6º Juzgado Civil de Santiago

GIL/MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ

Rol

C-9265-2025

Fecha

7 de noviembre de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, a fojas 1, comparece Teresa del Carmen Gil Gonz lezá , pensionada, domiciliada en Pasaje Andr meda N 2898, departamento 32, comuna de Maip , e interponeó ° ú demanda de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseo municipaló ó en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, persona jur dica de derecho p blico,í ú representada legalmente por su alcalde Tom s Vodanovic Escuderoá , ambos domiciliados en Avenida Cinco de Abril N 0260, comuna de Maip .° ú Fundamenta su presentaci n, se alando que es due a del inmueble ubicado en Pasajeó ñ ñ Andr meda N 2898, departamento 32, comuna de Maip , y que respecto de laó ° ú propiedad existir an derechos de aseo pendientes de pago, desde el 30 de abril de 2001í al 30 de noviembre de 2024, seg n consta en el documento denominado Estado deú “ Cuenta de Aseo Domiciliario , que ofrece, y que de acuerdo a dicho documento, el” per odo que abarca desde el 30 de abril de 2001 al 30 de junio de 2020, se encontrar aí í prescrito por haber transcurrido el plazo se alado en la ley.ñ En cuanto al derecho, cita los art culos 2493, 2514 y 2515 del C digo Civil.í ó Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda en procedimiento ordinario, de declaraci n de prescripci n extintiva, en contra de la Ilustre Municipalidad de Maip ,ó ó ú y en definitiva declarar la prescripci n extintiva de las acciones de cobro de derechos deó aseo municipal impagos, m s sus respectivos reajustes, intereses y eventuales multas,á respecto de la propiedad ubicada en Pasaje Andr meda N 2898, departamento 32,ó ° comuna de Maip , correspondiente al per odo comprendido entre el 30 de abril de 2001ú í al 30 de junio de 2020, ascendentes a la suma de $368.183, o lo que el Tribunal determine conforme a derecho. Código: XZBNBXWJTYH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9265-2025 Foja: 1 Que, con fecha 8 de agosto de 2025, rola notificaci n a la entidad demandada,

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a fin de acreditar la efectividad de que las acciones emanadas de la deuda correspondiente a derechos de aseo municipal respecto del domicilio ubicado en Pasaje Andr meda N 2898, departamento 32, comuna de Maip , consta en autos eló ° ú certificado emitido por la Ilustre Municipalidad de Maip , que da cuenta de sumasú adeudadas entre el 30 de abril de 2001 al 30 de noviembre de 2024, ambos inclusive. SEGUNDO: Que el art culo 2.514 del C digo Civil dispone que la prescripci n queí ó ó extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, cont ndose este tiempo desde que laá obligaci n se hizo exigible.ó TERCERO: Que por su parte el art culo 2.521 del mencionado cuerpo legal se ala queí ñ prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. CUARTO: Que es posible se alar que para que resulte procedente declarar lañ prescripci n de las acciones y derechos en comento, es necesario que hayan transcurridoó los plazos que establece la ley desde que se hizo exigible la obligaci n y que el titular deó aquellos no los haya ejercido manteni ndose inactivo a su respecto.é QUINTO: Que en cuanto a los per odos correspondientes a las deudas por concepto deí derechos de aseo municipal devengadas entre el 30 de abril de 2001 al 30 de junio de 2020, ambos inclusive, es posible colegir que sus acciones para el cobro se encuentran indefectiblemente prescritas, por cuanto han transcurrido m s de tres a os desde la fechaá ñ de vencimiento de las cuotas adeudadas y la notificaci n de la demanda, acaecida el d aó í 8 de agosto de 2025. SEXTO: Que consta en autos el allanamiento de la demandada a la pretensi nó principal, por lo que no se le condenar en costas, como se dir en lo resolutivo del fallo.á á Código: XZBNBXWJTYH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9265-2025 Foja: 1

Fallo

Por estas consideraciones, citas legales, y visto adem s lo dispuesto en los art culos 2492,á í 2514, 2515, 2521 y siguientes del C digo Civil, y art culos 144, 160, 253 y siguientes yó í 703 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se declara:ó I.- Que se acoge la demanda de fojas 1, declar ndose en consecuencia que las accionesá para perseguir el cumplimiento del pago de las cuotas por concepto de derechos de aseo municipal adeudados por la demandante a la Ilustre Municipalidad de Maip ,ú correspondientes a las comprendidas entre el 30 de abril de 2001 al 30 de junio de 2020, ambos inclusive, se encuentran prescritas, debiendo dichas cuotas eliminarse del estado de deuda por concepto de dichos derechos por parte de la demandada, ejecutoriada que sea la presente sentencia. II.- Que no se condena en costas a la parte demandada por haberse allanado a la demanda. An tese, reg strese y arch vese en su oportunidad.ó í í ROL N C-9265-2025° DICTADA POR DO A ROMMY M LLER UGARTE, JUEZ TITULAR DELÑ Ü SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. AUTORIZA DO A MAR A ELENA MOYA G MERA, SECRETARIAÑ Í Ú SUBROGANTE Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, siete de noviembre de dos mil veinticinco Código: XZBNBXWJTYH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9265-2025 Foja: 1 Código: XZBNBXWJTYH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser val

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C-9265-2025 Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9265-2025 CARATULADO : GIL/MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ Santiago, siete de noviembre de dos mil veinticinco VISTOS: Que, a fojas 1, comparece Teresa del Carmen Gil Gonz lezá , pensionada, domiciliada en Pasaje Andr meda N 2898, departamento 32, comuna de Maip , e interponeó ° ú demanda

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