DE LA BARRERA/PINO
Rol
C-10840-2025
Fecha
6 de noviembre de 2025
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 31 de julio de 2025, a folio 1, comparece JUAN PABLO AGUILERA SANHUEZA, chileno, abogado, c dula nacional de identidadé n mero 9.476.151-4, en representaci n convencional de do a ANDREAú ó ñ CAROLINA DE LA BARRERA AGUILAR, chilena, viuda, periodista, c dula nacional de identidad n mero 10.034.213-8, ambos domiciliadosé ú para estos efectos en calle Hu rfanos 1373, oficina 903, comuna deé Santiago, Regi n Metropolitana, y vienen en juicio sumario sobre t rminoó é inmediato de t rmino de arrendamiento por no pago de rentas en contra deé don EDUARDO RODRIGO PINO MU OZ, se ignora profesi n u oficio,Ñ ó c dula nacional de identidad n mero 7.815.642-2, domiciliado en calleé ú Arzobispo Gonz lez 476, comuna de Santiago, Regi n Metropolitana, yá ó vienen en solicitar se tenga por interpuesta la demanda, se de curso, practiquen las reconvenciones legales, se acoja y en definitiva se declare: 1) el t rmino de contrato de arrendamiento celebrada entre las partes; 2) Queé se ordene la restituci n de la propiedad arrendada dentro de tercero d aó í desde ejecutoriada la sentencia, totalmente desocupado; 3) Que se condene al demandado al pago de las rentas adeudadas y todas aquellas que se devenguen durante la tramitaci n del juicio y hasta la restituci n efectiva,ó ó con reajustes e intereses legales. Con fecha 27 de agosto de 2025, a folio 7, ministro de fe certifica el hecho de haber notificado la demanda de conformidad lo dispuesto en el art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil, a don Eduardo Rodrigoí ó Código: RXUXBXFXEXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10840-2025 Foja: 1 Pi o Mu oz. Se practica primera reconvenci n de pago, la que no señ ñ ó produce. Con fecha 29 de septiembre de 2025, a folio 12, la parte demandada contesta la demanda, solicitando se rechace en todas sus partes, en atenci nó a las consideraciones de hecho y derecho que menciona. Con fecha 13 de octubre de 2025,
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 31 de julio de 2025, a folio 1, comparece JUAN PABLO AGUILERA SANHUEZA, abogado, en representaci nó convencional de do a ANDREA CAROLINA DE LA BARRERAñ AGUILAR, ambos individualizados, y vienen en juicio sumario sobre t rmino inmediato de t rmino de arrendamiento por no pago de rentas ené é contra de don EDUARDO RODRIGO PINO MU OZ, individualizado yÑ domiciliado en calle Arzobispo Gonz lez 476, comuna de Santiago, Regi ná ó Metropolitana, y vienen en solicitar se tenga por interpuesta la demanda, se de curso, practiquen las reconvenciones legales y en definitiva se acoja por las consideraciones de hecho y derecho que mencionan. Código: RXUXBXFXEXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10840-2025 Foja: 1 Relatan que con fecha 25 de abril de 2024, don Patricio Enrique de la Barrera Mardones, c dula nacional de identidad 4.818.6238, padre de laé demandante, celebr contrato de arrendamiento con el demandadoó EDUARDO RODRIGO PINO MU OZ respecto del inmueble ubicadoÑ en calle Arzobispo Gonz lez 476, comuna de Santiago, Regi ná ó Metropolitana, indicando en el acto del contrato que ste comenzar a aé í regir a partir del d a 25 de abril de 2024, con una duraci n de un a o,í ó ñ salvo aviso dado por alguna de las partes. Se pact una renta de $400.000.-, la que fue actualizada a $418.000.-ó por reajuste pactado anualmente por el IPC, y que deb a pagarse dentro deí los primeros 5 d as de cada mes.í Se estableci tambi n la obligaci n del arrendatario a pagar los dem só é ó á consumos de servicios b sicos, as como tambi n la obligaci n de mantenerá í é ó en perfecto estado de conservaci n el inmueble arrendado, y a reparar a suó costa cualquier desperfecto que experimente en cielos, paredes, vidrios, pinturas e instalaciones. Se ala como fecha de incumplimiento el mes de mayo de 2025, fechañ en que correspond a aplicar el reajuste, y que a la fecha de interpuesta laí demanda, el demandado no ha dado cumplimiento oportuno ni ntegro delí pago de las rentas, adeudando un total de $1.672.000.-, a la fecha de interpuesta la demanda por los meses de mayo a agosto de 2025. Se indica tambi n que en el contrato de arrendamiento se pact laé ó obligaci n al pago de un mes de garant a por la suma de $400.000.-, de losó í cuales el demandado solo pag $100.000.-, adeudando a la fecha laó diferencia de $300.000.-. Que, don Patricio de la Barrera Mardones, arrendador original del contrato, fallece y adquieren sus hijos en calidad de herederos intestados seg n consta en Certificado de Posesi n Efectiva n mero de inscripci nú ó ú ó 70517 a o 2024, acompa ado en otros .ñ ñ í Agregan el hecho que las partes de estos autos, posterior al fallecimiento de don Patricio, acordaron continuar con el contrato y de Código: RXUXBXFXEXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10840-2025 Foja: 1 hecho se ala haber percib
Fallo
por estas consideraciones de hecho, m s lo dispuesto en el art culoá í 1977 del C digo Civil, es que viene en solicitar se efect en lasó ú reconvenciones de pago, as como lo dispuesto en la ley 18.101, viene ení solicitar se declare: 1) el t rmino de contrato de arrendamiento celebradaé entre las partes; 2) Que se ordene la restituci n de la propiedad arrendadaó dentro de tercero d a desde ejecutoriada la sentencia, totalmenteí desocupado; 3) Que se condene al demandado al pago de las rentas adeudadas y todas aquellas que se devenguen durante la tramitaci n deló juicio y hasta la restituci n efectiva, con reajustes e intereses legales.ó En primer otros y en caso de no acoger la demanda interpuesta en loí principal, vienen en solicitar el desahucio del contrato celebrado entre don PATRICIO DE LA BARRERA MARDONES y el demandado don EDUARDO RODRIGO PINO MU OZ, solicitando se declareÑ judicialmente el t rmino del contrato de arrendamiento y se ordene laé restituci n del inmueble, se condene al pago de las rentas adeudadas, asó í como los servicios b sicos y se condene a las costas del juicio. á SEGUNDO: Que, con fecha 29 de septiembre de 2025, a folio 12, la parte demandada contesta la demanda, solicitando se rechace en todas sus partes, en atenci n a las consideraciones de hecho y derecho que menciona.ó Que como hecho, la parte demandada reconoce el hecho de haber suscrito contrato de arrendamiento el d a 25 de abril de 2024 con doní Patricio Henrique de la Barrera Mardones, se
Texto Completo (Preview)
C-10840-2025 Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-10840-2025 CARATULADO : DE LA BARRERA/PINO Santiago, seis de noviembre de dos mil veinticinco VISTOS: Con fecha 31 de julio de 2025, a folio 1, comparece JUAN PABLO AGUILERA SANHUEZA, chileno, abogado, c dula nacional de identidadé n mero 9.476.151-4, en representaci n convenci
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