25º Juzgado Civil de Santiago

REYES/

Rol

V-71-2025

Fecha

14 de abril de 2026

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que a folio 1 compareció don JORGE DOMINGO REYES ROMÁN, cédula de identidad 10.886.316-1, chileno, de profesión soldador, casado, domiciliado en calle Canción De La Pampa 5709, comuna de Huechuraba, quien, con los documentos que acompañó, interpuso en procedimiento no contencioso, un reclamo judicial en contra del CONSERVADOR DE BIENES RAÍCES DE SANTIAGO, por la negativa de éste a practicar la inscripción que indica, y, en virtud de los

Fundamentos

fundamentos que esgrimió, solicitó concretamente que se ordene la inscripción en su Registro de Propiedad, de la posesión efectiva rectificada por el Servicio de Registro Civil, Folio N°00041937824, por haberse cumplido los presupuestos fácticos y legales para ello. 2°.- Que a folio 10 rola informe del CONSERVADOR DE BIENES RAÍCES DE SANTIAGO, quien señaló que la Posesión Efectiva del causante doña ELBA ELENA ROMÁN MIRANDA, C.I. 4.133.095-3, fue solicitada inscribir con carátula 21731406 de fecha 16 de febrero del año 2024, Repertorio 17189-2024 y quedó inscrita en el Registro de Propiedad a Foja 15812 N° 22263 del año 2024; que, por su parte, la Especial de Herencia se inscribió a Foja 15813 N° 22264 del año 2024; que, es del caso que, con fecha 27 de marzo del año 2024, El Servicio de Registro Civil rectificó la posesión efectiva de la causante de autos, excluyendo como heredero a don LUIS HUMBERTO REYES TOLEDO, RUN 15.747.349-2; que, en razón de lo anterior, el Conservador rechazó la inscripción de la rectificación, ya que, una vez otorgada la resolución que concede la posesión efectiva, la que debió dictarse según la base de datos del mismo Servicio, no puede ser alterada, rectificada o modificada sino en virtud de resolución judicial, según lo contemplado en el artículo 8 de la Ley 19.903, sobre tramitación de posesiones efectivas intestadas. Código: GNRXCCPVJZM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 3°.- Que, a folio 24 rola informe del SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN, quien señaló que, revisado el Sistema Automatizado de Posesiones Efectivas al 10 de febrero del año 2026, consta que se solicitó la posesión efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de doña ELBA ELENA ROMAN MIRANDA RUN N° 4.133.095-3, con fecha 13 de febrero del año 2023 en la Oficina Huechuraba solicitud número 68, siendo aprobada por Resolución Exenta N° 17508 de fecha 16 de marzo de 2023 del Director Regional de la Región Metropolitana, publicada con fecha 3 de abril del mismo año e inscrita en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas con el número 88267-2023, declarándose como herederos de la causante a las siguientes personas: - Don JORGE DOMINGO REYES ROMAN RUN N° 10.886.316-1, en su calidad de hijo; - Doña ROSA ELENA REYES ROMAN RUN N° 7.203.490-2, en su calidad de hija;. - Doña NORMA GRACIELA REYES ROMAN RUN N° 8.950.537-2, en su calidad de hija; - Doña ELBA PATRICIA REYES ROMAN RUN N° 11.645.444-0, en su calidad de hija; - Don RODOLFO ISMAEL REYES ROMAN RUN N° 10.422.119-K, en su calidad de hijo; - Don LUIS HUMBERTO REYES TOLEDO RUN N° 15.747.349-2, en su calidad de nieto de la causante, en representación de don Humberto Luis Reyes Román RUN 8.660.454-k, hijo de la causante, fallecido el 28 de noviembre de 2019. - Doña MILDREDT ALICIA REYES TOLEDO RUN N° 15.410.675-8, en su calidad de nieta de la causante, en representación de don Humberto Luis Reyes Román RUN 8.660.454

Fallo

se declara: Que se acoge la solicitud y, en consecuencia, se ordena al Sr. Conservador de Bienes Raíces de Santiago, que proceda a inscribir, en los respectivos Registros, la rectificación de la posesión efectiva, efectuada por el Servicio de Registro Civil, por error manifiesto conforme al artículo 10 de la Ley N°19.903, mediante la Resolución Exenta N° 21926 del año 2024 de fecha 27 de marzo del año 2024, del Director Regional de la Región Metropolitana del Servicio de Registro Civil e Identificación, la cual incide en las inscripciones del Registro de Propiedad de dicho Conservador, de fojas 15812 N° 22263 del año 2024, y de fojas 15813 N° 22264 del año 2024. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. ROL V-71-2025. PRONUNCIADA POR DOÑA SUSANA RODRÍGUEZ MUÑOZ, JUEZA. Código: GNRXCCPVJZM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, catorce de abril de dos mil veintis isé Código: GNRXCCPVJZM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2026-04-14T21:43:26-0400

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 28 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 25 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-71-2025 CARATULADO : REYES/ Santiago, catorce de abril de dos mil veintis isé VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que a folio 1 compareció don JORGE DOMINGO REYES ROMÁN, cédula de identidad 10.886.316-1, chileno, de profesión soldador, casado, domiciliado en calle Canción De La Pampa 5709, com

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