SOCIEDAD GRUAS LTDA./SOCIEDAD MILIVAL INGENIERIA INDUSTRIAL LIMITADA
Rol
C-2402-2024
Fecha
4 de diciembre de 2025
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En el folio 1, la abogada Paola Belén Filoza Barría, en representación judicial de SOCIEDAD GRÚAS LINAHUA LIMITADA, del giro de su denominación, todos domiciliados en Augusta Schwerter 2161, Puerto Varas, interpuso demanda ordinaria de cobro de pesos en procedimiento ordinario de menor cuantía en contra de SOCIEDAD MILIVAL INGENIERÍA INDUSTRIAL LIMITADA, sociedad del giro su denominación, representada legalmente por José Fernando Ili Muñoz, Ingeniero Mecánico, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Ecuador 2886, Valdivia, a fin de que se declare que la demandada adeuda a su representada la suma de $16.796.850, en base los siguientes argumentos: El año 2022 su representada fue contratada por la demandada Milival para la prestación de diversos servicios, arriendo de grúas, traslado y montaje de equipos, conforme se detalla en órdenes de compra emitidas y emitiendo las respectivas facturas luego de prestar dichos servicios, conforme al siguiente detalle: 1.- Servicio de grúa para izaje de equipos en planta Fiordo Austral, detalle indicado en orden de compra 37728, conforme a la cual el valor neto ascendía a $4.755.000 más IVA por $903.450, ascendiendo a un total de $5.658.450. Producto de ello se emitió factura electrónica N°1846. 2.- Servicio de rampla para movimientos internos en planta Fiordo Austral, detalle indicado orden de compra 37742, conforme a la cual el valor neto ascendía a $160.000 más IVA por $30.400, ascendiendo a un total de $190.400. Producto de ello se emitió factura electrónica N°1847. 3.- Servicios de grúas para izaje y movimientos internos de equipos en planta Fiordo Austral, detalle indicado en órdenes de compra 37826, 37836 y 37844, conforme a las cuales el valor neto ascendía a $9.200.000 más IVA por $1.748.000, ascendiendo a un total de $10.948.000. Producto de ello se emitió factura electrónica N°1859. Sostuvo que los servicios solicitados por la demandada fueron debidamente prestados, habiéndose emitido el correspondien
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la demanda de cobro de pesos tiene por objeto obtener la condena de la parte demandada al pago de una obligación de dinero preexistente. La presente controversia tiene por objeto dilucidar si la demandada Sociedad Milival Ingeniería Industrial Limitada tiene la obligación de pagar a la demandante Sociedad Grúas Linahua Limitada, la cantidad de $16.796.850 que se habría obligado a pagar a cambio de la prestación de distintos servicios, de los que darían cuenta tres facturas. SEGUNDO: Notificada la demanda en forma legal, la demandada nada expuso en relación a sus derechos, teniéndose por contestada la demanda en su rebeldía y, por lo mismo, por controvertidos todos los hechos expuestos en el libelo, lo que obliga a la actora, conforme a las reglas del onus probandi, que emanan del artículo 1698 del Código Civil, a acreditar la obligación demandada en autos, y a la demandada, eventualmente, a acreditar la extinción de la misma. Código: JFGTBLWSNBW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Se fijaron como hechos a probar: 1.- Existencia y origen de la deuda cobrada en autos. Términos y plazos para pago. 2.- En su caso, si la deuda fue solucionada. CUARTO: Para efectos de acreditar su pretensión, la parte demandante rindió la siguiente prueba: Documenta l, acompañada en forma legal y no objetada, que consta en los folios 1 y 28, consistente en: 1.- Factura Electrónica N°1846 emitida el 28 de abril de 2022 por Sociedad Grúas Linahua Limitada a Soc Milival Ingeniería Industrial Limitada, por un total de $5.658.450, en cuya descripción se lee “Servicio de grúa para izaje de equipos en Planta Fiordo Austral en Puerto Montt, según: Reports adjuntos, Orden de compra N°37728 y Presupuesto N°2349/2022”. 2.- Factura Electrónica N°1847 emitida el 28 de abril de 2022 por Sociedad Grúas Linahua Limitada a Soc Milival Ingeniería Industrial Limitada, por un total de $190.400, en cuya descripción se lee “Servicio de rampla para movimientos internos en Planta Fierdo Austral, en Puerto Montt, según Orden de compra N°37742”. 3.- Factura Electrónica N°1859 emitida el 16 de mayo de 2022 por Sociedad Grúas Linahua Limitada a Soc Milival Ingeniería Industrial Limitada, por un total de $10.948.000, en cuya descripción se lee “- Servicio de grua para izaje y movimientos internos de equipos en Planta Fiordo Austral en Pto Montt, el 5/5/22, según: reports adjuntos, OC 37.826 y Ppto. N°2349/2022”; y “Servicio de grua para izaje y movimientos internos de equipos en Planta Fiordo Austral en Pto Montt, el 9/5/22, segun: reports adjuntos, OC 37.844, y Ppto. N°2349/2022”. Documental, acompañada en forma legal y no objetada, que consta en el folio 28, consistente en: 1.- Orden de Compra N°37.728 emitida por Milival Ingeniería Ltda. el 13 de abril de 2022 al proveedor Sociedad Grúas Linahua Ltda., suscrita por Producción, Finazas y Generencia, en cuya descripción se lee “Servicio d
Fallo
Por estas consideraciones y según lo dispuesto en los artículos 144, 160, 170, 341, 346 del Código de Procedimiento Civil; 1437, 1448, 1545, 1698, 1702, 2196, 2197 y 2515 y siguientes del Código Civil; artículo 160 del Código de Comercio; Ley N°18.010; y Ley N°19.983, se declara: Que, SE ACOGE la demanda, en consecuencia, se condena a la demandada Sociedad Milival Ingeniería Industrial Limitada a pagar a la demandante Sociedad Grúas Linahua Limitada, la suma de $16.796.850.- (dieciséis millones setecientos noventa y seis mil ochocientos cincuenta pesos), más los intereses calculados en la forma establecida en el considerando duodécimo, con costas. Anótese, regístrese y notifíquese por cédula a las partes. Rol C-2402-2024. Sentencia dictada por Marcela Alejandra Robles Sanguinetti, Jueza Titular del Segundo Juzgado Civil de Valdivia. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valdivia, cuatro de diciembre de dos mil veinticinco. Código: JFGTBLWSNBW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-12-04T16:14:12-0300
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : C-2402-2024 CARATULADO : SOCIEDAD GRUAS LTDA./SOCIEDAD MILIVAL INGENIERIA INDUSTRIAL LIMITADA Valdivia, cuatro de diciembre de dos mil veinticinco. VISTOS: En el folio 1, la abogada Paola Belén Filoza Barría, en representación judicial de SOCIEDAD GRÚAS LINAHUA LIMITADA, del giro de su denominación, todos domicilia
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