MARCHANT/GONZÁLEZ
Rol
C-4920-2024
Fecha
23 de enero de 2026
Materia
CONTRATO, NULIDAD DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Que con fecha 29 de octubre de 2024, folio 1, comparecen don José Guillermo Gonz lez Lonc n, C.I. N°6.410.610-4, á ó chileno, jubilado, con domicilio en calle Las Lavandas N°919, Placilla, comuna de Valpara so y do aí ñ Mar a Lidia del Carmen Marchant L pez,í ó C.I. N°5.475.116-8, chilena, jubilada, domiciliada en calle Virgen del Prado N°104, Placilla, comuna de Valpara so, y presentan demanda en juicio ordinario de nulidad de compraventa ení contra de do a ñ Elizabeth Priscila Gonz lez Marchant,á C.I. N°12.231.374-3, chilena, soltera, t cnico en enfermer a, con domicilio en calle Claudio Arrau Le né í ó N°120, Villa Rukan Uno, comuna de Vi a del Mar.ñ Que con fecha 21 de noviembre de 2024, folio 9, consta haberse realizado la notificaci n personal de la demanda a la demandada de autos.ó Que con fecha 06 de diciembre de 2024, folio 16, se contesta la demanda de autos. Que con fecha 29 de enero de 2025, folio 32, se efect a el llamado aú conciliaci n la que no se produce.ó Que con fecha 18 de febrero de 2025, folio 33, se recibe la causa a prueba. Que con fecha 05 de enero del 2026, folio 78, se cita a las partes a o rí sentencia.
Fundamentos
Considerando: I. En cuanto a la objeci n de documentosó . Primero: Que por presentaci n de fecha 22 de marzo de 2025, folio 51 deló cuaderno principal, la parte demandante objet los documentos acompa ados por laó ñ demandada a folio 40 del cuaderno principal, correspondiente a impresiones de pantalla de chat a trav s de la aplicaci n de whatsapp entre do a Elizabeth, laé ó ñ Código: EXDMBREDXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl demandada, y su hermana do a Gemina, e impresiones de pantalla de chat a trav sñ é de la aplicaci n de whatsapp entre do a Elizabeth, la demandada, y su familia.ó ñ Ambos documentos son objetados por resultar ser im genes de una copia deá conversaciones, en las que no constan las identidades de las personas, ni tampoco por qui n ha sido escrita o firmada, no constando su veracidad ni autenticidad aé esta parte. Segundo: Que, resolviendo la objeci n formulada, el Tribunal no har lugaró á a la misma, dado que no consta en autos que el documento objetado sea falso o incompleto. Sin perjuicio del valor probatorio que se le otorgue al documento ya mencionado en la presente sentencia. II. En cuanto a la tacha de testigos. Tercero: Que en audiencia de prueba testimonial de fecha 18 de marzo de 2025, a folio 45 del cuaderno principal, la parte demandada formul tacha enó contra del testigo, don Ulises Ian Sep lveda Jim nez, Rut N°15.951.296-7, enú é conformidad al art culo 358 N°6 y N°7, por carecer de imparcialidad necesariaí para declarar por tener inter s directo o indirecto, los que tenga una ntimaé í amistad con la persona que los presenta, declara tener un v nculo de amistad de 4í a os, y que lo frecuenta domingo por medio.ñ Que, evacuando el traslado conferido, la parte demandante solicit el rechazoó de la tacha interpuesta por la contraria argumentando que el testigo se ala no tenerñ inter s en el resultado de este juicio, tanto de la parte demandante como de laé demandada, raz n por la que no se configura la causal del N°6 del art culo 358ó í del C digo de Procedimiento Civil. Respecto de la causa del N°7 del mismoó art culo tambi n solicita su rechazo atendido a que el testigo no se ala tener unaí é ñ ntima amistad y el hecho que frecuente a los demandantes no significa que seí genere una relaci n de ntima amistad como lo se ala el c digo citado.ó í ñ ó Cuarto: Que, para efectos de resolver la tacha formulada al testigo fundada en las causales del N°6 y N°7 del art culo 358 del C digo de Procedimientoí ó Civil, es necesario considerar que dichas disposiciones establecen que ser n inh bilesá á para declarar: 6°: “Los que a juicio del tribunal carezcan de la imparcialidad necesaria para declarar por tener en el pleito inter s directo o indirecto; y” yé 7°: “Los que tengan ntima amistad con la persona que los presenta o enemistadí respecto de la persona contra quien declaren”. Código: EXDMBREDXXX Este documento tiene firma electrónica y su original pued
Fallo
por tanto la ilicitud esó Código: EXDMBREDXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl manifiesta, con lo cual no es necesario recurrir a los motivos internos de la persona que los hace objeto de sus actos jur dicos.”í Explican que, conforme se ha se alado anteriormente, el contrato deñ compraventa impugnado adolece de la ilicitud de su causa, conforme al hecho de que los demandantes jam s tuvieron la intenci n de vender el nico inmueble queá ó ú ten an en su patrimonio y, por otro lado, la demandada nunca tuvo la verdaderaí intenci n de comprar, sino que sustraer el bien de su patrimonio.ó Indican que, no obstante, la plena conciencia de los hechos se alados, lo queñ constituye una causal m s a la nulidad que se demanda seg n se analiza m sá ú á adelante, se declara un precio ficticio pagado anterior a la celebraci n del contrato,ó dinero que nunca fue pagado, como se acreditar .á En consecuencia, siendo il cita la causa que indujo a lí os demandantes a celebrar la compraventa impugnada, el contrato es nulo de nulidad absoluta de conformidad al art culo 1682, sanci n que solicita sea declarada en autos, siendoí ó suficiente para que ella afecte a la compraventa la sola ilicitud de la causa que motiv la celebraci n del Contrato.ó ó 2) Nulidad de la compraventa por ser absolutamente simulada. Afirman que, el contrato de compraventa celebrado por escritura p blica conú fecha 25 julio de 2023, suscrito ante el Notario
Texto Completo (Preview)
FOJA: 79 .- Setenta y nueve .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-4920-2024 CARATULADO : MARCHANT/GONZ LEZÁ Vi a del Marñ , veintitr s de enero de dos mil veintis isé é Visto: Que con fecha 29 de octubre de 2024, folio 1, comparecen don José Guillermo Gonz lez Lonc n, C.I. N°6.410.610-4, á ó chileno, jubilado, con domicilio en calle Las Lavand
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica