3º Juzgado Civil de Temuco

HUENTECOL/

Rol

V-135-2025

Fecha

26 de diciembre de 2025

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 compareci don Eduardo Fern ndez Arriagada, abogadoó á habilitado para el ejercicio de la profesi n, c dula nacional de identidadó é n mero 16.996.585-4, con domicilio en calle Antonio Varas N 989 oficinaú ° 1405 de Temuco, en representaci n como se acreditar de don ó á JOSÉ LORENZO HUENTECOL CAYUPAN, trabajador agr cola, c dulaí é nacional de identidad n mero 6.260.770-K e indic que por estaú ó presentaci n, viene en solicitar nombramiento de un curador de ausentes enó favor de do a ROSEMARY LILIAN MACKAY GONZ LEZ, c dulañ Á é Nacional de Identidad n mero 6.980.311-3, de nacionalidad chilena, ignoraú profesi n u oficio, y sin domicilio conocido ni dentro del pa s ni en eló í extranjero -tal como se expone en el libelo-, en consideraci n de losó siguientes antecedentes de hecho y de derecho que a continuaci n expuso: I.ó LOS HECHOS 1. Su representado comenz a prestar servicios bajoó subordinaci n y dependencia del se or ALFREDO MACKAY CUMMINGó ñ desde el 20 de septiembre de 1988 hasta el 17 de marzo del 2005, fecha esta ltima en que el se or Mackay Cumming muri . 2. Luego de laú ñ ó muerte del se or Mackay Cumming, continu prestando servicios en favorñ ó de la sucesi n de su empleador, en los mismos t rminos que lo hac a antesó é í de su muerte, hasta el 03 de julio del 2024, fecha en que fue despedido verbalmente y sin expresi n de causal. A ra z de lo anterior con fecha 19 deó í agosto de 2024 se interpuso una demanda ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco por Despido injustificado y cobro de prestaciones laborales, RIT O-662-2024, caratulado HUENTECOL/MACKAY . 3.“ ” Código: JPMKBXZHUTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Que, habi ndose presentado dificultades para notificar la causa laboral aé do a ROSEMARY LILIAN MACKAY GONZ LEZ, se tomñ Á ó conocimiento a traves del sitio web del servicio electoral de Chile de que la mencionada registra domicilio electoral fuera

Fundamentos

considerando Quinto resuelve: Quinto: (...) A este respecto es preciso“ indicar que las curatelas de bienes tienen como prop sito proveer de unó administrador al patrimonio del ausente. Enseguida, de acuerdo con lo que dispone el art culo 490 del mismo cuerpo legal, toca a los curadores deí bienes el ejercicio de las acciones y defensas judiciales de sus respectivos representados. La interpretaci n arm nica de ambas normas lleva aó ó concluir que la expresi n acreedor no ha sido exclusivamente empleadaó para designar a la persona que tenga alg n cr dito contra el ausente, sinoú é que tambi n a aquellos terceros que pretendan hacer valer derechos queé puedan afectar o comprometer los bienes del ausente (...) . Finalmente,” debido a que do a ROSEMARY LILIAN MACKAY GONZ LEZ señ Á encuentra ausente de Chile, sin paradero ni domicilio conocido, y no ha nombrado apoderado para representaci n de sus intereses en el pa s, resultaó í procedente la representaci n legal y judicial del Defensor de Ausentes y deó Código: JPMKBXZHUTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 esta manera continuar con la tramitaci n de la causa RIT O-662-2024 deló Juzgado de Letras del Trabajo, por lo que pidi designar curador deó ausentes para do a ROSEMARY LILIAN MACKAY GONZ LEZ, deñ Á acuerdo a las consideraciones expuestas en esta presentaci n, yó especialmente para efectos de ser representada y resguardados sus derechos por dicho curador o defensor. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el peticionario solicita se nombre curador de bienes a do a ROSEMARY LILIAN MACKAY GONZ LEZ, por concurrir losñ Á requisitos legales para ello. SEGUNDO: Que el art culo 473 del C digo Civil se ala que habr lugarí ó ñ á al nombramiento de curador de bienes de una persona ausente, al reunirse las siguientes circunstancias: a) que no se sepa el paradero o que al menos haya dejado de estar en comunicaci n con los suyos y la falta deó comunicaci n origine perjuicio graves el mismo ausente o a terceros y b)ó que no haya constituido procurador, o solo haya constituido para cosas o negocios especiales. TERCERO: Que en primer t rmino en cuanto a la legitimidad activa paraé peticionar la gesti n, el solicitante sostiene su calidad de acreedor, deó manera tal que conforme lo dispuesto en el art culo 474 inciso segundo delí C digo de Procedimiento Civil, ostenta legitimidad activa para la petici n.ó ó CUARTO: Que en cuanto al primer presupuesto de procedencia para esta especial guarda, a saber, que no se sepa el paradero o que al menos haya dejado de estar en comunicaci n con los suyos y la falta de comunicaci nó ó origine perjuicio graves el mismo ausente o a terceros, atendido el claro tenor de la informaci n emanada del Servicio Electoral, mediante Oficioó incorporado a folio 23 en que se informa que do a Rosemary Lilianñ Mackay Gonz lez tiene domicilio en Market Street #18/44 Sydney, Nswá 2000, Sydney, Australia, no cumpli ndose en consecu

Fallo

Fallo Rol N 129-2014, en° su considerando Quinto resuelve: Quinto: (...) A este respecto es preciso“ indicar que las curatelas de bienes tienen como prop sito proveer de unó administrador al patrimonio del ausente. Enseguida, de acuerdo con lo que dispone el art culo 490 del mismo cuerpo legal, toca a los curadores deí bienes el ejercicio de las acciones y defensas judiciales de sus respectivos representados. La interpretaci n arm nica de ambas normas lleva aó ó concluir que la expresi n acreedor no ha sido exclusivamente empleadaó para designar a la persona que tenga alg n cr dito contra el ausente, sinoú é que tambi n a aquellos terceros que pretendan hacer valer derechos queé puedan afectar o comprometer los bienes del ausente (...) . Finalmente,” debido a que do a ROSEMARY LILIAN MACKAY GONZ LEZ señ Á encuentra ausente de Chile, sin paradero ni domicilio conocido, y no ha nombrado apoderado para representaci n de sus intereses en el pa s, resultaó í procedente la representaci n legal y judicial del Defensor de Ausentes y deó Código: JPMKBXZHUTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 esta manera continuar con la tramitaci n de la causa RIT O-662-2024 deló Juzgado de Letras del Trabajo, por lo que pidi designar curador deó ausentes para do a ROSEMARY LILIAN MACKAY GONZ LEZ, deñ Á acuerdo a las consideraciones expuestas en esta presentaci n, yó especialmente para efectos de ser representada y resguardados

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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-135-2025 CARATULADO : HUENTECOL/ Temuco, veintis is de diciembre de dos mil veinticincoé VISTOS: A folio 1 compareci don Eduardo Fern ndez Arriagada, abogadoó á habilitado para el ejercicio de la profesi n, c dula nacional de identidadó é n mero 16.996.585-4, con domicilio en calle Antonio Varas N 989 oficin

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