26º Juzgado Civil de Santiago

TAGLE/

Rol

V-250-2025

Fecha

17 de febrero de 2026

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-250-2025 CARATULADO : TAGLE/ Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veintis isé VISTOS. Se presento son José María Diez Lempereur de Saint Pierre, abogado, cédula de identidad N°16.095.760-3, en representación de doña Teresa Tagle Avilés, chilena, casada con separación de bienes, factor de comercio, cédula de identidad N°3.633.089-9, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida El Golf N°82, piso 3, comuna de Las Condes, solicitando la autorización para que su representada pueda hacer una donación en dinero. Expone que su representada contrajo matrimonio con don Mario Vinagre Muñoz, chileno, cédula de identidad N°3.803.145-7, el día 29 de febrero de 1960, en la circunscripción de Ñuñoa, con número de inscripción 264. En acto posterior, por Escritura Pública de fecha 30 de septiembre de 1980 otorgada ante el Notario de Santiago don Patricio Zaldívar Mackenna, los cónyuges pactaron separación total de bienes y que de dicho matrimonio nacieron sus cuatro hijos: Mario Vinagre Tagle, cédula de identidad N 7.171.058-0, nacido el 11 de enero de 1961; Juan Ignacio Vinagre Tagle, cédula de identidad N°7.180.550-6, nacido el 27 de octubre de 1962; Pablo Andrés Vinagre Tagle, cédula de identidad N°7.180.551-4, nacido el 8 de octubre de 1965; y, Esteban Vinagre Tagle, cédula de identidad N°10.366.648-1, nacido el 2 de junio de 1969, todos actualmente vivos y mayores de edad, quienes constituyen la única descendencia directa de su representada. Indica que a su vez, don Pablo Andrés Vinagre Tagle, hijo de la donante, contrajo matrimonio con María del Pilar Grez Duval, cédula de identidad N°9.989.974-3, el día 26 de octubre de 1990, en la circunscripción de Las Condes, con número de Inscripción 1.939 y que en el mismo acto los cónyuges pactaron separación total de bienes y que de dicho matrimonio nacieron siete hijos, siendo la primera de ellas, Isidora Vinagre Gre

Fundamentos

Considerando los porcentajes de participación que dichas sociedades mantienen en el capital accionario de Empresas Lipigas S.A., y efectuados los cálculos de prorrata correspondientes, la participación final que corresponde atribuir a doña Teresa Tagle Avilés asciende a un 0,36% del capital social de Empresas Lipigas S.A., que asciende a la suma de $801.894.412 (ochocientos un millones ochocientos noventa y cuatro mil cuatrocientos doce pesos) conforme se desprende de la Memoria Integrada de dicha compañía al 31 de diciembre de 2024, y que en Código: BYNCBUKGWBZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 este sentido, es que doña Teresa Tagle Avilés, cuenta con un patrimonio financiero de al menos 6.685.844.889 pesos, lo que supera ampliamente el monto de dinero que pretende donar a su nieta, teniendo el patrimonio suficiente para realizarla sin causarle un detrimento importante en su patrimonio y manteniendo la calidad de vida que hasta a la fecha ha llevado y que igualmente, la donante posee inversiones como persona natural, por una suma de $4.699.746.107 (cuatro mil seiscientos noventa y nueve millones setecientos cuarenta y seis mil ciento siete pesos), tal como se desprenden de los comprobantes de Inversiones emitidas por el Banco de Chile teniendo participaciones en sociedades $1.986.098.782 Inversiones financieras $4.699.746.107. Concluye solicitando donar, por mera liberalidad, y estando habilitado para donar en los términos del artículo 1.387 del Código Civil, a su nieta Isidora Vinagre Grez la suma en $315.880.000.- A folio 6, se rindió información sumaria de testigos A folio 7, consta certificado de pago de impuesto de donaciones y comprobante de pago. CONSIDERANDO. PRIMERO. Que, la donante expresa su deseo de hacer la donación a título de mera liberalidad. SEGUNDO. Que, la donante ha rendido información sumaria de testigos que acreditan que su situación patrimonial le permite efectuar la proyectada donación sin mayor compromiso social y el informe del Servicio de Impuestos Internos, que acredita el pago del impuesto correspondiente en arcas fiscales, antecedentes suficientes que permiten hacer lugar a la insinuación. TERCERO. Que, con el mérito de los documentos aportados por el peticionario en el sistema computacional de la oficina judicial virtual, los que se dan por reproducidos, los cuales acreditan su capacidad económica donante. Y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil, 1401 del Código Civil y Ley N°16.271,

Fallo

se resuelve: Código: BYNCBUKGWBZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Que, se autoriza a doña Teresa Tagle Avilés a efectuar la donación solicitada por mera liberalidad a Isidora Vinagre Grez en la forma solicitada. Regístrese, notifíquese y archívense los antecedentes en su oportunidad. DICTADA POR CAROLINA CANALES MORALES, JUEZ SUPLENTE. AUTORIZA LORETO GREZ BECKER, SECRETARIA SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veintis isé Código: BYNCBUKGWBZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2026-02-17T12:34:16-0300

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Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-250-2025 CARATULADO : TAGLE/ Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veintis isé VISTOS. Se presento son José María Diez Lempereur de Saint Pierre, abogado, cédula de identidad N°16.095.760-3, en representación de doña Teresa Tagle Avilés, chilena, casada con separación de bienes, facto

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