SANTA CRUZ ASESORÍAS S.A./ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA
Rol
C-15300-2024
Fecha
24 de febrero de 2026
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 22 de agosto de 2024, folio 1 de esta carpeta electrónica comparece don Francisco Eugenio Duque Motta, abogado, en representación convencional de la sociedad Santa Cruz Asesorías S.A., Rut 96.767.960-7, ambos con domicilio para efectos de la causa en calle Isidora Goyenechea N° 3162, oficina 502, comuna de Las Condes, Region Metropolitana, quien interpone demanda de declaración de prescripción extintiva de acciones de derechos y acciones por concepto de patentes municipales correspondientes a su representada, en contra de la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa, Rut 69.070.500-1, representada por su Alcaldesa doña Cristina Emilia Ríos Saavedra, alcalde, ambos con domicilio en Avenida Irarrázaval N° 3550, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, en relación a aquellas correspondientes a los períodos que indica, , a objeto de que en definitiva acogiendo la demanda en todas sus partes declarando: 1.- Extinguidas por prescripción las obligaciones de pago de patentes municipales por parte de su representada la sociedad Santa Cruz Asesorías S. A., Tol Unico Tributario 96.767.960-7, por todos los periodos pretendidos hasta el segundo semestre de 2016, inclusive, toda vez que la acción de cobro que cuenta la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa para exigir el pago de dichos periodos se encuentra prescrita. 2.- Que se condene a la demandada en cistas en caso de oponerse a la presente demanda. En el folio 10 de la carpeta digital consta estampado receptorial que da cuenta de notificación realizada a la parte demandada con fecha 11 de octubre de 2024 conforme lo dispone el articulo 44 del Código de Procedimiento Civil. Código: EXBVBVDXESX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 24 de octubre de 2024, folio 11, consta presentación de la parte demandada, quien contesta la demanda deducida en su contra, expresando que efectivamente la demandante de autos mantiene una deuda con su representada por conc
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho expuestos en su demanda, expresando mantienen sus planteamientos en el sentido que las acciones para exigir el cobro de las cuotas por todos los periodos pretendidos hasta el segundo semestre de 2016, inclusive, se encuentran prescritos. Por la misma presentación, contesta la demanda reconvencional por el otrosí, allanándose en cuanto a kas alegaciones interpuestas por la contraria, en cuanto mantienen su derecho para ejercer el cobro por concepto de deuda de Derechos de Aseo Domiciliarios, de la suma de $3.966.000.- incluyendo reajustes e intereses a la fecha de la última Código: EXBVBVDXESX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl liquidación practicada por la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa, demandante reconvencional. Con fecha 10 de enero de 2025, folio 20 obra presentación de la demandada reconvencional y demandante principal evacuando el traslado conferido de la duplica de la demanda reconvencional solicitando tener por reproducidos todos y cada uno de los argumentos indicados en la contestación de la demanda reconvencional. En folio 32 consta acta de la audiencia de conciliación realizada con la asistencia de ambas partes , en la cual el tribunal tiene presente el allanamiento por la demandada de la demanda principal de prescripción a folio 11, como el allanamiento efectuado por el demandado reconvencional a dicha demanda a folio 15, para todos los efectos legales. Por resolución contenida en folio 34 y en conformidad a lo prevenido en el artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, en estos autos ha comparecido don Francisco Eugenio Duque Motta, abogado, en representación convencional de la sociedad Santa Cruz Asesorías S.A., e interpone demanda de declaración de prescripción extintiva de acciones de derechos y acciones por concepto de patentes municipales correspondientes a su representada, en contra de la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa, representada por su Alcaldesa doña Cristina Emilia Ríos Saavedra, en relación a aquellas correspondientes a los periodos que indica, a objeto de que en definitiva acogiendo la demanda en todas sus partes declarando: 1.- Extinguidas por prescripción las obligaciones de pago de patentes municipales por parte de su representada la sociedad Santa Cruz Asesorías S. A., Tol Unico Tributario 96.767.960-7, por todos los periodos pretendidos hasta el segundo semestre de 2016, inclusive, toda vez que la acción de cobro que cuenta la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa para exigir el pago de dichos periodos se encuentra prescrita. 2.- Que se condene a la demandada en costas en caso de oponerse a la presente demanda. Expresa en relación a lo que denomina “Los Hechos” que su representada fue constituida mediante escritura pública de fecha 22 de septiembre de 1995 otorgada en la Notaria de Santiago de don Rebne Benavernte Cash, en esa época bajo la razón
Fallo
se declara: I.- Que se acoge la demanda de fecha 22 de agosto de 2024, sin costas, atendido el allanamiento de la demandada Ilustre Municipalidad de Ñuñoa, y se declaran extinguidos por prescripción los derechos y acciones de Código: EXBVBVDXESX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl la I. Municipalidad de Ñuñoa correspondientes a las patentes comerciales del contribuyente Santa Cruz Asesorías S. A. demandante de autos, cuyos vencimientos ocurrieron el segundo semestre del año 2000 y el segundo semestre del año 2016, ambos periodos inclusive, y en consecuencia, extinguidos asimismo todos los reajustes, intereses y multas correspondientes al mismo período y que emanan de las citadas patentes comerciales. II.- Que se acoge la demanda reconvencional deducida por la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa, sin costas, en relación a la acción de cobro de pesos correspondientes a los derechos de aseo domiciliario municipal adeudados por el contribuyente Santa Cruz Asesorias S. A., en relación al inmueble ubicado en Avenida Irarrazabal N° 063, comuna de Ñuñoa, de los periodos que van desde el segundo semestre del año 2000 al segundo semestre del año 2016 ambos periodos inclusive, con sus correspondientes reajustes e intereses, esto es, por la suma total de $3.966.000.- Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña Jacqueline Dunlop Echavarría, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a
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FOJA: 34 .- treinta y cuatro. .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 27º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-15300-2024 CARATULADO : SANTA CRUZ ASESORÍAS S.A./ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA Santiago, veinticuatro de febrero de dos mil veintiséis VISTOS: Con fecha 22 de agosto de 2024, folio 1 de esta carpeta electrónica comparece don Francisco Eugenio Duque Motta, abogado, en representac
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