del C digo Civil, permiten tener por acreditado que la obligaci n principaló ó que se pretend a hacer efectiva por el banco dí emandado fue declarada prescrita mediante sentencia definitiva de fecha 18 de octubre de 2022, dictada por el Primer Juzgado Civil de Vi a del Mar en causa Rol C-2344-2021, la que señ encuentra firme y ejecutoriada con fecha 24 de noviembre de 2024, que, con posterioridad a la dictaci n de dicha sentencia, la parte demandante solicit enó ó sede judicial la

Fallo

se declara:ó Por estas consideraciones, y visto adem s lo dispuesto en los art culos 144,á í 160, 170, 254 y siguientes y 342 N 2 del C digo de Procedimiento Civil, y 1442,° ó 1567 N 10, 2434 y 2516 del C digo Civil, se declara:° ó I. Que se acoge la demanda interpuesta, y en consecuencia, se ordena al banco demandado, SCOTIABANK CHILE S.A., proceder a la cancelaci n deó la hipoteca inscrita en el Registro de Hipotecas del Conservador de Bienes Ra cesí de Santiago del a o 2004, a fojas 95.188 bajo el N 79.989.ñ ° II. Que, asimismo, se ordena el alzamiento de la prohibici n de enajenar yó gravar inscrita en el Registro de Prohibiciones del mismo Conservador del a oñ 2004, a fojas 68.614 bajo el N 65.492, que afecta al inmueble ubicado en° Avenida Libertador Bernardo O Higgins N 2.932, oficina 407, comuna de’ ° Santiago, inscrito a nombre de Inmobiliaria Alameda 407 SpA a fojas 53.392 n mero 76.885 del Registro de Propiedad del a o 2018.ú ñ III. Que, no se condena en costas a la demandada, por haberse allanado a la demanda. Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad.í í í ROL C-14261-2025 DICTADA POR ROMMY MULLER UGARTE, JUEZ TITULAR DEL SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. AUTORIZADA POR MAR A ELENA MOYA G MERA,Í Ú SECRETARIA SUBROGANTE. Código: PTXXCDSFBLL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-14261-2025 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final de

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C-14261-2025 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-14261-2025 CARATULADO : INMOBILIARIA ALAMEDA 407 SpA/SCOTIABANK CHILE S.A Santiago, veintiuno de abril de dos mil veintis isé VISTOS: Que, a folio 1 comparece Claudio Lefever Celed n, ó abogado, en representaci n de ó Inmobiliaria Alameda 407 Spa, del giro de su denominaci n,ó r

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