TRATAMIENTOS MÉDICOS DE AVANZADA SPA/DUARTE
Rol
C-3125-2025
Fecha
8 de abril de 2026
Materia
RECONOCIMIENTO FIRMA,CITACIÓN Y CONFESIÓN DE DEUDA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 27 de octubre de 2025, folio 1, comparece Rodolfo Fuenzalida Sanhueza, abogado, en representaci n de ó TRATAMIENTOS M DICOS DEÉ AVANZADA SPA (en adelante “Inmunocenter”), sociedad del giro de su denominaci n, Rol nico Tributario N°76.911.593-5, representada legalmente poró Ú don Alejandro Javier Jim nez Loosli, chileno, casado, ingeniero comercial, C.I.é N°13.133.200-9, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N°5561, oficina 903, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana deó Santiago; y deduce demanda ejecutiva en contra de don CRISTIAN LUIS DUARTE LVAREZÁ , desconoce profesi n u oficio, c dula nacional de identidadó é N°13.831.078-7, domiciliado en calle Epsilon N°1830, departamento 041, comuna de Quilpu , Regi n de Valpara so, para obtener el pago de é ó í $3.180.546 (tres millones ciento ochenta mil quinientos cuarenta y seis pesos) , m s reajustes eá inter s m ximo convencional, o bien, en subsidio, el monto mayor o menor que elé á tirubnal determine en m rito del proceso, con costas.é Que con fecha 06 de noviembre de 2025, folio 8, se le notificó personalmente la demanda a la parte. Que con fecha 13 de noviembre de 2025, folio 4, la ejecutada opuso las excepciones consagradas en los numerales 7 y 11 del art culo 464 del C digo deí ó Procedimiento Civil. Que con fecha 25 de noviembre de 2025, a folio 15, la parte demandante evacu el traslado conferido, solicitando el rechazo de las excepciones opuestas.ó Que con fecha 27 de noviembre de 2025, se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba.ó Que con fecha 17 de marzo de 2026, se cit a las partes para o r sentencia.ó í Código: WXSXCBJBGZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl
Fundamentos
CONSIDERANDO: I.- Objeci n de documentos:ó Primero: Que el segundo otros del folio 4, la parte ejecutada objeta elí pagar fundante de la ejecuci n y el “contrato acompa ado”, en virtud de loé ó ñ dispuesto en el art culo 346 N°3 del C digo de Procedimiento Civil, en cuanto noí ó constar a su autenticidad ni su integridad. í Segundo: Que, resolviendo la objeci n formulada el Tribunal no har lugaró á a la misma, toda vez que, solo son causales formales de objeci n documentaria lasó relativas a la autenticidad e integridad de los documentos, y respecto a la objeci nó del pagar fundante, se considerar que con fecha 22 de octubre de 2025, ené á cuaderno de gesti n preparatoria, se tuvo por reconocida la firma y por confesa laó deuda de autos a don Cristi n Luis Duarte lvarez, en favor de Tratamientosá Á M dicos de Avanzada spa. Adem s, objeta un “contrato acompa ado “en autos,é á ñ el cual no consta en el expediente y por lo tanto mal se puede tener por objetado. II.- Sobre el fondo: Tercero: Demanda ejecutiva. Que con fecha 27 de octubre de 2025, a folio 1, comparece Rodolfo Fuenzalida Sanhueza, abogado, en representaci nó judicial, de la sociedad denominada TRATAMIENTOS M DICOS DE AVANZADAÉ SPA; e interpone demanda ejecutiva en contra de don CRISTIAN LUIS DUARTE LVAREZ, en virtud de las siguientes consideraciones de hecho y derecho.Á El demandante expone que don Cristian Duarte lvarez adeuda a suÁ representada la suma de $3.180.546 (tres millones ciento ochenta mil quinientos cuarenta y seis pesos), m s reajustes, intereses y costas, con ocasi n del cr ditoá ó é contenido en el Pagar de folio N°00346, suscrito con fecha 21 de abril del a oé ñ 2025, el cual se acompa con fecha 10 de septiembre de 2025 -a Folio N°1 delñó cuaderno de gesti n preparatoria de autos. Agrega que en dicha gesti n poró ó resoluci n de fecha 24 de octubre de 2025 -Folio ó N°24-, se resolvi tener poró reconocida la firma y por confesa la deuda de autos a don Cristi n Luis Duarteá lvarez, en favor de Tratamientos M dicos de Avanzada SpA.Á é El actor se ala que, de esta manera, la deuda aludida es actualmenteñ exigible, pues su cumplimiento no se encuentra supeditado a modalidad alguna; no se encuentra prescrita, al no haber transcurrido el tiempo requerido para la ocurrencia de dicho efecto jur dico y, adem s, es l quida, pues en el t tulo que seí á í í Código: WXSXCBJBGZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl invoca consta su cuant a en forma determinada, precisa y con la exactitud queí exigen los art culos 437 y 438 del C digo de Procedimiento Civil.í ó El solicitante manifiesta que, as las cosas, al cumplir con los requisitos queí configuran el inicio del procedimiento ejecutivo, procede en consecuencia su cobro de manera compulsiva. Cuarto: Excepciones. Que con fecha 13 de noviembre de 2025, folio 4, comparece la ejecutada, oponiendo las excepciones que a continuaci n se describen:ó 1. La falta de alguno de l
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba.ó Que con fecha 17 de marzo de 2026, se cit a las partes para o r sentencia.ó í Código: WXSXCBJBGZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CONSIDERANDO: I.- Objeci n de documentos:ó Primero: Que el segundo otros del folio 4, la parte ejecutada objeta elí pagar fundante de la ejecuci n y el “contrato acompa ado”, en virtud de loé ó ñ dispuesto en el art culo 346 N°3 del C digo de Procedimiento Civil, en cuanto noí ó constar a su autenticidad ni su integridad. í Segundo: Que, resolviendo la objeci n formulada el Tribunal no har lugaró á a la misma, toda vez que, solo son causales formales de objeci n documentaria lasó relativas a la autenticidad e integridad de los documentos, y respecto a la objeci nó del pagar fundante, se considerar que con fecha 22 de octubre de 2025, ené á cuaderno de gesti n preparatoria, se tuvo por reconocida la firma y por confesa laó deuda de autos a don Cristi n Luis Duarte lvarez, en favor de Tratamientosá Á M dicos de Avanzada spa. Adem s, objeta un “contrato acompa ado “en autos,é á ñ el cual no consta en el expediente y por lo tanto mal se puede tener por objetado. II.- Sobre el fondo: Tercero: Demanda ejecutiva. Que con fecha 27 de octubre de 2025, a folio 1, comparece Rodolfo Fuenzalida Sanhueza, abogado, en representaci nó judicial, de la sociedad denominada TRATAMIENTOS M DICOS DE AVANZADAÉ SPA; e int
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FOJA: 37 .- Treinta y siete .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-3125-2025 CARATULADO : TRATAMIENTOS M DICOS DE AVANZADAÉ SPA/DUARTE Vi a del Marñ , ocho de abril de dos mil veintis isé VISTO: Con fecha 27 de octubre de 2025, folio 1, comparece Rodolfo Fuenzalida Sanhueza, abogado, en representaci n de ó TRATAMIENTOS M DICOS DEÉ AVANZADA SPA
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