MUÑOZ/
Rol
V-147-2023
Fecha
17 de febrero de 2026
Materia
VEHÍCULOS MOTORIZADOS, INSCRIPCIONES EN REGISTRO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Solicitud presentada: A folio 1, se presenta SEBASTIAN ENRIQUE MUÑOZ ELOZ, chileno, empleado, domiciliado en calle Orella N°269, comuna de Talcahuano, quien interpone solicitud de inscripción de vehículo motorizado, Ford, modelo New Ranger XL, doble cabina 2.5, año 2014, color rojo Bari, chasis 8AFAR22DXEJ167868, placa patente GLDC38-6. Funda su requerimiento en que es él adquirió dicho vehículo mediante un crédito solicitado por su abuelo Ervirio del Carmen Eloz Garcés, porque él no lo pudo obtener ya que no reunía los requisitos exigidos por la automotora. Afirma que él es dueño del vehículo y está en posesión pública, tranquila, pacífica y absoluta del vehículo; siempre se hizo cargo del pago de las cuotas hasta cubrir totalmente la deuda y a pesar de que su abuelo le insistió para hacer el traspaso a su nombre del vehículo, nunca quiso hacerlo porque consideraba que se ponía en el escenario de su fallecimiento. Sin embargo, el 31 de enero de 2019 su abuelo falleció y al obtener su posesión efectiva, el vehículo pasó a formar parte de la masa hereditaria; no obstante, ello, todos los herederos siempre reconocieron el vehículo como de su propiedad pues él era quien lo usaba, pero hay dos herederos inubicables así es que a su respecto solicita notificación por avisos, para así poder efectuar la correspondiente inscripción en el Registro Civil. Termina haciendo presente, por otra parte, que el artículo 2492 del Código Civil, establece la prescripción como un modo de adquirir el dominio de las cosas ajenas o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones o derechos durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los demás requisitos legales. Una acción o derecho se dice prescribir cuando se extingue por la prescripción. Petitorio: Código: EQRXBULVXLZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Se tenga por presentada su solicitud y se ordene inscribir a su nombre el vehículo marca Ford, modelo New Ranger XL, año 2014, doble cabina, color rojo bari, chasis 8AFAR22DXEJ167868. SEGUNDO: Análisis de los antecedentes y razonamiento para resolver: 1°) A folio 1, se acompaña copia de Póliza de Seguro, certificado de inscripción y anotaciones vigentes en el Registro de Vehículos Motorizados, permiso de circulación y Certificado de Revisión Técnica del vehículo recién singularizado, a nombre de Ervirio del Carmen Eloz Garcés. 2°) A folio 10, se agregó oficio del Servicio de Registro Civil, Subdepartamento de Registro de Vehículos Motorizados, en que dando cumplimiento al artículo 49 de la Ley 18.290, se solicita agregar a los antecedentes, informe del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones o de la SEREMI correspondiente, para luego de evacuado dicho trámite poder emitir su informe definitivo (el que finalmente rola a folio 47). 3°) A folio 20, consta oficio de Carabineros de Chile, en
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : V-147-2023 CARATULADO : MU OZ/Ñ Talcahuano, diecisiete de febrero de dos mil veintis isé VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Solicitud presentada: A folio 1, se presenta SEBASTIAN ENRIQUE MUÑOZ ELOZ, chileno, empleado, domiciliado en calle Orella N°269, comuna de Talcahuano, quien interpone solicitud de
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