LATSAGUE/ENAP REFINERÍAS S.A.
Rol
C-402-2023
Fecha
7 de noviembre de 2025
Materia
MINAS, PROCED. SUMARÍSIMO ART.234 C. MINERA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Con fecha 28 de agosto de 2023, comparece RODRIGO ANDR S DUR NÉ Á ARANEDA, abogado, domiciliado en Avenida Autopista Concepci n Talcahuano 8696ó oficina 606 de Hualp n, en representaci n convencional seg n se acreditar de doné ó ú á CHRISTI N ALEJANDRO LATSAGUE HICKMANN, c dula deÁ é identidad 9.329.389-4, empresario, con domicilio en calle Apolonio Ben tez n mero 1343, Parqueí ú Residencial Miramar, comuna de San Pedro de la Paz, quien interpone demanda en procedimiento sumar simo de miner a en contra de ENAP REFINERIAS S.A., rutí í ́ 87.756.500-9, persona jur dica del giro de refiner a de petr leo, representada por suí í ó Gerente General Sr. Julio Friedmann Encina, ingeniero civil, o por quien lo subrogue, reemplace o suceda legalmente en el cargo, ambos con domicilio en Camino a Lenga n mero 2001, comuna de Hualp n, a fin de que se declare el establecimiento delú é derecho real de servidumbre necesaria para las tuber as tendidas en el inmueble deí propiedad de su mandante, ubicado en la comuna de Quill n, con costas. En el primeró otros , deduce demanda de indemnizaci n de perjuicios contra la misma empresa, en elí ó mismo procedimiento, ya que se ve impedido de desarrollar el rubro inmobiliario en el predio, pidiendo el resarcimiento del da o emergente y lucro cesante, con costas.ñ Con fecha 31 de enero de 2024, como consta a folio 32, se notific la demandaó personalmente a RODRIGO VIVALLOS SANCHEZ, gerente, en representaci n deó ENAP REFINERIAS S.A. El 6 de febrero de 2024 se llev a efecto comparendo de contestaci n y prueba.ó ó La demandada contest en los t rminos de la minuta que rola a folio 27, quedando laó é audiencia suspendida para que la demandante evacue el traslado de las excepciones opuestas por la demandada. Dicha audiencia continu los d as 24 de julio de 2025 y 18ó í de agosto de 2025. Con fecha 17 de octubre de 2025 se cit a las partes a o r sentenciaó í CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: CBXMBXXTLWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 PRIMERO: Que con fecha 28 de agosto de 2023, comparece RODRIGO ANDR SÉ DUR N ARANEDA, abogado, en representaci n convencional de don CHRISTI NÁ ó Á ALEJANDRO LATSAGUE HICKMANN, c dula de identidad 9.329.389-4, quien en loé principal interpone demanda en procedimiento sumar simo de miner a en contra deí í ENAP REFINERIAS S.A., rut 87.756.500-9, representada por su Gerente General Sr.́ Julio Friedmann Encina, ya individualizados. Argumenta que su representado es due o de dos terrenos ubicados en la comunañ de Quill n, denominados Lote D4-22 y Lote D4-25 respectivamente. El Lote D4-22ó tiene una superficie de 1,65 hect reas, y est inscrito a fojas 1682; n mero 1293 delá á ú Registro de Propiedad del a o 2000 en el Conservador de Bienes ra ces de la comuna deñ í Bulnes. Su Rol de Aval o fiscal, para el pago de contribuciones, es el n mero 01090-ú ú 00256. Por su parte, el Lote D4-25 tiene una superficie de 1 hect rea, se encuentraá inscrito a fojas 1683; n mero 1294 del Registro de Propiedad del a o 2000 en elú ñ Conservador de Bienes ra ces de la comuna de Bulnes y su Rol de Aval o fiscal, para elí ú pago de contribuciones, es el n meroú 01090-00253. Ambos lotes provienen de la subdivisi n del inmueble denominado Loteó D4, de 13,71 hect reas, resultante a su vez de la subdivisi n de una parte del antiguoá ó Fundo San Vicente o Cerrillos, de la comuna de Quill n. Estos predios son atravesadosó por una servidumbre de oleoducto de facto, que est en beneficio de la demandada. Estaá servidumbre de hecho est dispuesta para llevar hidrocarburos desde la comuna deá Talcahuano hasta la refiner a de la comuna de San Fernando. La modalidad de laí servidumbre es de ejercicio nica de car cter permanente, teniendo un car cter deú á á servidumbre, perpetua, continua e inaparente. La misma no ha sido constituida. Cita los art culos 19 n 24 inciso 7 de la Constituci n Pol tica, 121 del C digoí ° ° ó í ó de Miner a, y 8 del DFL n 1 de Miner a, norma esta ltima que establece la plenaí ° ° í ú aplicaci n de las servidumbres reguladas por el C digo de Miner a a efectos de facilitaró ó í las labores de industrializaci n, transporte, almacenamiento y refinaci n deó ó hidrocarburos, cuyo es el caso de ENAP y su refiner a B o-Bio. í í Esta servidumbre de hecho afecta a los inmuebles sirvientes, al cruzar subterr neamente el oleoducto por 265,7 metros de largo, en una franja de seguridad deá 10 metros de ancho sobre la tuber a. Tambi n se debe regularizar una servidumbre deí é tr nsito para la mantenci n de las tuber as por parte de ENAP REFINER AS S.A. Laá ó í Í superficie afectada es de 2.657,18 metros cuadrados. Pide, en definitiva, conforme los art culos 120, 234 y 235 del C digo de Miner a, se declare: que se regula legalmente elí ó í ejercicio de las servidumbres necesarias por las tuber as tendidas en el inmueble yaí singula
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se rechaza en todas sus partes la demanda deducida por don CHRISTI N ALEJANDRO LATSAGUE HICKMANN, c dula de identidadÁ é 9.329.389-4, empresario, con domicilio en calle Apolonio Ben tez n mero 1343, Parqueí ú Residencial Miramar, comuna de San Pedro de la Paz, en contra de ENAP REFINERIAS S.A., rut 87.756.500-9, persona jur dica del giro de refiner a de petr leo,í í ó́ con domicilio en Camino a Lenga n mero 2001, comuna de Hualp n.ú é II.- Que, se condena en costas a la demandante. Reg strese, notif quese, y arch vese.í í í ROL N C-402-2023° Código: CBXMBXXTLWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Pronunciada por don Daniel Jer nimo Valenzuela Castilloó , Juez destinado del Juzgado de Letras y Garant a de Bulnesí Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Bulnes, siete de noviembre de dos mil veinticinco Código: CBXMBXXTLWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-11-07T16:26:18-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 72 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Bulnes CAUSA ROL : C-402-2023 CARATULADO : LATSAGUE/ENAP REFINER AS S.A.Í Bulnes, siete de noviembre de dos mil veinticinco VISTOS Con fecha 28 de agosto de 2023, comparece RODRIGO ANDR S DUR NÉ Á ARANEDA, abogado, domiciliado en Avenida Autopista Concepci n Talcahuano 8696ó oficina 606 de Hualp n, en repr
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