2º Juzgado Civil de Valdivia

RODRÍGUEZ/SEPÚLVEDA

Rol

C-2328-2025

Fecha

28 de noviembre de 2025

Materia

ARRENDAMIENTO,DESAHUCIO CONTRATO BIENES RAÍCES URBANOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: En el folio 1, comparece don Kurt Germán Borneck Gutiérrez, abogado, domiciliado en calle San Carlos N°171, oficina 313, Edificio Río Calle-Calle, comuna de Valdivia, en representación convencional de don RICHARD HENRY RODRÍGUEZ VALERIO, conductor profesional, domiciliado, para estos efectos, en calle San Carlos N°171, oficina 313, Edificio Río Calle-Calle, comuna de Valdivia, e interpone demanda de desahucio de contrato de arrendamiento en contra del arrendatario don RUBÉN ARNOLDO SEPÚLVEDA LARA, ignora profesión u oficio, domiciliado en pasaje Santa Julia Nº717, comuna de Valdivia, solicitando se acoja a tramitación y en definitiva se declare desahuciado el contrato de arrendamiento, disponiendo la restitución de la propiedad arrendada dentro del plazo legal, bajo apercibimiento de ser lanzado con auxilio de la fuerza pública, con costas. Funda su demanda en que su representado con fecha 24 de noviembre del año 2000, contrajo matrimonio con doña Claudia Alejandra Gutiérrez Bórquez, vínculo inscrito en el Servicio de Registro Civil con el Nº553 del año 2000, circunscripción Valdivia, bajo el régimen de sociedad conyugal. Manifiesta que, por sentencia firme y ejecutoriada del Juzgado de Familia de Valdivia, de fecha 01 de junio de 2023, RIT C-642-2023, se declaró el divorcio de su representado con la Sra. Gutiérrez, quedando vigente la sociedad conyugal. Indica que su representado como administrador de los bienes de la sociedad conyugal y propietario del inmueble objeto de la presente pretensión, en el año 2013 confirió mandato consensual a la Sra. Gutiérrez para que se hiciera cargo de su arrendamiento, con el fin de que ésta perciba los frutos civiles de la propiedad. En cuanto al contrato de arrendamiento, con fecha 12 de octubre de 2018, se celebró por instrumento privado, cuyo documento tanto su parte como la contraria no tiene respaldo físico; en donde la Sra. Gutiérrez entregó en arriendo el inmueble ubicado en pasaje Santa Julia Nº717, comuna de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don Richard Henry Rodríguez Valerio, e interpone demanda de desahucio de contrato de arrendamiento en contra de don Rubén Arnoldo Sepúlveda Lara, solicitando se declare terminado el contrato de arrendamiento, disponiendo la restitución de la propiedad arrendada dentro del plazo legal, bajo apercibimiento de ser lanzado con auxilio de la fuerza pública, con costas. SEGUNDO: Legalmente notificado, el demandado contestó la acción interpuesta extemporáneamente. TERCERO: Con el propósito de acreditar su pretensión, el demandante rindió la siguiente prueba: Documental: a) Certificado de dominio vigente, de la propiedad inscrita a fojas 1238 vuelta, número 1405, del Registro de Propiedad del año 2007 del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia (folio N°1) b) Certificado de matrimonio contraído entre don Richard Henry Rodríguez Valerio y doña Claudia Alejandra Gutiérrez Bórquez, con subinscripción Código: CLFKBKLXNBZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de divorcio, emitido el 25 de septiembre de 2025, por el Servicio de Registro Civil (folio N°1). c) Certificado de nacimiento de doña Sofía Valentina Ávila Gutiérrez, R.U.N. 20.314.610-8, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación (folio N°7). Confesional: En el folio 13, se rindió la prueba confesional del demandado don Rubén Arnoldo Sepúlveda Lara, quien se presentó a declarar procediendo a abrirse el sobre de posiciones, diligencia en virtud de la cual declara que desde el año 2017 que arrienda el inmueble ubicado en pasaje Santa Julia N°717, comuna de Valdivia, dicho contrato de arrendamiento lo celebró de manera escrita con doña Claudia Alejandra Gutiérrez Bórquez. Agrega que el contrato respectivo siempre lo ha tenido. Finalmente declara que es efectivo que la renta de arrendamiento es pagada en la cuenta Rut de la hija de la arrendataria, de nombre Sofia Valentina Ávila Gutiérrez. Testimonial: En el folio 14, rindió prueba testimonial consistente en la declaración de la testigo Claudia Alejandra Gutiérrez Bórquez, quien previamente juramentada y legalmente examinada, en lo pertinente expuso: Ella nunca ha puesto fin al contrato, el demandante es su esposo y él le comentó que las personas que estaban arrendando no querían entregar la casa y dijo que no tenían contrato, pero sí tienen un contrato del año 2020. Anterior a eso tenían un contrato con la esposa de él desde el año 2017. Añade que ella es la arrendadora y con su expareja Richard Rodríguez Valerio compraron ese inmueble hace 20 años aproximadamente cuando estaban casados bajo el régimen de sociedad conyugal y luego se separaron hace tres años aproximadamente. Manifiesta que le arrendó ese inmueble a doña Yessenia Pino desde el año 2017 hasta el año 2020 aproximadamente, luego desde el año 2020 hasta ahora a don Rubén Sepúlveda quien es a su vez cónyuge de doña Yessenia Pino. Finalmente declara que la vivienda está ubic

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 1545, 1698, 1951 del Código Civil; 160 y 170 del Código de Procedimiento Civil, y lo preceptuado en la Ley 18.101, se declara que: I. Que, se acoge, la demanda de desahucio de contrato de arrendamiento, en cuanto se declara que el inmueble ubicado en pasaje Santa Julia N°717, de la comuna de Valdivia, deberá restituirse por el demandado el día 10 de abril de 2026. II. Que, no se condena en costas a la parte vencida por estimar que tuvo motivo para litigar. Regístrese, notifíquese por cédula y archívese en su oportunidad. Rol C-2328-2025. Código: CLFKBKLXNBZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por Marcela Alejandra Robles Sanguinetti, Jueza titular del Segundo Juzgado Civil de Valdivia. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valdivia, veintiocho de noviembre de dos mil veinticinco Código: CLFKBKLXNBZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-11-28T12:27:24-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : C-2328-2025 CARATULADO : RODRÍGUEZ/SEPÚLVEDA Valdivia, veintiocho de noviembre de dos mil veinticinco Vistos: En el folio 1, comparece don Kurt Germán Borneck Gutiérrez, abogado, domiciliado en calle San Carlos N°171, oficina 313, Edificio Río Calle-Calle, comuna de Valdivia, en representación convencional de don RI

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