1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

PÉREZ/ROJO

Rol

O-7478-2024

Fecha

4 de noviembre de 2025

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: O-7478-2024 Con fecha 4 de noviembre de 2025 se conoció de la demanda deducida por don NÉSTOR MAURICIO PÉREZ AGUAYO, abogado y psicólogo, cédula de identidad Nº11.781.445-9, con domicilio en calle Rafel Sotomayor Nº490, comuna de Santiago, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general, de declaración de existencia de relación laboral, demanda por despido injustificado, demanda por despido con infracción al artículo 162 del Código del Trabajo también llamada nulidad del despido y cobro de indemnizaciones, cotizaciones de seguridad social y prestaciones en contra de doña MARGARITA ESTER ROJO CAQUISANE, cédula de identidad Nº10.394.842-8, abogada, con domicilio en calle Coronel Pereira Nº62, oficina 402, comuna de Las Condes, al objeto que se declare en sentencia definitiva, que existió relación laboral entre las partes de la causa entre las fechas 15.04.2024 y 18.07.2024, en la labor principal de realización de meta peritajes, además que ha sido víctima de un despido injustificado, además de nulo por infracción al artículo 162 incisos quinto y siguientes del Código del Trabajo y, por ende, sea condenado la demandada al pago de las indemnizaciones, cotizaciones de seguridad social adeudadas y prestaciones, todas señaladas en el cuerpo y conclusiones de esta presentación, además de ordenarse el pago íntegro de sus remuneraciones hasta la convalidación del despido, conforme a la ley, sin perjuicio de lo que se resuelva o determine en derecho. Contestada la demanda, se llevó a cabo la audiencia preparatoria, oportunidad en que se invitó a conciliación,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el actor Néstor Mauricio Pérez Aguayo deduce demanda en procedimiento de aplicación general en contra de doña Margarita Ester Rojo Caquisane, solicitando se declare la existencia de una relación laboral entre el 15 de abril de 2024 y el 18 de julio de 2024, desempeñándose en la elaboración de meta peritajes en calidad de psicólogo forense, bajo subordinación y dependencia, con jornada impuesta, control permanente, instrucciones directas y disponibilidad horaria amplia; pactándose una remuneración mensual de $1.800.000, la cual no fue pagada, así como tampoco las cotizaciones previsionales, y que la demandada nunca escrituró contrato. Añade que fue separado del servicio por correo electrónico, señalándose la existencia de una supuesta “pasantía”, la que el actor niega, sosteniendo que no existen antecedentes que acrediten tal naturaleza. Luego dedujo reclamo ante la Inspección del Trabajo sin resultado conciliatorio, instancia en la que la empleadora negó relación laboral. Solicita se declaren la existencia la relación laboral, e improcedente el despido, se pague indemnización sustitutiva del aviso previo; además, reclama las remuneraciones adeudadas, feriado proporcional calculado en 5,25 días. También pide la nulidad del despido conforme al artículo 162 del Código del Trabajo, atendido el no pago de cotizaciones durante todo el período trabajado, y el pago de remuneraciones hasta la convalidación del despido, con reajustes, intereses y costas. SEGUNDO: Que la demandada, al contestar, solicita el rechazo total de la demanda, con expresa condenación en costas, sosteniendo la absoluta falsedad de los hechos expuestos por el actor. Niega categóricamente la existencia de una relación laboral, afirmando que el demandante se contactó para solicitar una pasantía en el ámbito de la psicología forense, careciendo de experiencia, y que dicha oportunidad le fue concedida a modo de beca, sin contraprestación económica ni vínculo de subordinación o dependencia. Alega que el demandante no tenía funciones específicas, horario, ni exclusividad, y que solo participó de manera periférica en dos peritajes con fines formativos, siendo su aporte de calidad deficiente y no incorporado al producto final, negando así la existencia de prestación de servicios laborales continuos. Reconoce el pago de una suma única ($100.000) con motivo de traslado fuera de la región, descartando que constituya remuneración. En relación con las prestaciones reclamadas, sostiene que no existe compromiso alguno de pago de remuneraciones, cotizaciones ni beneficios, atendido que no concurren los presupuestos del artículo 7 del Código del Trabajo, calificando como absurda la valorización pretendida por el actor. Rechaza la procedencia de indemnizaciones legales, afirmando que no hubo despido, ni autodespido, ni comunicación de término en los términos legales, razón por la cual descarta los efectos de los artículos 162, 168 y 177 del Código del Trabajo. Finalmente

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 2, 3, 161, 162, 163, 168, 420 a 462, del Código del Trabajo, Ley 19.728, artículo 3 y 1698 del Código, se declara que se RECHAZA la demanda impetrada, con costas, regulándose las costas personales en la suma de $360.000.- RIT : O-7478-2024 RUC : 24- 4-0618437-0 Pronunciada por doña LUZ ADRIANA CELEDON BULNES, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a cuatro de noviembre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, cuatro de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos: O-7478-2024 Con fecha 4 de noviembre de 2025 se conoció de la demanda deducida por don NÉSTOR MAURICIO PÉREZ AGUAYO, abogado y psicólogo, cédula de identidad Nº11.781.445-9, con domicilio en calle Rafel Sotomayor Nº490, comuna de Santiago, quien interpone demanda en procedimiento de aplicaci

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