BANCO DEL ESTADO D E CHILE/HERNÁNDEZ
Rol
C-1510-2025
Fecha
6 de abril de 2026
Materia
DESPOSEIMIENTO, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En folio 1, con fecha 09 de junio de 2025, se presenta do añ MAGALY GONZALEZ CRETTON, abogado, en representaci n seg n constaó ú de autos del Banco Estado de Chile, en relaci n con los autos sobre notificaci nó ó de acci n de desposeimiento, Rol C 4105-2024, caratulada ó BANCO ESTADO“ CON SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES ACU A LIMITADAÑ ”, a US. digo: Por el presente acto, interpongo demanda ejecutiva de desposeimiento en contra de Sociedad INMOBILIARIA HERNANDEZ Y MU OZ SOCIEDADÑ COLECTIVA CIVIL, persona jur dica del giro de su denominaci n, Rutí ó 77.765.477-2, representada por don JORGE ORLANDO HERNANDEZ ESPINOZA, ambos con domicilio en Belfast N 03136, Barrio Ingles, conforme aº los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: Consta de autos, en la gesti nó preparatoria, que mi representado, el Banco del Estado de Chile, es due o de losñ siguientes pagar s: 1.- Consta de la escritura p blica 31 de Enero de 2005,é ú suscrita ante el Notario de Temuco don CLAUDIO GONZALEZ ROSAS, documento cuya copia simple se encuentra acompa ada en la causa C 2711-ñ 2023 caratulada BANCO DEL ESTADO CON HERNANDEZ , cuyo Ebook se“ ” acompa a en otros de esta presentaci n, el BANCO DEL ESTADO DEñ í ó CHILE, dio en pr stamo a é JORGE ORLANDO DANIEL HERNANDEZ ESPINOZA, licenciado en tecnolog a m dica, domiciliado en San Mart n N 2470í é í ° de Temuco y/o Belfast N 03136, Barrio Ingl s de la ciudad de Temuco, la° é cantidad de 612 Unidades de Fomento por su equivalencia en pesos a la fecha del contrato antes mencionado y de lo que se dio por recibido a su entera y total satisfacci n y conformidad. La parte deudora se oblig a pagar al Banco deló ó Estado de Chile, el capital se alado precedentemente, esto es 600 Unidades deñ Fomento conjuntamente con los correspondientes intereses, en la forma establecida en la cl usula d cimo segunda y d cimo tercera de laá é é escritura antes mencionada, los que, en este acto, se dan por expresamente reproducidos. La forma de calcular el
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1.- Que do añ MAGALY GONZALEZ CRETTON, en la calidad que inviste deduce demanda ejecutiva de desposeimiento, en contra de Sociedad INMOBILIARIA HERNANDEZ Y MU OZ SOCIEDAD COLECTIVA CIVILÑ , representada por don JORGE ORLANDO HERNANDEZ ESPINOZA, pide se despache mandamiento de desposeimiento en su contra por la cantidad de 1369,079241 equivalentes al d a 08 de Abril de 2025 a la suma de $53.304.004,í m s los intereses ya referidos, reajustes, intereses, costas y se siga adelante con laá ejecuci n hasta lograr el pago ntegro y efectivo de lo adeudado. ó í 2.- Que do añ MONICA PAMELA ZU IGA LILLO, Abogada enÑ representaci n de INMOBILIARIA HERNANDEZ Y MU OZ SOCIEDADó Ñ COLECTIVA CIVIL, ambos individualizados; en causa caratulada BANCO“ DEL ESTADO DE CHILE CON HERNANDEZ ROL C-1510-2025, seguida” ante el 1 Juzgado Civil de Temuco, º en cuaderno de desposeimiento, a S.S., respetuosamente digo: Por esta presentaci n, dentro de plazo legal, vengo enó oponer a la presente acci n, la excepci n contemplada en el art culo ó ó í 464 N 7 del° C digo de Procedimiento Civiló , esto es, La falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el t tulo tenga fuerza ejecutiva, oí para que la obligaci n sea exigible ; fundada en los siguientes antecedentes deó ” hecho y derecho: I. ANTECEDENTES DE HECHO. Como se lee del libelo de autos, la presente acci n tiene su origen en una obligaci n supuestamenteó ó existente entre BANCO DEL ESTADO DE CHILE y don JORGE ORLANDO HERNANDEZ ESPINOZA; al que a su vez se fundar a en un pagarí é supuestamente suscrito entre ambas partes. Con ocasi n de la ejecuci n iniciadaó ó para requerir el cobro del t tulo ejecutivo se alado, don JORGE ORLANDOí ñ Código: XMYRCBFFNRG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1510-2025 Foja: 1 HERNANDEZ ESPINOZA, opuso una serie de excepciones a la misma. En dicho procedimiento, JORGE ORLANDO HERNANDEZ ESPINOZA, controvirti v lidamente la existencia y exigibilidad de la deuda contenida en eló á pagar , por las razones expresadas en las excepciones opuestas y que obran ené los cuadernos digitales que el solicitante acompa a a su gesti n preparatoria. Enñ ó efecto S.S., consta al folio 11 de la carpeta electr nica de la causa Rol C-2043-ó 2024 del 1 Juzgado Civil de Temuco, la oposici n de excepciones por parte deº ó don JORGE ORLANDO HERNANDEZ ESPINOZA. 4. Dado que los efectos del juicio anterior a n se encuentran pendientes, ú la obligaci n contenida en eló t tulo que sirve de base a esta gesti n preparatoria no es actualmente exigibleí ó . Si bien la excepci n se encuentra fallada en primera instancia, dicho
Fallo
POR TANTO, En m rito de lo expuesto y lo que disponen los art culos 434 y siguientes, 758 yé í siguientes del C digo de Procedimiento Civil, 2505 y siguientes del C digo Civiló ó y Leyes 18.010, 18.092 y 18.112, Ruego a US. tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de Sociedad INMOBILIARIA HERNANDEZ Y MU OZÑ SOCIEDAD COLECTIVA CIVIL, representada por don JORGE ORLANDO HERNANDEZ ESPINOZA, ya individualizado, en su calidad de poseedora del inmueble hipotecado, del cual es propietario y ordenar que se despache mandamiento de desposeimiento en su contra para que en el acto del requerimiento, abandone o entregue el inmueble ante el Tribunal de V.S., procedi ndose al embargo del mismo, a objeto de rematarlo en p blica subasta yé ú hacer pago del producto a mi representado, por la cantidad de 1369,079241 equivalentes al d a 08 de Abril de 2025 a la suma de $53.304.004, m s losí á intereses ya referidos, reajustes, intereses y costas.- En folio 06, con fecha 25 de junio de 2025 la parte ejecutada opone la demanda ejecutiva la excepci n del art culo 464 del C digo deó í ó procedimiento Civil N 7.° En folio 08, con fecha 30 de junio de 2025, la parte ejecutante contesta la excepci n opuesta, solicita su rechazo.ó En folio 15, con fecha 23 de marzo de 2026 de agosto de 2025. se recibi la causa a prueba.ó En folio 60, con fecha 23 de marzo de 2026, se cit a las partesó para o r sentencia.í CONSIDERANDO: 1.- Que do añ MAGALY GONZALEZ CRETTON, en la calidad que inviste deduce deman
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C-1510-2025 Foja: 1 FOJA: 68 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-1510-2025 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO D E CHILE/HERN NDEZÁ Temuco, seis de abril de dos mil veintis isé VISTOS: En folio 1, con fecha 09 de junio de 2025, se presenta do añ MAGALY GONZALEZ CRETTON, abogado, en representaci n seg n constaó ú de autos del Banco Estado de Chile, en
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