VILLARROEL/SCOTIABANK CHILE S.A
Rol
C-6842-2025
Fecha
10 de diciembre de 2025
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, a folio 1 comparece H ctor Villarroel Silva, pensionado, domiciliadoé en Brown Norte N 444, comuna de u oa e interpone demanda de declaraci n° Ñ ñ ó de prescripci n extintiva en contra de Banco Scotiabank, continuador legal deó Banco Bilbao Vizcaya Argentaria y Banco Bhif S.A., del giro de su denominaci n,ó representada por su Gerente General Diego Patricio Masola, ambos domiciliados en Av. Costanera Sur 2710, Torre A, Las Condes. Se se ala que con fecha 27 de septiembre de 1974, ante el notario deñ Santiago Luis Contreras Delgado, suscribi mediante escritura p blica y con laó ú Asociaci n de Ahorro y Pr stamo un contrato de mutuo hipotecario por la sumaó é de E 20.400.000 (equivalentes en pesos a $20.400), pagaderos en un plazo de 25° a os, con un inter s anual del 10%.ñ é Seguidamente, expresa que con fecha 30 de enero de 1981, las partes suscribieron un contrato privado de repactaci n y liquidaci n, protocolizado en laó ó notar a de Eduardo Avello Arellano. En dicho instrumento se dej constancia queí ó el mutuo ascend a, al 1 de enero de 1981, a $994.526, equivalentes a 900,41í ° Unidades de Fomento, oblig ndose la compareciente a pagar la deuda en 225á mensualidades anticipadas y sucesivas, con un inter s del 8% anual.é Código: XHFKBMUXGYN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6842-2025 Foja: 1 A continuaci n, indica que con fecha 30 de septiembre de 1983 las partesó celebraron un convenio de reprogramaci n por un total de 353,33 Unidades deó Fomento. Del mismo modo, manifiesta que las partes declararon no novar sus relaciones jur dicas, manteni ndose plenamente vigente la escritura de fecha 27 deí é septiembre de 1974. Seg n dicha escritura, en garant a del pago del capital,ú í dividendos, intereses, reajustes, primas de seguros y cualquier otra cantidad, qued especialmente constituida primera hipoteca en favor de la Asociaci n o deó ó los cesionarios del cr dito sobre el inmueble
Fundamentos
considerando que han transcurrido m s de 30 a os desde la ejecuci n y queá ñ ó adem s esta parte ejerci su derecho a solicitar el abandono del procedimiento, elá ó cual fue debidamente acogido. Por lo que en definitiva y previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda de prescripci n en juicio ordinario de menor cuant a en contra deló í Banco Scotianbank, continuador legal de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria y Banco Bhif S.A del giro de su denominaci n, representada por su Gerenteó General Diego Patricio Masola, ambos ya individualizados, admitirla a tramitaci n, declarando, en definitiva:ó Código: XHFKBMUXGYN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6842-2025 Foja: 1 1.- Prescritas la acci n de cobro por cr dito hipotecarios, vencidas desde eneroó é 1994 hasta la ltima del mismo, lo que equivale a la cantidad de 1329, 78 UF,ú equivalente al d a 30 de diciembre de 1994 a la cantidad de $15.333.613 m sí á intereses y costas. 2.- Alzar las hipotecas y Prohibici n de gravar y enajenar que recae sobre laó propiedad ya singularizada. 3.- Que se condena en costas a la demandada. Que, con fecha 28 de julio del a o 2025, consta notificaci n deñ ó conformidad con lo dispuesto en el art culo 44, inciso 2 del C digo deí ° ó Procedimiento Civil a Banco Scotiabank, representada por Diego Patricio Masola. Que, con fecha 21 de agosto del a o 2025 comparece Karen Paternosterñ Oyarzo en representaci n de Scotiabank Chile, quien contesta la demanda y seó allana a la acci n intentada a efectos que en definitiva se declare, conforme a loó pedido en el petitorio del libelo entablado, la prescripci n de la acci n ejecutivaó ó emanada del contrato de mutuo antes mencionado. Que, con fecha 3 de diciembre del a o 2025, se cita a las partes o rñ í sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, habi ndose notificado legalmente la demanda, esteé comparece al proceso. SEGUNDO: Que atendido lo dispuesto en el art culo 1698 del C digoí ó Civil la prueba de la existencia de las obligaciones o de su extinci n correspondeó a quienes las alegan. Que, a fin de dar sustento a la acci n impetrada, la demandanteó acompa , sin ser objetados de contrario: ñó 1. Copia simple inscripci n de dominio vigente propiedad.ó 2. Certificado de Grav menes e Hipotecas.á 3. Copia simple de sentencia que declara abandono del procedimiento en autos caratulados Banco BHIF con Villarroel, causa Rol N C-648-1995,“ ° tramitada ante el 26 Juzgado Civil de Santiago.° TERCERO: Que el art culo 2514 del C digo Civil dispone que laí ó prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente ciertoó lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, cont ndoseá este tiempo desde que la obligaci n se hizo exigible.ó A su vez, el inciso primero del art culo 2515 del mismo cuerpo legal agregaí Este tiempo es en general de tres a os para las acciones ejecutivas y de cinco“ ñ para las ordinarias .” Código:
Fallo
se declara:ó I. Que, se acoge la demanda interpuesta con de folio 1, declar ndoseá en consecuencia que la acci n de cobro por cr dito hipotecarios, vencidas desdeó é enero 1994 hasta la ltima del mismo, lo que equivale a la cantidad de 1329, 78ú UF, equivalente al d a 30 de diciembre de 1994 a la cantidad de $15.333.613 m sí á intereses y costas, se encuentran prescritas, una vez que el presente fallo se encuentre firme y ejecutoriado. II. Que, se ordena el alzamiento de las hipotecas inscritas a fojas 10327 Nro. 12564 del A o 1974 por 20.400.000 Escudos en favor de Asociaci n deñ ó Ahorro y Pr stamo Renovaci n. Cedida al Banco Hipotecario Internacionalé ó Financiero, hipoteca inscrita a Fs. 5613 Nro. 2649 del A o 1992 para garantizarñ al acreedor el cumplimiento de las obligaciones que contraiga actualmente o en el futuro en favor de Banco Bhif, una vez que el presente fallo se encuentre firme y ejecutoriado. III. Que, se ordena el alzamiento de la Prohibici n de enajenar inscritaó a fojas 8240 Nro. 15464 del A o 1974 de enajenar, gravar y arrendar sinñ autorizaci n del acreedor o del cesionario del cr dito, en favor de Asociaci n deó é ó Ahorro y Pr stamo Renovaci n. Cedido al Banco Hipotecario Internacionalé ó Financiero, prohibici n: a Fs. 8240 Nro. 15465 del A o 1974 legal de celebraró ñ promesas de compraventas o actos que importen la enajenaci n o gravamen antesó de 5 a os salvo autorizaci n del acreedor. en favor de Asociaci n de Ahorro yñ ó ó Pr stamo Renovaci n. C
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C-6842-2025 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6842-2025 CARATULADO : VILLARROEL/SCOTIABANK CHILE S.A Santiago, diez de diciembre de dos mil veinticinco VISTOS: Que, a folio 1 comparece H ctor Villarroel Silva, pensionado, domiciliadoé en Brown Norte N 444, comuna de u oa e interpone demanda de declaraci n° Ñ ñ ó de prescripc
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