BANCO ITAÚ CHILE S.A./DOBLEVIA PUBLICIDAD LIMITADA
Rol
C-2131-2025
Fecha
16 de enero de 2026
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, a lo principal, comparece Jaime Gabriel Velásquez Navarro, abogado, domiciliados en Compañía 1390, oficina N°2403, Santiago, en representación judicial por mandato, de Banco Itaú Chile, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, con domicilio en Av. Rosario Norte N°660, Las Condes, e interpone demanda ejecutiva en contra de Doblevia Publicidad Limitada, del giro de su denominación, representada legalmente por Angelina Mercedes Covarrubias Arriagada, rut N°9.166.632-4, ignoro su ocupación y en su calidad de aval, fiador y codeudor solidario a Angelina Mercedes Covarrubias Arriagada, ignoro su ocupación, todos con domicilios en cerro Altar N°3829, de Valparaiso y en Las Pimpinelas N°440, Concón, por la suma de $85.053.159.-, más intereses y costas. A folio 13, a lo principal, comparece Angelina Mercedes Covarrubias Arriagada, chilena, factor de comercio, cédula de identidad N°9.166.632-4, domiciliada en calle Santa Lucía 232, oficina 41, Santiago, oponiendo tres excepciones a la ejecución, las contenidas en los N°7, N°11 y N°14 del artículo 464 de Código de Procedimiento Civil, esto es, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado; la concesión de esperas o la prórroga del plazo y la nulidad de la obligación. Código: KKTZBQSZQNZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2131-2025 Foja: 1 A folio 18, el ejecutante evacuó el traslado conferido a folio 17, solicitando el rechazo de las excepciones opuestas, con costas. A folio 20, se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió la causa a prueba, sin que las partes rindieran testimonial. A folio 33, se citó a las partes para oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, a lo principal, comparece Jaime Gabriel Velásquez Navarro, abogado, domiciliados en Compañía 1390, oficina N°2403, Santiago, en representación judicial por mandato, de Banco Itaú Chile, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, con domicilio en Av. Rosario Norte N°660, Las Condes, e interpone demanda ejecutiva en contra de Doblevia Publicidad Limitada, del giro de su denominación, representada legalmente por Angelina Mercedes Covarrubias Arriagada, rut N°9.166.632-4, ignoro su ocupación y en su calidad de aval, fiador y codeudor solidario a Angelina Mercedes Covarrubias Arriagada, ignoro su ocupación, todos con domicilios en cerro Altar N°3829, de Valparaiso y en Las Pimpinelas N°440, Concón, por la suma de $85.053.159.-, más intereses y costas. Funda su demanda, expresando que su representado es dueño del pagaré suscrito con fecha 27 de Noviembre de 2024, por la suma de $90.999.226, por concepto de capital. Indica que el capital adeudado y los intereses se pagarían en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $1.918.873, con vencimiento los días 2 de cada mes, siendo la primera cuota el 2 de Enero de 2025. Expresa que, se pactó en caso de simple retardo o mora en el pago de las cuotas pactadas, que la deudora está obligada a pagar desde el incumplimiento intereses penales equivalentes al Código: KKTZBQSZQNZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2131-2025 Foja: 1 máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, quedando facultado el Banco para hacer exigible la totalidad de la deuda. Alude que el pagaré fue avalado por Angelica Covarrubias Arriagada quien es el codeudor solidario de la suscriptora. Sostiene que el deudor no ha pagado al vencimiento del la cuota de fecha 2 de Junio de 2025, adeudando la suma de $85.053.159, más intereses y costas. Indica que las firmas del suscriptor y aval fueron autorizadas ante notario y que la obligación es líquida, actualmente exigible y su acción no se encuentra prescrita.
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibió la causa a prueba, sin que las partes rindieran testimonial. A folio 33, se citó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, a lo principal, comparece Jaime Gabriel Velásquez Navarro, abogado, domiciliados en Compañía 1390, oficina N°2403, Santiago, en representación judicial por mandato, de Banco Itaú Chile, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, con domicilio en Av. Rosario Norte N°660, Las Condes, e interpone demanda ejecutiva en contra de Doblevia Publicidad Limitada, del giro de su denominación, representada legalmente por Angelina Mercedes Covarrubias Arriagada, rut N°9.166.632-4, ignoro su ocupación y en su calidad de aval, fiador y codeudor solidario a Angelina Mercedes Covarrubias Arriagada, ignoro su ocupación, todos con domicilios en cerro Altar N°3829, de Valparaiso y en Las Pimpinelas N°440, Concón, por la suma de $85.053.159.-, más intereses y costas. Funda su demanda, expresando que su representado es dueño del pagaré suscrito con fecha 27 de Noviembre de 2024, por la suma de $90.999.226, por concepto de capital. Indica que el capital adeudado y los intereses se pagarían en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $1.918.873, con vencimiento los días 2 de cada mes, siendo la primera cuota el 2 de Enero de 2025. Expresa que, se pactó en caso de simple retardo o mora en el pago de las cuotas pactadas, que la deudora está obligada a pagar desde el incumpli
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C-2131-2025 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Valparaíso CAUSA ROL : C-2131-2025 CARATULADO : BANCO ITAÚ CHILE S.A./DOBLEVIA PUBLICIDAD LIMITADA Valparaíso, dieciséis de Enero de dos mil veintiséis. VISTO: A folio 1, a lo principal, comparece Jaime Gabriel Velásquez Navarro, abogado, domiciliados en Compañía 1390, oficina N°2403, Santiago, en representación jud
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