3º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

SOCIEDAD QUIMICA Y MINERA DE CHILE S.A. (SQM)/

Rol

V-428-2025

Fecha

20 de abril de 2026

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que con fecha 28 de octubre de 2025, siendo las 10:15 horas, Paulina Andrea Álvarez Ulloa, chilena, casada, abogada, cédula de identidad N°15.019.794-5 en representación de SOCIEDAD QUIMICA Y MINERA DE CHILE S.A, o también S.Q.M S.A., persona jurídica de derecho privado del giro y nacionalidad de su denominación, Rut N°93.007.000-9, ambos domiciliados en Aníbal Pinto N°3228 de Antofagasta, solicitó el pedimento de la concesión de exploración denominada “MADONA 8 A”, ubicado en la comuna de Antofagasta, Provincia de Antofagasta, Segunda Región. SEGUNDO: Que, dicho pedimento, con fecha 06 de noviembre de 2025, fue inscrito a fojas 1916, bajo el N°1060, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta, correspondiente al año 2025. TERCERO: Que, con fecha 24 de noviembre de 2025, se publicó la inscripción del pedimento en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial de la República de Chile. CUARTO: Que, el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Ord.924 de fecha 10 de abril de 2026, agregado en el folio 7 del SITCI, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida Código: VSBPCDKZZRG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl concesión se encuentran conformes con las disposiciones legales vigente. QUINTO: Que las coordenadas U.T.M del punto medio y de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración son: VERTICE NORTE (metros) ESTE (metros) PM 7.370.500,00 422.500,00 V 1 7.372.000,00 422.000,00 V 2 7.372.000,00 423.000,00 V 3 7.369.000,00 423.000,00 V 4 7.369.000,00 422.000,00 La distancia y el azimut desde este punto medio hasta el vértice superior NOR-OESTE (V1) son de 1.581,14 metros y 379,5167 grados. SEXTO: Que teniendo presente lo dispuesto en el artículo 57 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos:

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-428-2025 SOLICITANTE : SOCIEDAD QUIMICA Y MINERA DE CHILE S.A. (SQM) MATERIA : PEDIMENTO “MADONA 8 A” &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& Antofagasta, veinte de abril de dos mil veintiséis. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que con fecha 28 de octubre de 2025, siendo las 1

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