2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MALDONADO/ASEO INDUSTRIAL ROSA QUEZADA MUÑOZ E.I.R.L

Rol

O-8392-2024

Fecha

22 de agosto de 2025

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 63, 67, 71, 161, 162, 163, 168, 172, 173, 420 y siguientes, 507 del Código del Trabajo; SE RESUELVE: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña MIRIAM INÉS MALDONADO SOTO, RUT 10.814.678-8, ya individualizada, en contra de ECO LIMP LIMITADA, RUT 78.954.050-0, representada legalmente por Francisco José Araya Quezada, RUT 9.531.736-7, y asimismo en contra de ASEO INDUSTRIAL ROSA QUEZADA MUÑOZ E.I.R.L., RUT 76.112.291-6, cuyo representante legal es Francisco José Araya Quezada, RUT 9.531.736-7, ya individualizado, en cuanto se declara que entre estas partes existió una relación laboral continua que principió el día 2 de mayo del año 2014 y que terminó injustificadamente el día 30 de agosto del año 2024. Que este despido es injustificado y nulo y que las demandadas deberán pagar a la demandante las siguientes indemnizaciones y prestaciones laborales: 1. indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $589.946. 2. Indemnización por 10 años de servicio, por la suma de $5.899.460. 3. Recargo legal del 50%, por $2.949.730. 4. Feriado legal de 21 días, por la suma de $408.072. 5. Feriado proporcional de 6,5 días, por $126.308. 6. Las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha del despido, ocurrido el día 30 de agosto del año 2024, hasta la convalidación, teniendo como base de cálculo una remuneración de $589.946, siendo de cargo de la trabajadora el pago de las cotizaciones previsionales y de seguridad social que se devenguen durante ese periodo. Y se ordena oficiar a la AFP Provida y AFC Chile, a fin de que inicien el cobro de las cotizaciones impagas de julio y agosto del año 2024. II. Que se acoge la demanda de declaración de unidad económica impetrada por la trabajadora MIRIAM INÉS MALDONADO SOTO, RUT 10.814.678-8, ya individualizada, en contra de los ex empleadores ECO LIMP LIMITADA, RUT 78.954.050-0, representada por Francisco José Araya Quezada, RUT 9.531.736-7, y la

Fallo

SE RESUELVE: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña MIRIAM INÉS MALDONADO SOTO, RUT 10.814.678-8, ya individualizada, en contra de ECO LIMP LIMITADA, RUT 78.954.050-0, representada legalmente por Francisco José Araya Quezada, RUT 9.531.736-7, y asimismo en contra de ASEO INDUSTRIAL ROSA QUEZADA MUÑOZ E.I.R.L., RUT 76.112.291-6, cuyo representante legal es Francisco José Araya Quezada, RUT 9.531.736-7, ya individualizado, en cuanto se declara que entre estas partes existió una relación laboral continua que principió el día 2 de mayo del año 2014 y que terminó injustificadamente el día 30 de agosto del año 2024. Que este despido es injustificado y nulo y que las demandadas deberán pagar a la demandante las siguientes indemnizaciones y prestaciones laborales: 1. indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $589.946. 2. Indemnización por 10 años de servicio, por la suma de $5.899.460. 3. Recargo legal del 50%, por $2.949.730. 4. Feriado legal de 21 días, por la suma de $408.072. 5. Feriado proporcional de 6,5 días, por $126.308. 6. Las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha del despido, ocurrido el día 30 de agosto del año 2024, hasta la convalidación, teniendo como base de cálculo una remuneración de $589.946, siendo de cargo de la trabajadora el pago de las cotizaciones previsionales y de seguridad social que se devenguen durante ese periodo. Y se ordena oficiar a la AFP Provida y AFC Chile, a fin de que inicien el cobro

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 22 DE AGOSTO DE 2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 17 RUC 24-4-0629388-9 RIT O-8392-2024 MAGISTRADA MARITZA VÁSQUEZ DÍAZ ADMINISTRATIVA DE ACTAS ANA MARÍA TORO HORA DE INICIO 12:35 HORAS HORA DE TÉRMINO 14:00 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2440629388-9-1349-250822-00 Nº CUSTODIA ASIGNA

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