1º Juzgado Civil de Concepción

JANA/FISCO DE CHILE- CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

Rol

C-5482-2023

Fecha

27 de marzo de 2026

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Que, en el folio 1, se presenta el abogado don Francisco Javier Amigo Cartagena, compareciendo en representaci n de don ó DANIEL EL ASÍ JANA LOBOS, garz n y don ó ABRAHAM HUMBERTO JANA LOBOS, conductor, ambos con domicilio para estos efectos en la Comuna de Concepci n, calle Tucapel N 564, oficina 67, hijos de donó º Isaac Jana Santib ezáñ , Registro Informe de la Comisi n Nacional sobre Prisi nó ó Pol tica y Tortura bajo el N 12.055, quienes deducen demanda deí º indemnizaci n de perjuicios en contra del ó FISCO DE CHILE, persona jur dica de Derecho P blico, representada legalmente por el í ú Consejo de Defensa del Estado, encontr ndose este, a su vez, representado por doná Georgy Schubert Studer, de profesi n abogado Procurador Fiscal deó Concepci n, ambos domiciliados en la Comuna de Concepci n, en calleó ó Barros Arana N 1098, oficina 1501, piso 15, Torre del Mall Centro, o porº quien le subrogue o reemplace legalmente, a fin de que conociendo de los hechos que aqu se denunciar n y de los horrendos da os ocasionados a esteí á ñ demandante por distintos miembros de las Fuerzas Armadas del Estado de Chile durante la denominada Dictadura Militar , condene a la demandada“ ” a la indemnizaci n de perjuicios que se solicitar m s adelante en estaó á á presente demanda. Funda su demanda en los relatos de sus mandantes, los que transcribe: 1. Relato de don Daniel El as Jana Lobos. í “A la poca del Golpe deé Estado, mi padre don Isaac Jana Santib ez Registro Informe de laáñ Código: QMZSBZCQDYY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5482-2023 Foja: 1 Comisi n Nacional sobre Prisi n Pol tica y Tortura bajo el N 12.055 seó ó í º desempe aba como comerciante en la comuna de Ca ete, sin ejercerñ ñ actividad pol tica ni sindical alguna, siendo perseguido nicamente debido aí ú que sus familiares todos eran militantes de izquierda. As , el d a 26 de septiembre de 1973, mientras nos encontr bamos ení í á nue

Fundamentos

CONSIDERANDO: - En cuanto a las tachas : 1 .-º Que, en el acta de la audiencia rolante en el folio 64, la parte demandada deduce tacha en contra de las testigos presentada por la demandante, do a Francisca Valenzuela Silva y do a Paulina Castroñ ñ Rosales, por la causal de inhabilidad contemplada en el numeral 6 del art culo 358 del C digo de Procedimiento Civil. í ó Funda la tacha de la primera, en s ntesis, en que ha quedado deí manifiesto que el arancel que ha cobrado a los demandantes para prestar atenciones psicol gicas incluye, adem s, la obligaci n contractual de prestaró á ó declaraci n en el presente juicio a favor de los demandantes, lo queó demuestra la existencia de un inter s econ mico indirecto al menos en elé ó Código: QMZSBZCQDYY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5482-2023 Foja: 1 resultado del litigio. Agrega que esto, adem s, se ve refrendado por laá circunstancia de que la testigo carece de un contrato de trabajo que pudiera significar una fuente de ingresos diversa de la actividad liberal que desarrolla. La tacha de la segunda la funda en que la testigo vive exclusivamente con su hermana, Ana Mar a Castro Rosales, quien es dependiente delí Estudio Jur dico del se or Francisco Amigo Cartagena y que, dichaí ñ hermana recibe remuneraciones del mencionado Estudio Jur dico y que coní cargo a dichas remuneraciones su hermana soporta el pago en m s de laá mitad del precio de la renta de la vivienda que comparte con la testigo, por lo que a su juicio la testigo tiene comprometido un inter s pecuniario alé menos indirecto, pues puede presumir que los honorarios que se reciban por el resultado del litigio ir n en pago de la remuneraci n de su hermana.á ó 2 .-° Que, la demandante, evacuando el traslado conferido, solicit seó rechace la tacha respecto de la primera testigo, en s ntesis, indicando que elí inter s directo o indirecto al cual se refiere la tacha formulada, haceé referencia a un inter s patrimonial futuro que en este caso no concurre,é toda vez que la testigo no es parte de este juicio y si bien recibió remuneraci n para efecto de evacuar informe psicol gico, su obligaci nó ó ó principal era la de evacuar dicho informe y que ella ha sido remunerada por este servicio, por lo tanto la testigo no mantiene inter s actual en elé resultado del juicio. Agrega que, adem s, su declaraci n en juicio s loá ó ó demuestra el ejercicio de su profesi n como psic loga.ó ó En cuanto a la segunda testigo, evacua el traslado de la tacha formulada solicitando su rechazo indicando que el inter s indirecto al cualé se refiere la tacha formulada hace referencia a un inter s patrimonial queé en este caso no concurre, toda vez que la testigo no es parte del juicio y no recibe remuneraci n por su declaraci n. Agrega que, la circunstancia de seró ó hermana de Ana Mar a Castro Rosales, no influye en su inter s actualí é directo o indirecto en el resultado del presente juicio. 3 .-°

Fallo

por tanto, es un hecho establecido del pleito que los demandantes son hijos de don Isaac Jana Santib ez, lo que se ve corroborado con los certificados de nacimientoáñ Código: QMZSBZCQDYY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5482-2023 Foja: 1 acompa ados por la demandante en el folio 61, en los que se consignañ como padre de don Abraham Humberto Jana Lobos y de don Daniel El así Janas Lobos. 9 .- ° Que, en prueba de sus alegaciones, la parte demandante acompa , sin objeci n de contrario, la documental rolante en el folio 61:ñó ó certificado de nacimiento de don Abraham Humberto Jana Lobos, consign ndose como fecha de nacimiento el 13 de agosto de 1969 y comoá padre a don Isaac Jana Santib ez, áñ certificado de nacimiento de don Daniel El as Jana Lobos, consign ndose como fecha de nacimiento el 26 deí á junio de 1970 y como padre a don Isaac Jana Santib ez.áñ Asimismo, rindi la testimonial rolante en actas de folio 64 y 85, enó los dichos de do añ FRANCISCA VALENZUELA SILVA, de do añ PAULINA CASTRO ROSALES, do a ñ RUTH DEL CARMEN GALLARDO SOTO y don PEDRO JUAN BUSTAMANTE ANCO,Ñ quienes legalmente examinados, se alaron:ñ La primera: “AL PUNTO UNO: Da o psicol gico y moral deñ ó car cter incalculable.á Repregunta: Para que explique, quienes sufrieron estos da os que menciona y lasñ circunstancias que originan estos da os, R: quienes sufrieron estos da os sonñ ñ don Abraham Jana y Daniel Jana, ambos hermanos de pa

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C-5482-2023 Foja: 1 FOJA: 100 .- cien .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-5482-2023 CARATULADO : JANA/FISCO DE CHILE- CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO Concepci nó , veintisiete de marzo de dos mil veintis isé Visto: Que, en el folio 1, se presenta el abogado don Francisco Javier Amigo Cartagena, compareciendo en representaci n de don ó DANIEL EL

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