HAPAG LLOYD CHILE SPA./SANDOVAL BALLADARES LIMITADA
Rol
C-11006-2025
Fecha
5 de diciembre de 2025
Materia
ARRENDAMIENTO,DESAHUCIO CONTRATO BIENES RAÍCES URBANOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 5 de agosto de 2025, a folio 1, comparece el abogado Crist bal Jos Valenzuela Gonz lez, en representaci n de la sociedadó é á ó chilena Hapag Lloyd Chile SpA., del giro agenciamiento mar timo, Rolí nico Tributario n mero 76.380.217-5, ambos con domicilio para estosÚ ú efectos en Cerro El Plomo 5260, Edificio Nueva C rdova, oficina 902, Lasó Condes; quien viene en demandar el desahucio y la restituci n del inmuebleó a la sociedad Sandoval Balladares Limitada, representada por Luis Antonio Sandoval Montecinos, comerciante, y don Luis Alejandro Sandoval Balladares, administrador de empresas, todos domiciliados en calle José Arrieta N 7.340, comuna de La Reina, Regi n Metropolitana, por lasº ó razones de hecho y de derecho que expone. Se ala que su representada por instrumento privado de fecha 1 deñ noviembre de 2024 dio en arrendamiento a la demandada el Local Comercial con acceso por calle Jos Arrieta N 7.336, comuna de La Reina,é º Regi n Metropolitana, estableci ndose el pago de una renta mensual deó é $380.000 que ser an cancelados por mensualidades anticipadas dentro los 5í primeros d as de cada mes, mediante dep sito en la cuenta corriente delí ó Arrendador N 109462047 del Banco de Chile a nombre de Hapag Lloyd° Chile SpA. Expresa que el arrendamiento se pact en la cl usula cuarta deló á contrato por el t rmino de un a o a contar del 1 de noviembre de 2024,é ñ con vencimiento el d a 31 de octubre de 2025, acord ndose que el contratoí á se renovar a autom ticamente por per odos iguales y sucesivos de un a o, sií á í ñ ninguna de las partes manifiesta su decisi n de ponerle t rmino poró é notificaci n escrita, por carta certificada notarial, dirigida al domicilioó se alado en la comparecencia, practicada con una anticipaci n de 30 d asñ ó í corridos, a lo menos, del t rmino del respectivo per odo. é í Código: SKRSBLZXMXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Manifiest
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: SKRSBLZXMXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 PRIMERO: Con fecha 5 de agosto de 2025, a folio 1, comparece el abogado Crist bal Jos Valenzuela Gonz lez, en representaci n de laó é á ó sociedad chilena Hapag Lloyd Chile SpA, quien viene en demandar el desahucio y restituci n del inmueble a la sociedad Sandoval Balladaresó Limitada, representada por Luis Antonio Sandoval Montecinos, comerciante y don Luis Alejandro Sandoval Balladares, en raz n de los hechos yó fundamentos de derecho rese ados en la parte expositiva de este fallo.ñ SEGUNDO: Que, habiendo contestado la demanda a folio 14, solicita su rechazo con costas, en raz n de los hechos y fundamentos deó derecho rese ados en la parte expositiva de este fallo.ñ TERCERO: Que la parte demandante acompa a folio 1, losñó siguientes documentos: a) Copia del contrato de arrendamiento de fecha 1 de noviembre de 2024, suscrito entre las partes, que da cuenta de lo siguiente: - En la cl usulaá primera se ala que la arrendadora es due a de lañ ñ propiedad ubicada en calle Jacinto Chac n V. n mero 7.336, queó ú corresponde al sitio n mero 3 de la manzana A-A del plano respectivo,ú “ ” comuna de La Reina, Regi n Metropolitana, inmueble que consta de 3ó locales comerciales con acceso por calle Jos Arrieta n meros 7336, 7338 yé ú 7340, y ste ltimo consta de una casa habitaci n. é ú ó -En la cl usulaá segunda se ala que el arrendador da enñ arrendamiento a al arrendatario, el Local Comercial con acceso por calle Jos Arrieta N 7336, comuna de La Reina, Regi n Metropolitana.é ° ó - En la cl usula cuarta se estipula que el arrendamiento empezar aá á regir el d a í 1 de noviembre de 2024, y tendr una duraci n de un a o, esá ó ñ decir hasta el 31 de octubre de 2025, el que se renovar autom ticamenteá á por periodos iguales y sucesivos de un a o, si ninguna de las partesñ manifiesta su decisi n de ponerle t rmino por notificaci n escrita, por cartaó é ó certificada notarial, practicada con una anticipaci n de 30 d as corridos, aó í lo menos, del t rmino del respectivo periodo.é La arrendadora podr en todo caso poner á t rmino al contrato dandoé aviso o notificaci n escrita por carta certificada, practicada con unaó anticipaci n de 60 d as corridos, a lo menos.ó í Código: SKRSBLZXMXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 -En la cl usula d cimo tercera, se establece que en el evento de que elá é arrendatario no restituyere la propiedad en la fecha de t rmino delé arrendamiento, ya se trate del periodo original o de cualquiera de sus pr rrogas, continuar obligado a pagar mensualmente la sumaó á correspondiente a la renta convenida hasta que efect e la restituci n delú ó inmueble, sin perjuicio de que deber pagar, adem s a t tulo de multa, unaá á í cantidad equivalente al 50% de la referida suma. En consecuencia, el Arrendatario que no re
Fallo
se declara: Código: SKRSBLZXMXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 I.- Que se hace lugar a la demanda de folio 1, s lo en cuanto seó declara terminado el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes con fecha 31 de julio de 2025. II.- Que la demandada deber restituir el inmueble arrendado dentroá de tercero d a que el fallo cause ejecutoria, pagando las rentas y gastos porí servicios comunes que sean de su cargo, hasta la restituci n efectiva de laó propiedad. III.- Que se condena en costas a la parte demandada. Reg strese y notif quese.í í Pronunciada por Mar a Soledad Jorquera Binner, Juez Titular delí Quinto Juzgado Civil de Santiago. - Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, cinco de diciembre de dos mil veinticinco. Código: SKRSBLZXMXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-12-05T13:44:00-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11006-2025 CARATULADO : HAPAG LLOYD CHILE SPA./SANDOVAL BALLADARES LIMITADA Santiago, cinco de diciembre de dos mil veinticinco VISTOS: Con fecha 5 de agosto de 2025, a folio 1, comparece el abogado Crist bal Jos Valenzuela Gonz lez, en representaci n de la sociedadó é á ó chilena Hapag Lloyd Chile
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